martes, 9 de septiembre de 2014
jueves, 17 de diciembre de 2009
EL RETO PLANETARIO DE ABORDAR LOS CONFLICTOS
“Una propuesta desde lo académico para contextualizar los conflictos de violencia intrafamiliar, partiendo de la situación actual de violencia estructural que vive el Estado”.
E1 estudio de los conflictos de la actualidad, desde una perspectiva académica, pretende abordar los momentos de la violencia estructural y tomar el presente como el resultado del manejo y la dominación del Estado sobre la confrontación de intereses.
Respecto a la claridad para enfrentar los conflictos, la mirada es oscura. En estos tiempos, puede denominarse la confusión total, pues, se han deslegitimado las grandes naciones históricas, se ha dado un libre curso a la prehistoria y podemos hasta cuestionarnos de la existencia a las sociedades civiles. Los conflictos actuales no se pueden explicar utilizando patrones de interpretación del pasado, hoy existen demasiadas clases de violencia y la aparición de ellas no respetan lugar.
El conflicto es una de las categorías de la vida social, y cada ámbito de la sociedad posee una serie de cualidades que le son peculiares. Hay un conjunto de fenómenos básicos que forman un determinador común de toda situación social. Frente a la acción social funcional, basada en el mayor o menor grado de cooperación, se levanta una categoría de la conducta humana, la actividad conflictiva. El conflicto social es uno de los modos básicos de la vida en sociedad; mediante él los hombres intentan resolver dualismos divergentes y alcanzan un tipo de integración o unidad, aunque ello sea a costa de opresión, aniquilamiento y subyugación del rival.
Los conflictos varían de modo muy amplio, es difícil clasificar las distintas gamas de la actividad conflictiva de los seres humanos, el conflicto es una lucha consciente (directa o indirecta), entre individuos, instituciones o colectividades para lograr un mismo fin o fines incompatibles entre sí. Al ser una categoría muy general, su estudio tiene sus límites. Es más provechoso analizarlo en sus manifestaciones más específicas, utilicemos la clasificación que utilizo el Project Ploughshares del Conrad College[1], ya que expone tres categorías básicas de conflictos relacionadas con la situación del Estado:
1. Las luchas protagonizadas por movimientos revolucionarios, campañas de escolonización o por élites que se disputan el poder. Luchas por el control del Estado.
2. Los conflictos que envuelven a regiones ubicadas dentro del estado que luchan para lograr un mayor grado de autonomía o de secesión. Son los denominados conflictos por la formación de los Estados.
3. Los conflictos generados por la ausencia de un control gubernamentalefectivo. Conflictos por el fracaso del Estado.
Ahora, tal vez actuando como individuo moderno, observemos nuestra propia observación y utilicemos una tipología expuesta por Sahnoun[2], la cual clasifica los conflictos en cinco categorías:
1. Crisis producidas por los fracasos de procesos de integración en los intentos de creación de Estado-Nación, se caracteriza por que existe un monopolio del poder por parte de un grupo étnico, o por ausencia de unificación nacional, por ausencia de liderazgo.
2. Crisis que se dan como consecuencia de herencia colonial o por lasdificultades de descolonización.
3. Conflictos que dejo como legado la Guerra Fría.
4. Conflictos de carácter religioso.
5. Conflictos de carácter socioeconómico, característicos de los Estados donde no está presente la democracia y es desigual la distribución de la tierra.
Ciertas formas de conflicto y antagonismo son necesarias para el mantenimiento de la identidad y las fronteras de cada grupo social. La destrucción y las pérdidas para el vencido y las ganancias para el vencedor no son más que los efectos superficialmente obvios de la contienda. El conflicto es una fuerza con efectos integrativos, cohesivos o creadores. No obstante, el reconocimiento e investigación de tales efectos no tiene porqué acarrear el olvido de los efectos opuestos, los destructivos y los entorpecedores, en especial de su influjo sobre la intensidad y dirección del cambio social. Algunos géneros importantes del conflicto social que nos harían falta en las clasificaciones anteriores son:
* Conflictos de legitimidad del régimen, donde se carece de medios de participación política.
* Conflictos de transición, generados por la resistencia a recibir cambios políticos, nacen de la contraposición de intereses.
* Conflictos de identidad, en momentos de búsqueda de diferenciación de este estado con los demás.
* Conflictos de desarrollo.
Antes de seguir adelante, precisemos los aspectos comunes de los conflictos, que hemos enunciado como los que se han percibido con más claridad este siglo:
Para empezar los conflictos en su mayoría se presentan en países que tienen un marco estatal débil, que buscan protección de las potencias y estas los han dejado abandonados. Los países están en crisis económica profunda, se reprime la resistencia política, y el Estado no es capaz de proporcionar los servicios mínimos.
El segundo aspecto que hay que tener en cuenta es la influencia de los factores internos y locales. A esto se suma que en muchos casos se plantean numerosos contenciosos de población y de fronteras, con riesgo de regionalizar el conflicto. Lo que lleva a un elemento más la fragmentación, la aparición de nuevos Estados.
Como aspecto a seguir la inseguridad ecológica, el deterioro de los sistemas naturales, teniendo en cuenta que el bienestar de la población mundial depende directamente de los recursos naturales, genera tensiones a largo plazo, esto causa un malestar popular crónico.
La búsqueda de identidad, como han explicado Kriesberg[3] y Pinxten[4], desempeña un papel muy importante en los conflictos denominados intratables, en los que las fuerzas convergentes: dogmatismo, fundamentalismo y exclusivismo, son más fuertes que las tendencias, contingentes, las propuestas se deforman y se instala el autismo, el diálogo y la negociación se vuelven imposibles.
La fragmentación de la fuerzas políticas, sumado a los nuevos actores de conflictos (mafias, clanes, bandas, paramilitares, guerrillas, etc.). Se rechaza la existencia de derechos humanos, de la democracia, etc...; y se actúa sin causa política, ni disciplina.
Hoy se utilizan nuevos métodos, donde todo es válido, se practica la guerra total con nuevas estrategias, como es la limpieza étnica, el exterminio y el genocidio. Se busca humillar al enemigo, por lo cual se puede clasificar la guerra actual como caníbal, pues el objetivo no es ganar sino exterminar al contrario. Los hogares son el nuevo escenario de la lucha cotidiana.
El estado de lucha continua a nivel intrafamiliar, ha traspasado de los límites de este grupo social primario para proyectarse como factor común a la colectividad.
Ha aumentado el número de refugiados, los enfrentamientos originan traslados y desplazados. Se ha producido, por esta razón, un incremento de violencia en las ciudades a las cuales llegan más personas cada año; además los habitantes de estos lugares se han sometido a hacinamientos ya que el desarrollo de la infraestructura citadina es diametralmente opuesto al crecimiento de la población urbana. Sumamos, a esto, la crisis de los medios tradicionales de tratamiento de la delincuencia, que resultan ineficaces a la actual situación.
Los resultados de los conflictos han sido altos costos humanitarios, políticos, materiales, económicos, ecológicos, sociales, psicológicos y hasta espirituales. Es un desenlace negativo, donde se perjudica el hombre directamente, el costo humanitario es la cuota en número de muertos, heridos, desplazados, hambre, etc. Un costo político, se desmantela el proceso democrático, existe desintegración del Estado de derecho, corrupción política. Pérdidas materiales y económicas, pues se gasta cada día más en maquinaria de guerra, se pierde el turismo, se afecta el planeta desde lo social al destrucción de las familias y las comunidades, orfelinatos de guerra, lo cultural también con los desplazamientos forzados de las comunidades, pérdida de identidad.
Bajo esta visión del problema sería pertinente preguntarnos hasta que punto la violencia que involucra comunidades enteras reproduce desde su interior fenómenos igualmente violento generados desde el plano relacional básico (violencia intrafamiliar) y hasta qué punto tal reproducción ha construido en el imaginario inconsciente de esos pueblos una cultura de la violencia que se hace indispensable de construir desde sus mismas causas generando la posibilidad histórica de un espacio donde se recree una cultura de la paz.
La pretensión en éste momento es que desde la observación académica se generen propuestas tendientes a crear un espacio interdisciplinar capaz de instrumentalizar una tecnología de la convivencia.
Como en la actualidad el conflicto debe ser canalizado hacia una expresión constructiva. Se debe asumir la transformación del sistema para perseguir la construcción de la paz. El cambio sugiere una comprensión del conflicto como algo que se encuentra en movimiento, se debe dejar de tomar el conflicto como estático y empezar a pensarlo como un proceso interactivo que se da en un contexto determinado.
Se debe cambiar el concepto de conflicto social, pues este, es el fenómeno creado por el hombre, forma parte natural de las relaciones que maneja al tener trato con los otros de su especie. El conflicto debe empezar a encontrarse como un elemento necesario en la construcción y reconstrucción transformativa de la condición humana en la organización y en las realidades sociales.
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[1] Armed Conflict report, 1997, 32 pág.
[2] SAHNOUN, Mohamed, Managing in the Post Coldwar Era, conferencia realizada el 13 de octubre de 1995 en al Catholic Institute of International Relations.
[3] KRIESBERG, Louis. Intractable conflicts and their transfomation, Syracuse University Press, 1989.
[4] PINXTEN, Rik, “Identidad y conflicto”, Afers International. No. 36, 1997, pág. 55.
[1] Armed Conflict report, 1997, 32 pág.
[2] SAHNOUN, Mohamed, Managing in the Post Coldwar Era, conferencia realizada el 13 de octubre de 1995 en al Catholic Institute of International Relations.
[3] KRIESBERG, Louis. Intractable conflicts and their transfomation, Syracuse University Press, 1989.
[4] PINXTEN, Rik, “Identidad y conflicto”, Afers International. No. 36, 1997, pág. 55.
GENOCIDIO DE RUANDA
Resumen
En abril de 1994, el avión en que viajaba el presidente -de la etnia- Hutu fue derribado. En unas horas, algunos miembros del gobierno, incluido el primer ministro, organizaron milicias por todo el país para matar sistemáticamente a los tutsis. Se establecieron controles de carretera en los que se mataba a cualquiera que tuviese un documento de identidad que indicara que era tutsi. Los mataban con un disparo, o les daban machetazos hasta la muerte.
Lo ocurrido
Alrededor de 800.000 ruandeses fueron masacrados en tan sólo 100 días durante el genocidio de 1994. Ruanda ha estado siempre dividida entre la etnia Hutu, que conforma el 85% de la población, y la minoría Tutsi, que forma la elite tradicional.
En 1994, el gobierno Hutu estaba desesperadamente tratando de detener el avance de los rebeldes Tutsis. En Kigali la capital Ruandesa, el 7 de abril de 1994 un misil disparado por radicales Hutus derriba el avión presidencial en su retorno de Arusha, en el se encontraban los presidentes de Ruanda (Habyarimana) y Burundi, desde ese momento se desencadena una ola de violencia en la cual los actores del conflicto son las comunidades étnicas (Hutus Y Tutsis), que en una búsqueda por mostrar supremacía sobre la etnia contraria, y por erradicar y “limpiar” el país de una raza no propia ni “digna”, inician sus enfrentamientos.
El gobierno de Habyarimana introdujo nuevamente las tarjetas de identidad étnicas que fueron utilizadas anteriormente en los años 30, esto con el fin de permitirle a los paramilitares elegir e identificar a sus víctimas, los paramilitares Hutus cerraban las fronteras y revisaban a cada persona que pasaba con el fin de eliminar a los Tutsis.
Es importante destacar que a nivel mundial no se hicieron los suficientes esfuerzos para frenar la matanza, también tenemos que reconocer que los medios de comunicación no cumplieron su tarea de responsabilidad social al transmitirle al mundo el horror que se estaba viviendo allí. En este ámbito de medios de comunicación se puede decir que la estación de radio ”Des Mille Collires” tuvo mucha responsabilidad en el genocidio, puesto que a través de esta se difundía propaganda racista en contra de los Tutsi, su lema era “¿Ya mataste a tu Tutsi?”.
martes, 15 de diciembre de 2009
Conceptualización de la resolución de conflictos
La teoría debe dejarse de ver como el requisito de la respetabilidad académica ya que no hay nada más práctico que una buena teoría. No puede sernos suficiente conocer que la resolución de problemas de adecuados resultados ya que puede ser fruto del azar; es necesario buscar una explicación para sus éxitos, y también como para sus fracasos, de modo que puedan utilizarse las conclusiones inteligentemente. La resolución de conflictos forma parte de la filosofía coherente cuyo valor estriba en su verificación empírica pues no se trata de lo que debiera ser, sino de lo que es posible o de lo que ha sucedido. Aprender a prevenir y gestionar correctamente los conflictos sería, por ello, una forma de superar la situación y avanzar en el proceso hacia la paz.
Es por esto que vale la pena aclarar unos conceptos:
Es por esto que vale la pena aclarar unos conceptos:
Sobre la paz
La paz es algo más que la ausencia de guerra; sin embargo, es evidente que en una guerra no puede haber nunca paz. El enfoque de paz que pretendemos abordar no es tampoco el de un concepto vacío, blando, angélico o etéreo, sino todo lo contrario. Es una referencia muy ambiciosa que está en el horizonte de la humanidad, a la que queremos dirigirnos y que supone una transformación absoluta de cuanto hacemos en el mundo.
Johan Galtung[1], que sin duda es una de las personas que ha dedicado más años e ingenio al estudio de la paz, nos ha mostrado en innumerables publicaciones que el enfoque de contraposición a la paz no ha de buscarse en la guerra, sino en la violencia, de manera que cualquier definición de lo que entendemos por paz signifique o implique una ausencia o una disminución de todo tipo de violencia, ya sea directa (física o verbal), estructural o cultural, o vaya dirigida contra el cuerpo, la mente o el espíritu de cualquier ser humano o contra la naturaleza. La paz, por tanto, sería la suma de la paz directa, la paz estructural y la paz cultural.
Para Galtung[2] y otros investigadores, la paz es también la condición, el contexto, para que los conflictos puedan ser transformados creativamente y de forma no violenta, de tal manera, creamos paz en la medida que somos capaces de transformar los conflictos en cooperación, de forma positiva e innovadora, reconociendo a los oponentes y utilizando el método del diálogo.
Si la ausencia de guerra podemos denominarla como paz negativa, la ausencia de violencia equivaldría a paz positiva, en el sentido de justicia social, armonía, satisfacción de las necesidades básicas (supervivencia, bienestar, identidad y libertad), autonomía, diálogo, solidaridad, integración y equidad.
La perspectiva de la paz es la de avanzar en el mejoramiento de la condición humana,
"En su afán didáctico, muchos estudios elaborados desde los centros de investigación para la paz suelen referirse a la paz como la conjunción e interacción de varias "D": desarrollo, derechos humanos, democracia y desarme"[3].
"En su afán didáctico, muchos estudios elaborados desde los centros de investigación para la paz suelen referirse a la paz como la conjunción e interacción de varias "D": desarrollo, derechos humanos, democracia y desarme"[3].
Este enfoque amplio de la paz, con lo que ello ha comportado en cuanto al desarrollo de propuestas teóricas y prácticas surgidas de diferentes disciplinas, ha sido el resultado de la suma de aportaciones realizadas a lo largo de los últimos cincuenta años en esta ciencia social aplicada que denominamos "investigación para la paz", que está orientada por valores, y que de acuerdo con Groff y Smoker[4] ha evolucionado de la siguiente forma:
Evolución del concepto de paz
1 - Paz como ausencia de guerra. Es un concepto centrado en los conflictos violentos entre Estados.
2 - Paz como equilibrio de fuerzas en el sistema internacional. En 1941, Quincy Wright sugirió que la paz era un equilibrio dinámico de factores políticos, sociales, culturales y tecnológicos, y que la guerra ocurría cuando se rompía dicho equilibrio.
Este modelo asume que cualquier cambio significativo en uno de los factores requiere los cambios correspondientes en el resto de factores para restaurar el equilibrio.
3 - Paz como paz negativa (no guerra) y paz positiva (no violencia estructural). Estos conceptos fueron introducidos en 1969 por Johan Galtung, quién también desarrolló el concepto de violencia estructural, definiéndolo en términos del número de muertes evitables causadas por estructuras sociales y económicas.
4 - Paz feminista: niveles macro y micro de la paz. En los 70 y 80 se extendió a nivel individual tanto la paz positiva como negativa. La nueva definición de paz incluía no sólo la abolición de la violencia organizada a nivel macro, como la guerra, sino también a nivel micro, como las violaciones en las guerras o en casa. Además, el concepto de violencia estructural fue expandido de forma similar para incluir las estructuras en el ámbito personal, micro y macro que dañan o discriminan contra los individuos o los grupos.[5] La guerra, como forma de solucionar los conflictos, es mostrada como una manera masculina de afrontar los conflictos.
5 - Paz holística - Gaia: la paz con el medio. En los 90 se expandió aun más los niveles de aplicación, del familiar al individual al global. La teoría de la paz-Gaia concede un alto valor a las relaciones de los seres humanos con el sistema bio-ambiental.
6 - Paz holística interna y externa. Incluye los aspectos espirituales.
Siguiendo de nuevo a Galtung, éste divide en tres ramas las formas de abordar el tema de la paz, según pongan el acento en el pasado, el presente o el futuro, y según combinen los hechos, las teorías y los valores:
· Estudios empíricos sobre la paz, basados en el empirismo y centrados en el pasado. Nos informan sobre modelos y condiciones de paz y de violencia en el pasado, porque sólo del pasado podemos tener datos.
· Estudios críticos sobre la paz, basados en el criticismo y centrados en el presente. Pueden evaluar datos e informaciones sobre el presente a la luz de los valores de paz y violencia.
· Estudios constructivistas sobre la paz, centrados en el futuro. Combinan las teorías acerca de cómo nos conducimos y los valores de acuerdo con los cuales deberíamos conducirnos.
Para Galtung[6], este triángulo se refleja además en otro, que denomina de diagnóstico-pronóstico y terapia (o tratamiento), haciendo un paralelismo de la paz con la salud, y del que se deriva lo siguiente:
• El diagnóstico es un análisis basado en los datos, parte de los cuales se conocen como "síntomas" y otros como "anamnesis", es decir, información contextualizada del paciente sobre su propio proceso de salud-enfermedad.
• El pronóstico está basado en teorías predictivas del curso probable de una enfermedad en un contexto dado. Prognosis es algo más que la mera predicción; es una predicción acerca de una dimensión valorativa situada entre la paz y la violencia.
• El tratamiento es la intervención basada en valores y teoría, obtenida a partir de la generalización de otros casos y guiada por los valores de salud negativa (desaparición de síntomas) y salud positiva (resistencia a la enfermedad). La terapia es una intervención deliberada que pretende desviar hacia arriba el curso de la prognosis, esto es, encaminarlo hacia el terreno de la paz.
La diversidad existente en el mundo, sea en culturas, religiones o facilidades/ dificultades para la supervivencia, nos invita a no cerrarnos en una concepción estrecha o única de paz, de la misma forma que nos obliga a ensanchar nuestra visión sobre las causas de la violencia y los conflictos. Los conceptos, como instrumentos de trabajo, son útiles sólo en la medida en que reflejan la realidad de lo que queremos explicar. Si tanto la paz como los conflictos son procesos globales, y muy dinámicos y cambiantes, en los que intervienen factores de todo tipo, hemos de convenir que todo cuanto concluyamos será provisional, ha de estar sujeto a la crítica, y ha de pasar por el tamiz de las interpretaciones que puedan hacerse desde otras parcelas del saber.
Lo contrario, nos recuerda Galtung, hacer "la" teoría que olvida otras verdades, es una invitación abierta a la violencia cultural.
Hablar de paz, finalmente, tiene que ser compatible con hablar de realidad, sea para señalar donde está ausente y porqué razones, como para analizar las maneras que permiten transformar esta realidad a través de la concienciación. Si reflexionamos sobre la paz, lo repetimos una vez más, no es para instalarnos en el lamento de su escasa presencia, sino para rebelarnos respecto a lo que resulta ante nuestros ojos inadmisible, para conocer la mejor manera posible, los motivos de lo que acontece en el mundo presente, y la de ofrecer alternativas que permitan construir nuestras propias visiones de futuro. No obstante, para no errar el tiro o alejarse de la realidad, esta ambición de propósitos no debe olvidar nunca la extrema dificultad que tenemos en el actual momento, no sólo para evitar conflictos sangrientos, sino para frenarlos o reconducirlos con prontitud. Podemos y debemos hablar de paz, ahora y siempre, pero por prudencia es bueno hacerlo con la imagen interpoladora de las mujeres argelinas degolladas, las afganas secuestradas, los niños perdidos en Ruanda, los campesinos aterrorizados de Colombia, los indígenas refugiados de Centro-América las familias bosnias diezmadas, los niños brasileros de la calle y tantos otros ejemplos de indignidad que pisotean el derecho a la paz en tantos puntos del planeta.
Sobre la violencia
En un trabajo como éste, en el que la paz y la violencia son siempre referencias constantes, no podemos pasar por alto un hecho ciertamente inquietante: el ser humano es el único animal que hace daño sin necesidad, gratuitamente, y que además puede disfrutar actuando con violencia. Por fortuna, sólo un pequeño porcentaje de seres humanos, actúan sistemáticamente utilizando la violencia y la crueldad.
Por violencia podemos entender el uso o amenaza de uso, de la fuerza o de la potencia, abierta u oculta, con la finalidad de obtener de uno o varios individuos algo que no consienten libremente o de hacerles algún tipo de mal físico, psíquico o moral. La violencia, por tanto, no es solamente un acto especifico, sino también una determinada potencialidad. No se refiere sólo a una forma de "hacer", sino también de "no dejar hacer", de negar potencialidad.
En una definición ya clásica, Galtung afirmaba que la violencia está presente cuando los seres humanos se ven influidos de tal manera que sus realizaciones efectivas, somáticas y mentales, están por debajo de sus realizaciones potenciales. La violencia quedaría así definida como la causa de la diferencia entre lo potencial y lo efectivo, y el espectro de violencia aparecería, por tanto, cuando por motivos ajenos a nuestra voluntad no somos lo que podríamos ser o no tenemos lo que deberíamos tener. Este enfoque resulta especialmente pertinente cuando abordamos la violencia estructural e intentamos comprender, por ejemplo, por qué a finales del Siglo XX todavía mueren anualmente 9 millones de niños y niñas menores de cinco años por falta de antibióticos o vacunas. Al tratarse de muertes evitables, no puede existir ejemplo más palpable de violencia estructural.
Para Adela Cortinam[7] hay tres expresiones básicas de violencia:
• Expresiva: es patológica, porque persigue hacer daño
• Instrumental: trata de conseguir algo, e incluye la violencia del Estado
• Comunicativa: se utiliza como último recurso y para transmitir un mensaje
Desde la óptica de la cultura de paz, y como se vera posteriormente al analizar la ética global, el reto que se presenta es el de llegar a sustituir la violencia instrumental por el poder comunicativo mediante una propuesta intercultural. Se trata también de desarrollar los medios de acción no violentos que permitan comunicar y presionar eficazmente, sin tener que recurrir a la violencia como último recurso.
Un punto de partida para introducirnos en la evitabilidad de la guerra y de la violencia cruel y gratuita pueden ser las conclusiones a que llegaron varios científicos, congregados en Sevilla en 1989 para analizar científicamente qué había de verdad y de mentira con relación a la violencia.
El Manifiesto de Sevilla[8], que redactaron afirma que la paz es posible, porque la guerra no es una fatalidad biológica. La guerra es una invención social. Se puede inventar la paz, porque si nuestros antepasados inventaron la guerra, nosotros podemos inventar la paz. Es más, tenemos ejemplos de sociedades guerreras que se han convertido en pacíficas, como los vikingos, y de grupos humanos que han aprendido a relacionarse de forma no agresiva y no competitiva y a inhibir correctamente la violencia. De la misma forma, sabemos que las sociedades que prestan poca atención a los pobres, a las mujeres y a las minorías étnicas y religiosas, tienen unos niveles de violencia física y estructural mucho mayores. Lo que es evidente, en definitiva, es que aunque seamos el resultado o estemos influenciados por una cultura bélica, eso no es irreversible, y tenemos el potencial y las posibilidades de cambiar la situación forjando una cultura de paz.
En el Manifiesto de Sevilla, los científicos señalan que los seres humanos tenemos una cultura, que podemos hacerla evolucionar. Nos es posible inventar nuevas maneras de hacer las cosas. No existe un sólo aspecto de nuestro comportamiento que esté tan determinado que no pueda ser modificado con el aprendizaje. La construcción de la paz, por tanto, empieza en la mente de los seres humanos: es la idea de un mundo nuevo. El respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la comprensión, la tolerancia, la amistad entre todas las naciones, todos los grupos raciales y religiosos: he aquí los fundamentos de la obra de paz. Excluye el recurso a la guerra con fines expansivos, agresivos y dominantes, el uso de la fuerza y de la violencia con fines represivos. Estas son algunas de las afirmaciones del citado manifiesto:
1 - La guerra es un fenómeno específicamente humano que no se encuentra en los demás animales. El hecho de que la guerra haya cambiado de manera tan radical a lo largo de los tiempos prueba claramente que se trata de un producto de la cultura. Desde un punto de vista biológico, la guerra es posible pero no tiene carácter ineluctable.
2 - Los genes no producen individuos necesariamente predispuestos a la violencia. Aunque los genes estén implicados en nuestro comportamiento, ellos solos no pueden determinarlo totalmente. La personalidad no es sólo la resultante de los genes, sino que está determinada por las condiciones de la educación y, por lo tanto, del entorno social y ecológico.
3 - La violencia no se inscribe ni en nuestra herencia evolutiva ni en nuestros genes. En las especies animales organizadas en grupos sociales, el comportamiento agresivo aparece en el contexto de la cooperación y de la asistencia mutua.
4 - Nuestros comportamientos están modelados por nuestros tipos de condicionamiento y nuestros modos de socialización. No hay nada en la fisiología neurológica que nos obligue a reaccionar violentamente.
La violencia es siempre un ejercicio de poder, sean o no visibles sus efectos, y como tal, puede manifestarse en cualquier esfera de nuestra vida, en lo cultural, lo económico, lo político o lo doméstico. La violencia puede ser considerada como la forma más burda y primitiva de la agresión. En este sentido es una fuerza exclusivamente humana que aspira a ser la solución que excluya a todas las demás, por lo que también es una censura totalitaria. La violencia, como la paz, puede ser directa (es un acontecimiento intencionado), estructural (un proceso, una costumbre) o cultural, que legitima a las otras dos como buenas y correctas.
Galtung, que en 1971 ya desarrolló una teoría estructural sobre el imperialismo, señala también la existencia de dos tipos de violencia estructural:
• Vertical. Es la represión política, la explotación económica o la alienación cultural, que violan las necesidades de libertad, bienestar e identidad, respectivamente.
• Horizontal. Separa a la gente que quiere vivir junta, o junta a la gente que quiere vivir separada. Viola la necesidad de identidad.
Este artículo esta enfocado especialmente a la violencia cultural, que es lo opuesto a la cultura de paz, y que se expresa también desde infinidad de medios (simbolismos, religión, ideología, lenguaje, arte, ciencia, leyes, medios de comunicación, educación, etc.), y que cumple la función de legitimar la violencia directa y estructural, así como de inhibir o reprimir la respuesta de quienes la sufren, y ofrece justificaciones para que los seres humanos, a diferencia del resto de especies, se destruyan mutuamente y sean recompensados incluso por hacerlo.
Todas las violencias señaladas tienen conexiones entre sí. La violencia directa sirve de indicador del nivel de violencia estructural y cultural; la violencia estructural es a menudo violencia directa del pasado, de conquistas o represión que han permanecido hasta nuestros días. Su nivel de expresión depende del nivel de violencia cultural, que glorifica el uso de la violencia y no permite ver las salidas no violentas al conflicto.
Dado que nuestro enfoque quiere prestar una atención especial a los conflictos armados, puede ser oportuno observar cómo se manifiestan estas formas de violencia en los contextos de crisis, en donde siempre se reducen o anulan las necesidades humanas esenciales de seguridad, bienestar, libertad e identidad. Siguiendo el esquema de Galtung, Lúe Reychler lo ha resumido así:
Acerca del conflicto
El conflicto, como veremos con atención posteriormente y de forma genérica, es un proceso interactivo que se da en un contexto determinado. Es una construcción social, una creación humana, diferenciada de la violencia (puede haber conflictos sin violencia, aunque no violencia sin conflicto), que puede ser positivo o negativo según cómo se aborde y termine, con posibilidades de ser conducido, transformado y superado (puede convertirse en paz) por las mismas partes, con o sin ayuda de terceros, que afecta a las actitudes y comportamientos de las partes, en el que como resultado se dan disputas, suele ser producto de un antagonismos o una incompatibilidad (inicial, pero superable) entre dos o más partes, el resultado complejo de valoraciones, pulsiones instintivas, afectos, creencias, etc., y que expresa una insatisfacción o desacuerdo sobre cosas diversas.
Las respuestas posibles al conflicto son siempre múltiples, y van desde la negociación con el adversario a su destrucción. La gestión óptima de un conflicto consiste en limitar las respuestas a la franja del "continuum" del conflicto que no incluye la violencia física y la guerra.
Unión Integración Cooperación Alianza Adaptación mutua
Negociación/intercambio Mediación Arbitraje
Guerra
El estudio de los conflictos supone, entre otros aspectos, abordar sus raíces más profundas, su evolución, vinculaciones, actores y posibilidades de transformación o regulación. Las variables a tener en cuenta son siempre numerosas, y cada caso tiene suficientes especificidades para que se tengan en cuenta factores añadidos.
Esta complejidad en el análisis de los conflictos no es obstáculo, sin embargo, para conocer dinámicas muy generalizadas que con frecuencia puede preverse y, por tanto, evitarse en más de una ocasión. Una de estas dinámicas es la de escalada, en las que juegan un importante papel las frustraciones, las polarizaciones crecientes, las malas percepciones, la incomunicación o las patologías de los dirigentes. En los conflictos existen también factores de aceleración, como la propaganda desinformadora, los rumores o el abuso de la "retórica de guerra", que multiplican la inseguridad, temor u hostilidad de los actores y refuerzan su inclinación a usar la fuerza. En todos estos casos se crean imágenes de enemigo y estereotipos que perpetúan el conflicto.
Para Lúe Reychler, un diagnóstico serio supone que identificamos el conflicto en relación a cinco aspectos: los actores involucrados, los litigios, la estructura de oportunidad, la interacción estratégica y la dinámica del conflicto.
1) Los actores principales. Hay que identificar las partes y sus interrelaciones,que pueden variar a lo largo del conflicto, los mecanismos por los que consiguen movilizan a la gente, su nivel de compromiso en el conflicto, la personalidad de quienes detentan el poder o tienen influencia, el rol de las instituciones nacionales, las relaciones con otros países, los países vecinos, las relaciones Este-Oeste, el rol de la ONU, la influencia de la venta de armas, del apoyo exterior a la oposición, etc.
2) Los litigios. Pueden venir por una diferente definición de la situación, por existir un litigio de intereses (sobre el reparto de los recursos escasos, como el poder político, la economía, el territorio, el prestigio, la legitimidad, los privilegios, la sucesión, la cultura, etc.), por un desacuerdo sobre objetivos y medios(¿qué táctica y estrategia hay que seguir?, desacuerdos entre los extremistas y los moderados, entre los que quieren negociar y los que quieren más violencia), litigios sobre los valores (¿quién decide lo que está bien y lo que está mal? ¿qué es lo importante?), litigios sobre la identidad colectiva, que se siente amenazada, y litigios irracionales, en los que prevalece el odio y los sentimientos de venganza. Es el terreno de la psico y de la sociopatología. Los motivos pueden ser la frustración, los sentimientos de venganza, el sadismo, la paranoia, el fanatismo, el masoquismo... Muchas veces estos comportamientos vienen de un pasado mal asimilado, a la apertura de viejas heridas de la historia o por haber sobrepasado un determinado nivel de violencia.
Además de la naturaleza de los litigios, conviene tener presente otros aspectos:
• El número de litigios. Muchos conflictos son una suma de litigios. Pueden influenciarse muy negativamente.
• La simetría o asimetría. La asimetría dificulta alcanzar acuerdos vía negociación. El más débil puede querer legitimizarse mediante más violencia.
• La escalada del litigio. La escalada no se debe solamente a los medios y a las estrategias, sino también a la escalada de los objetivos de las partes. Ciertas partes necesitan del litigio para sobrevivir.
3) Las estructuras de oportunidad. Hacen referencia a las relaciones de poder de las partes enfrentadas y a los factores del entorno favorable o desfavorable al uso de la violencia armada. Muchas veces, la subestimación del poder de una de las partes es la causa de la decisión de recurrir a la violencia. Hay ingredientes "duros"(el tamaño de la comunidad, el territorio, la potencia económica y militar...) e ingredientes "blandos" (la voluntad y la tolerancia de la población, las obligaciones morales, el estatuto de legitimidad interna o extema, la capacidad de manipular a los medios de comunicación...). El acceso al armamento siempre aumenta el riesgo de la violencia armada. El clima moral y político es muy importante. Un clima de desconfianza, de desespero, sin perspectivas de futuro, como en Burundi, incita a la revuelta. La pobreza impide apaciguar las tensiones sociales.
4) Liderazgo y estrategia. Las poblaciones se meten en luchas cuando sus jefes políticos y/o militares hinchan pequeños conflictos y avivan sentimientos de odio latentes. Las guerras aparecen cuando los dirigentes intentan resolver los problemas incitando a la población hacia el enfrentamiento armado. No puede entenderse la compleja realidad de los conflictos sin familiarizarse con las percepciones de los principales dirigentes. Su manera de enfrentar una situación puede estar fuertemente influenciada por la experiencia, las reflexiones históricas, el origen cultural y socio-económico, los trazos de la personalidad, las ideologías, la propaganda, las consideraciones burocráticas, y toda una serie de factores irracionales.
5) Dinámica del conflicto. Después que se ha sobrepasado el nivel de violencia, los esfuerzos deben concentrarse en la pacificación (peace-making) y el mantenimiento de la paz (peace-keeping). Los pacificadores tienen como misión poner fin a la violencia y encontrar un compromiso político.
6) Si hubiéramos de resumir todo este mapa del conflicto en tres palabras, y siguiendo a Galtung, deberíamos centrarnos en las deficiencias de las estructuras, las culturas y los actores. Las primeras por no atender las necesidades básicas de la población, las segundas por justificar la violencia, y las terceras por ser incapaces de aproximarse sin violencia a los conflictos. En cualquier caso, lo que nos conduce a la violencia siempre es el fracaso en transformar positivamente los conflictos.
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[1] GALTUN, Johan, “Los fundamentos de los estudios sobre paz”, en Presupuestos teóricos y éticos sobre la paz, Universidad de Granada. 1993. P. p. 16 -18
[2] GALTUN, Johan, “Tras la violencia, 3R: Reconstrucción, reconciliación, resolución. 1998 www.fuhem.es/CIP/EDUCA/resenyas/recon/.html
[3] DIETRICH Wolfgang. 22 argumentos en torno a interpretación de paz, desarrollo y ecología en la historia europea. Paz y conflicto en el fin del milenio; Castellón, Eloisa. Ed. Madrid 2000. Memebers. Magnet.at/w.dietrich/spanish.htm
[4] GROFF, Linda; SMOKER, Paul. “Creación Global de la Cultura de Paz”, de una cultura de violencia a una cultura de Paz, UNESCO, 1996. P. P. 103 - 128
[5] BROCK-UTNE, Brigitte, Feminist Perspectives on peace and peace education, Pergamon Press, Oxford. 1989.
[6] GALTUN, Johan. En contra de la guerra y la violencia étnica. Conferencia en la universidad de Okinawa, conjuntamente con la Universidad de Ulster. www.ryukyushimpo.co.jp/spanish - news/961107s.htm
[7] Ponencia presentada en el seminario “El seco de la violencia”, celebrado nov. 1997 en la Universidad de Barcelona.
[8] ADAMS, David, El manifiesto de Sevilla sobre la violencia, 1989, UNESCO 1992, P. P. 47.
Cultura del Conflicto y Diversidad Cultural
"Por primera vez la humanidad tiene conciencia de su fragilidad. Por primera vez ha adquirido el poder de autodestruirse, ya sea por una guerra atómica, ya por el agotamiento de los recursos del planeta superexplotado, y por el deterioro que causa la contaminación de la biosfera, que es la condición de su supervivencia. Las soluciones sólo pueden ser de orden planetario, y a largo plazo, pero chocan hoy día con el dogma de la soberanía de los Estados, cuyos gobiernos sólo actúan nacionalmente y a corto plazo".
Louis Rougier, 1979.
EI mundo actual está lleno de conflictos, unos evidentes, otros escondidos. Aunque muchos aparezcan con aparente rapidez o de forma inesperada, todos se gestaron mucho antes, en períodos de tiempo a veces muy largos y en circunstancias alejadas de las causas más inmediatas que los provocaron. El conflicto es una de las categorías de la vida social, y cada ámbito de la sociedad posee una serie de cualidades que le son peculiares. Hay un conjunto de fenómenos básicos que forman un determinador común de toda situación social. Frente a la acción social funcional, basada en el mayor o menor grado de cooperación, se levanta una categoría de la conducta humana, la actividad conflictiva. El conflicto social es uno de los modos básicos de la vida en sociedad; mediante él los hombres intentan resolver dualismos divergentes y alcanzan un tipo de integración o unidad, aunque ello sea a costa de opresión, aniquilamiento y subyugación del rival. A pesar de que el conflicto es una categoría central de la organización social, a lo largo de los años ha permanecido inexplorado. Se temía reconocer su función social. De hecho se consideraba subversivo hablar de su aspecto positivo. Hoy en día el tratamiento dado al conflicto desde el ámbito académico es otro, de acuerdo a la nueva forma de verlo hemos elaborado la propuesta que expondremos en el presente escrito. No consiste en hacer una metafísica del conflicto[1], sino señalar como la conflictividad general incide generalmente en el hombre, y sugerir entonces la necesidad de investigar los conflictos básicos como recurso de consideración crítica de muchos problemas prácticos actuales. El tratamiento crítico de los conflictos concretos requiere ante todo la plena conciencia de que la solución de estos no equivale a la eliminación de las estructuras conflictivas.
Hablar de la cultura del conflicto y de la diversidad cultural es referirse a la estructura de la sociedad, es considerar la composición social como una fuente para la explicación sobre el conflicto. En una teoría estructural del conflicto se oculta la idea de que la organización de la sociedad crea intereses específicos que llegan a determinar quién es el que compite y quien es el que coopera[2].
Cualquier principio de la organización social puede por sí solo encauzar la conducta en una dirección determinada, pero, tengamos presente que desde el punto de vista de la teoría del conflicto no hay un solo principio relevante en el momento dado. El hombre debería convencerse de que, tras la solución de un determinado conflicto, lo espera siempre un conflicto nuevo.
La explicación estructural del conflicto se refiere a la forma en que la organización social configura la acción, y la diversidad cultural se fija en los propios actores y como éstos interpretan el mundo. Es así que los presupuestos señalados en este escrito van a tomarse en cuenta como base del marco interpretativo que influye en cómo los individuos y los grupos entienden las acciones de los demás y reaccionan ante ellas.
LA CULTURA DEL CONFLICTO
La cultura es básicamente la técnica utilitaria con que compensamos nuestra precariedad natural mediante múltiples prótesis, pero es también la capacidad de contemplación interesada, que se levanta por encima de las urgencias vitales inmediatas.
El mundo de la cultura se presenta como un mundo superpuesto al mundo natural. La naturaleza no le otorga al hombre todo lo necesario para vivir, de modo que lo obliga a construir su propio mundo. Cada hombre se configura dentro de una tradición cultural básica; pero su receptividad de esa tradición implica un trabajo selectivo, una discriminación de lo que ha de adaptarse y lo que ha de modificarse. En esto último se ejerce la productividad, la creación de nuevos bienes culturales.
Además la estructura de la sociedad nos va a determinar los objetivos de la conducta agresiva. Iniciemos con describir la estructura histórica de la sociedad en que vivimos relacionándola con la valoración del conflicto como fuerza en movimiento. Las sociedades occidentales se han dotado de mecanismo de resolución de conflictos, en principio necesarios para garantizar la paz social indispensable a efectos de que la burguesía, estrato social generador, pudiese realizar con tranquilidad las actividades sociales. La obsesión burguesa por el orden se vio satisfecha con una serie de reglas procedimentales que, internalizadas por los ciudadanos, eran acatadas por la población como mínimo sacrificio a pagar por la armonía social; el consenso consistía en el acatamiento de los resultados de los litigios y de los contratos privados a que llegaban las partes, como regla -formal- básica de convivencia, fueran cuales fueran los contenidos que integrasen el acto de resolución.
La no hostilidad y la sumisión a reglas procesales es pues la premisa básica de actuación para garantía de la paz burguesa. La dinámica procesal que determina a estas sociedades fue también operativa a la hora de socializar la nación (Gellner, 1994) y de incorporar las categorías menos protegidas socialmente al status de ciudadano antes obtenido de manera censitaria.
La negociación era también traducible en términos económicos, si la burguesía previamente había reivindicado el ejercicio de su libre iniciativa (básicamente comercial), el interés de la otra clase se tradujo en prestación: a cambio de la paz social el estado liberal-burgués otorgaba a los desfavorecidos que se les garantizaban la igualdad de oportunidades. Hasta ese momento, hasta la configuración del Estado social, el conflicto, privado o social, era primordialmente un conflicto de intereses.
El conflicto de valores surgido del politeísmo de valores weberiano era, digamos, un tanto secundario, soportado por la tolerancia de una sociedad acostumbrada a vivir en un marco de "razonable pluralismo" y, en cualquier caso, perfectamente subsumido al procedimentalismo abstracto y ritual de las democracias occidentales.
DIVERSIDAD CULTURAL Y CONFLICTO
La ubicación del conflicto dentro de las sociedades occidentales, caracterizadas por la pluralidad en lo privado -auténtico pluralismo de intereses- y por la homogeneidad en lo público - también auténtico monoteísmo de valores: Estado-nación y mercado determinan el marco cultural, valorativo por tanto, propio de las culturas nacionales de dichos Estados.
A pesar de la especificidad de cada cultura nacional, todos estos Estados occidentales presentan como denominador común sus consabidas raíces clásico-cristianas y una común evolución en lo que respecta a la impronta que la corriente demoliberal significó para las mismas. Igualmente, aun con variantes, experimentaron los efectos del nacionalismo y se sumaron al proceso de integración social a través del estado del bienestar.
La internacionalización económica, informativa y laboral, sin embargo ha puesto en peligro la estabilidad de tales Estados al tiempo que la homogeneidad interna se está desmoronando.
El déficit de democracia que atañe a la participación y representación de ciertos grupos ha devenido en la reivindicación con connotaciones un tanto problemáticas por parte de ciertos colectivos, diferenciados, en cuanto que son los principales y directos perjudicados.
El mismo queda manifiesto y traducido en crisis de legitimidad en el sistema político y en crisis de racionalidad en el sistema económico, conceptuados ambos en la teoría de Habermas, entre otras. Al mismo tiempo, una serie de grupos étnicos que permanecían en el Estado nacional, bien soterrados, bien relegados a ejercer su particularidad cultural en la esfera privada, han incrementado el número de reivindicaciones formuladas a los poderes públicos, con la pretensión de hacer valer su diferencia en las instancias políticas.
Wicker[3], (1997), establece una doble estructuración en la formación de estos grupos, una horizontal y otra vertical: la primera determinó la aparición de los primeros movimientos sociales a través de contrastes entre burguesía-proletariado, ricos-pobres, e incluso se repite en las actuales reivindicaciones de las feministas, homosexuales, discapacitados y ecologistas. La segunda, la horizontal, se genera en torno a atributos irracionales (cultura, etnia, nación) que engendran solidaridad entre personas tradicionalmente distribuidas horizontalmente.
Tal estructuración indica la importancia que los vínculos culturales tienen en la actualidad a la hora de determinar las nuevas identidades. Mientras que los grupos estructurados horizontalmente son el producto de la movilización social, dentro de un mismo sistema cultural - por el igual acceso a los recursos y una más justa distribución de los mismos- los segundos reflejan también la insuficiencia de las culturas nacionales - por los procesos de internacionalización económica, por su neutral procedimentalismo- para generar identificaciones, no ya sólo en lo que respecta a un reparto justo de los recursos, sino también en cuanto a la configuración simbólica de dichas culturas.
Una explicación suficientemente comprehensiva y gráfica la ofrece Gianni [4] al señalar que la ciudadanía en los Estados occidentales viene a ser "un tipo de identidad cuyo propósito es unificar (a través de un mínimo común denominador) la heterogeneidad de la sociedad". En los estados nacionales, a cuya ciudadanía se refiere Gianni, la identidad nacional se traduce en términos de nacionalidad = ciudadanía, y los valores culturales e identitarios que las conforman se entremezclan en una cultura nacional fuertemente potenciada por el grupo hegemónico, y de la cual también participan los grupos horizontalmente estructurados, aun cuestionando ciertas fallas en la racionalidad y legitimidad del sistema.
Una apreciación que adelanta un paso más lo anteriormente señalado al describir cómo la identidad cultural delimita un "bagaje socio-cultural-simbólico identificado por el grupo como genuino" y es precisamente este bagaje ése que no comparten los grupos estructurados verticalmente, su identidad cultural es distinta de aquélla que comporta la nación estatal.[5]
La cultura, entendida en términos antropológicos - como conjunto de significaciones, costumbres y formas de vida de un pueblo- ha pasado a ser uno de los grandes indicadores de las sociedades occidentales, tanto que ahora son multiculturales, integradas por diferentes colectivos portadores de varias culturas.
La multiculturalidad es, pues, uno de los caracteres relevantes de las sociedades de nuestros días, sin duda porque, como explica Wicker, el hecho multicultural ha pasado también a estar presente, además de en la vida privada de los miembros de la diversas culturas, en los ámbitos sociales y políticos. No es este el momento para abordar las causas de esta implantación en los ámbitos públicos, ni de centrarnos específicamente en la cuestión del multiculturalismo. Sí, sin embargo, hemos de señalar la relevancia que de nuevo cobra la identidad cultural (y digo de nuevo porque ésta ya cobró fuerza anteriormente, al ser una de las bases sobre las que se estructuraron los estados nacionales[6]), como referente y definidor básico de la propia identidad personal, aunque siempre y, como señalan de Lucas y Álund, cualesquiera que sean los elementos sobre los que la misma se articule, se trata de una identidad mutable e interactiva con otras identidades, bien culturales, bien de otro tipo.
La multiplicidad cultural, étnica en definitiva - como grupo étnico de diversas comunidades de inmigrantes, o como grupo étnico constituido en una minoría nacional- pasa a ser entendida como fuente de conflictividad. En este caso, volviendo a los postulados de Aubert, el conflicto cultural es apreciado como conflicto de valores, entre sistemas culturales. La directa vinculación entre diversidad cultural y conflicto refleja una multipartita instrumentalización de la cultura grupal:
a) Por un lado, la del propio Estado quien a través de políticas de multiculturalismo reconoce el hecho cultural diferencial como causa para otorgar una serie de prestaciones, reduciendo la diversidad cultural a la financiación de una serie de prácticas y utilizando tal reducción para no modificar "él actual equilibrio de poderes". Al justificar la activación de tales políticas en aras de la prevención del conflicto, el Estado liga peligrosamente los conceptos de cultura y de conflicto, atribuyendo a la identidad cultural una connotación conflictiva que no necesariamente ha de tener. De hecho numerosos estudios empíricos vienen demostrando que la diversidad étnica se presta más a la cooperación que al conflicto (Henderson, 1997). Al vincular diversidad cultural con prestación social genera en el grupo cultural hegemónico que hasta ahora ignoraba tal diferencia, un sentimiento de recelo hacia el diferente, provocado tanto por su alteridad como por la competencia que ahora siente para con el otro.
b) Por otro lado, la de quienes entienden las reivindicaciones de estos grupos étnicos como una esencialización de la cultura, tachando de atávicas y antidemocráticas las prácticas de tales grupos y dando por hecha la cuestión de que todo tipo de sociedades y culturas deberían de avanzar por el camino de derechos y libertades desarrollado por los Estados democráticos occidentales.
Tales posicionamientos, primordialistas (Henderson, 1997), al tiempo que entienden la cultura como algo fijo e inmutable, adolecen de un etnocentrismo capaz de reducir el resto de sistemas culturales a deplorables prácticas ancestrales por las que aún no ha discurrido el proceso glorioso de la modernización. Las teorizaciones de estas tendencias aprecian en la diversidad cultural el motivo más claro de luchas entre diferentes culturas y civilizaciones.
c) Una tercera concepción, igualmente reduccionista, es la que desde posturas instrumentalistas así catalogadas por Henderson y A. D. Smith, entre otros- que entienden la identidad étnica como producto de la manipulación de una serie de líderes o élites grupales para fines relacionados con su poder personal.
El reduccionismo de tal interpretación se debe al hecho de que, pese a la instrumentalización que de una identidad cultural pueda producirse por parte de ciertos sujetos personalmente interesados por los beneficios que ello pueda reportarles, dicha manipulación no desvirtúa en absoluto la importancia de la identidad cultural. Al igual que el anterior, este reduccionismo minusvalora la relevancia de la identidad cultural que, tanto como vínculo de comunicación y solidaridad intragrupal, como de constitutivo de la esencia personal supone.
d) Finalmente, la de quienes efectivamente instrumentalizan una serie de rasgos culturales con el fin de estructurar el proceso de etnogénesis para fines particulares. No obstante, pese a dicha instrumentalización no podemos olvidar la relevancia del vínculo cultural para el desarrollo personal de los miembros del grupo, ni tampoco que la activación de la etnicidad como medio colectivo de reivindicación intragrupal responde también a la necesidad de reconocimiento - que no se puede entender únicamente en términos de financiación, sino de representación y ubicación del bagaje simbólico de dicha cultura en el entorno político en el que se desenvuelve y que requiere, no sólo un soporte económico para su preservación y reproducción, sino también una modificación de los procedimientos democráticos- del procedimiento- a efectos de la justa redistribución de los recursos del sistema.
Es así que, la relevancia que la multiculturalidad cobra hoy en día no puede entenderse por la relación directa entre diversidad cultural y conflicto, sino más bien por una manipulación bienintencionada de ambos conceptos. No obstante los conflictos entre grupos o sujetos de identidad cultural diferente se producen aunque, como señala Wicker, los mismos no son una consecuencia de la diversidad cultural, sino una forma del conflicto mismo, una vez debilitadas las tradicionales formas de identificación que adscribían a los sujetos en grupos aglutinados por otras categorías distintas a las de la identidad cultural.
Valga, en última instancia, como cita para una reflexión sobre la relación entre diversidad cultural y conflicto una afirmación de Gellner: "El punto y contenido clave de la presencia perenne del conflicto social no es la interferencia entre posiciones sociales diferentes, donde algunas son más ventajosas que otras, sino la percepción no trivial de que el sistema de posiciones es inestable y está destinado a cambiar, es contraria a la realidad la idea de que es posible que la humanidad pueda manejarse sin un sistema de estas características".
La historia se ha desenvuelto como una cadena de crisis. La época actual es el principal desafío que debe afrontar la humanidad y que en tiempos pasados dio lugar a las revoluciones culturales. También como ahora se estuvo al borde de la destrucción. Es el momento de conocer algún hondo secreto que nos oculta la cultura y aceptar la revelación para compensar nuestros evidentes defectos en el manejo de ésta.
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[1] Más que un aspecto negativo, el conflicto es ante todo, oportunidad porque nos ayuda a crecer, a mejorar la cotidianidad y nos posibilita construir relaciones más solidas.
[2] Tengamos presente la teoría de Turner (1957), acerca de las explicaciones socioestructurales del conflicto. Traídas por Marc Ross en EL CONFLICTO POLÍTICO Y LA ESTRUCTURA DE LA SOCIEDAD. La cultura del conflicto: las diferencias interculturales en la práctica de la violencia, Barcelona, ediciones Piados, 1995, Pág. 61 – 106.
[3] H. – R. Wicker, “Sphere Theories of Hannah Arendt and John Rex”, en H. - R. Wicker, ed. (1997), Pág. 143 161
[4] M. Gianni, “Multiculturalism and Political Integration. The Need for a Differentiated citizenship”, en H. – R. Wicker, ed. (1997:130).
[5] Sobre los procesos de formación y consciencia de la identidad grupal ver J. Kincheloe y S. R. steinberg (19979, Changing multiculturalism, Buckingham: open University Press, cap I y A. Pizzorno (1984), “los intereses y los partidos en el pluralismo”, en S. Berger, comp. (1988).
[6] Por ello no debe pasar desapercibido el hecho de que Natividad Gutiérrez afirme que los procesos de etnogénesis no hacen sino reproducir en buena parte las narrativas e instrumentos de los que se sirvieron los Estados nacionales para su construcción. No. Gutiérrez “Ethnic Revivals within Nation – States. The Theories of E. Gellner and A. D. Smith Revisited”, en H. – R. wicker, ed, (1997), p.p. 163 – 173. A lo que también habría que añadir que tales procesos de activación étnica se han servido de una serie de derechos y libertades (de expresión, manifestación, de sufragio, en su caso) con que los Estados democráticos han dotado a ciudadanos y, valga la redundancia, en su caso a extranjeros.
domingo, 9 de noviembre de 2008
Conferencia UDES. Congreso internacional DESC
Resumen: El propósito de la ponencia es reconocer la importancia de los Derechos económicos sociales y culturales (DESC), así como sus teorías fundamentales y mostrar las conclusiones del congreso. La exposición hace un recorrido histórico de los DESC e ilustra hechos emblemáticos entre los siglos XVII y XXI.
Palabras claves: Derechos Humanos, Políticas públicas, Derechos económicos, sociales y culturales
Keys words: Human Rights, public politics, and economic social and culture rigths
Title Economic Social and Cultural Rights (ESCR)
Teoría de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Ponente: Cristina Díaz
Es para mi un honor muy grande cerrar el Primer Congreso Internacional de Teoría y Derecho Constitucional, estar en mi patria chica, y ser la única mujer ponente del congreso me llena de fuerza para llevar a ustedes algunas conclusiones de las ponencias anteriores y cerrar con mi propuesta sobre los Derechos Económicos Sociales y Culturales.
Retos del Constitucionalismo del Siglo XXI
Los desafíos del constitucionalismo contemporáneo están en la consolidación del Estado Social de Derecho, continuar con algunas funciones exclusivas del Estado entre ellas el respeto a los derechos humanos, la consolidación del monopolio de las armas y el mantenimiento de la confianza en las instituciones. Las constituciones no pueden ser declaraciones de buena voluntad; tienen que ser vividas y comprendidas por las sociedades de las que son parte.
Y para esto, los temas sobre la mesa serán:
Medio Ambiente
Tecnología
Globalización
Recursos alimenticios e hídricos
El crecimiento desmesurado de la población, que multiplica exponencialmente los problemas de límites de recursos, cumplimientos de las leyes, conceptos sobre justicia, entre otros.
Tribunal Constitucional y su función en los Estados modernos
Para todos los Estados se vuelve necesario exigir un mejor trabajo de los cuerpos legislativos, que tienen la representación, y así evitar que existan fallos de juez legislador que, aunque necesarios, desorganizan los sistemas.
Los tribunales constitucionales seguirán desarrollando sus funciones en relación con el cuerpo jurídico que tienen que interpretar y aplicar, así como participar en el análisis de los tratados y hacer compatible las interpretaciones con la efectividad de los derechos para los que fueron creados, en un mundo donde los países se integran constantemente. La interpretación de esos tratados, a la luz de las constituciones, va a permitir la real transformación e integración de los países con parámetros de diferenciación cultural, social y económica.
Derecho Constitucional Comparado
Fusión de horizontes legales para conocer y comparar ordenamientos oriente – occidente.
El trato para inmigrantes, la negociación por bloques (Unión Europea, MERCOSUR, Comunidad Andina, G3, etc.)
Investigaciones en Derecho Constitucional
El derecho constitucional tiene aún muchos vacíos teóricos y se espera de ésta que conceptualice los límites a la democracia, la real vivencia de una educación para los derechos humanos, una convivencia y oportunidades de trabajo con garantías. De la misma manera las investigaciones de derecho constitucional estarán enfocadas sobre el análisis al derecho de manifestarse, a disentir, en fin, se multiplican los problemas de investigación, y se necesita conocer y participar de las investigaciones de otras disciplinas.
El mundo se ha complejizado y no podemos ser inferiores a este reto. Para que el derecho constitucional tenga mayor vigencia, la propuesta es buscar para seguir buscando.
Ponencia Derechos Económicos Sociales y Culturales
La división entre las diferentes categorías de derechos humanos – civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – no implica de ninguna manera que una categoría sea más importante que otra. En efecto, en el preámbulo[1] de los dos Pactos de 1966, se afirma que todos los derechos humanos están interrelacionados, y son indivisibles, interdependientes e igualmente importantes.
Los derechos humanos pueden encontrarse en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (aprobada en 1948). También se incluyen en dos instrumentos legales internacionales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, aprobado en 1966) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, aprobado en 1966).
El PIDCP cita un sinnúmero de derechos civiles y políticos o de “libertades clásicas”, por ejemplo el derecho a la vida, el derecho al debido proceso, libertad de opinión y de expresión, libertad de pensamiento y de religión, libertad de asociación, que están en teoría garantizados automáticamente por los Estados.
El PIDESC contiene la lista y desarrolla los derechos económicos, sociales y culturales, como por ejemplo el derecho al trabajo, el derecho a la salud, el derecho a la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado, que deben ser reconocidos por los Estados. Estos derechos requieren un rol pro activo de los Estados en materia de financiación y de recursos materiales.
Puesto que estos recursos no son necesariamente y directamente asequibles, la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales sólo puede llevarse a cabo de manera progresiva. Las provisiones del PIDESC fueron formuladas de una manera programática. Así, los Estados deben promocionar estos derechos y a la vez tener en cuenta las circunstancias nacionales.
Sin embargo, la práctica muestra que las diferentes categorías de derechos humanos no se han desarrollado de igual manera. Comparado a los derechos civiles y políticos, las categorías de derechos económicos, sociales y culturales están menos desarrolladas. Esto se debe en parte a que los derechos económicos, sociales y culturales se han considerado durante mucho tiempo como ‘derechos secundarios’ comparado con los derechos civiles y políticos.
Los Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) son atributos y garantías que corresponden al ser humano, al margen y por encima de las leyes, los cuales por lo menos deben ser reconocidos y protegidos. Este reconocimiento se ha establecido universalmente a través de distintos instrumentos: convenciones, conferencias, declaraciones, pactos y protocolos que obligan a los Estados a protegerlos y materializarlos.
Los derechos considerados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado en diciembre de 1966 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, son:
El derecho a la libre determinación de los pueblos
La obligación de no discriminación
El derecho a la igualdad entre hombres y mujeres en el gozo de los DESC
El derecho a un trabajo libremente escogido y aceptado
El derecho al goce de condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias
El derecho a la libre sindicación
El derecho a la seguridad social
El derecho a la más amplia protección y asistencia posible a la familia
El derecho a un nivel adecuado para si y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuadas y a una mejora continua de las condiciones de existencia
El derecho al más alto nivel posible de salud física, mental y social
El derecho a la educación
El derecho a los beneficios de la cultura y del progreso científico y tecnológico
Con la conceptualización de las definiciones antes planteadas, procedemos a revisar los hechos emblemáticos de la evolución de los DDHH, que son los elementos con los cuales despediré mi conferencia, teniendo en cuenta que estos hechos son la base para las preguntas y las investigaciones que los estudiantes y doctrinantes del derechos tenemos que repasar continuamente para inventarnos juegos jurídicos y evitar que los errores se vuelvan a repetir.
Mucho cuidado cuando expongo que el derecho es un juego, porque está compuesto de normas para regular el comportamiento en sociedad, y las personas que conviven en ella esperan que nosotros siendo legisladores, gobernantes, jueces, etc, les permitamos convivir de la mejor manera.
Hechos Emblemáticos
Durante el siglo XVII en Inglaterra, se producen tres hechos relevantes:
· La Petición de Derechos (1628) protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, quien al no respetarla originó la Revolución Inglesa, la cual derivó en una victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.
· El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II para protegerse de prácticas, entonces corrientes, que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.
· La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento como condición previa a la coronación de la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata por primera vez, de un verdadero contrato social establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano.
El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes, pero al mismo tiempo anclado todavía en costumbres conservadoras, en la medida que las grandes declaraciones americanas y francesa frecuentemente eran compatibles con la existencia de la esclavitud (su abolición se llevará a cabo durante el siglo siguiente) o la discriminación de las mujeres.
En cuanto a la denuncia de la discriminación de las mujeres, hay que resaltar los aportes de Olimpia de Gouges en Francia (autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, 1791) y Mary Wollstonecraft en Inglaterra (autora de la Vindicación de los Derechos de la Mujer, 1792).
Como algo característico del siglo XVIII, aunque se puede extrapolar a prácticamente toda la historia de los derechos humanos, podemos resaltar lo siguiente: cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que considera que le pertenece y que no se le reconoce.
El siglo XIX es un siglo de avances y retrocesos. En conjunto, es un siglo de lenta consolidación de los ideales proclamados por la Revolución Francesa. Los principales aspectos por resaltar son los siguientes:
La abolición de la esclavitud[2].
El inicio de la reivindicación de los derechos sociales[3].
La extensión del sufragio[4].
La influencia del liberalismo[5].
El establecimiento de las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario[6].
El inicio de la reivindicación de los derechos de las mujeres.
Con relación a la ampliación progresiva a lo largo del tiempo del catálogo de derechos humanos, el siglo XX representa la consolidación de los derechos económicos y sociales. El derecho al trabajo, a sus frutos, y a la seguridad social pasan a ser las nuevas exigencias y se reclama su protección. Dentro de distintos entornos culturales y regímenes políticos, se irán interiorizando estas demandas, y ya a principios de siglo ven su consagración jurídica al ser recogidas en algunas constituciones y documentos.
La Constitución de México de 1917 (fruto de la revolución mexicana), trataba de conciliar los derechos civiles y políticos con los emergentes derechos económicos y sociales.
La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado de 1918, redactada por los revolucionarios rusos, e incorporada a la nueva Constitución Soviética, priorizaba los derechos económicos y sociales.
La Constitución de Weimar de 1919 proclamaba derechos sociales de la ciudadanía alemana, como la protección a la familia, el derecho a la educación y al trabajo.
La Revolución Rusa dio lugar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Frente a los derechos civiles y políticos (también llamados de "primera generación") considerados fundamentales y prioritarios desde las declaraciones de derechos americana y francesa, el socialismo marxista planteó una jerarquización inversa de los derechos, poniendo en primer lugar los derechos económicos, sociales y culturales, argumentando que sólo impulsando éstos era posible hacer efectivos los otros. Las distintas vías, desde la revolución radical hasta el reformismo interno, irán difundiendo la necesidad y la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, pasando a ser considerados, con el tiempo, definitivamente inseparables y complementarios de los derechos civiles y políticos.
Un año antes de la Constitución de Weimar había finalizado la Primera Guerra Mundial (1914-1918), desencadenada a causa de los proyectos expansionistas y colonialistas de los países implicados. Extendida por más de medio mundo, se convirtió en el conflicto más sangriento de la historia hasta entonces.
Acabada la guerra se creó la Sociedad de Naciones, con el objetivo de fomentar una política mundial de desarme y seguridad colectiva. Hizo obligatorio para los países miembros el recurso al arbitraje en caso de conflicto, e intervino en distintos contenciosos. No obstante, después de 1935 la Sociedad de Naciones no fue considerada como una amenaza por parte de los proyectos expansionistas de Alemania, Italia (que había ignorado las reprobaciones de la Sociedad a raíz de la invasión de Abisinia) y Japón (que también había ignorado la orden de retirarse de la Manchuria China).
Al margen de su labor de arbitraje, la Sociedad de Naciones se distinguió por la creación en 1921 de la Corte Permanente de Justicia Internacional (el precedente del actual Tribunal Penal Internacional de la Haya, establecido en 1998), la firma del Convenio Internacional para la Supresión de la Esclavitud (firmado en 1926 y completado y ratificado por las Naciones Unidas en 1956) y la creación de la Organización Internacional del Trabajo.
Tras la Primera Guerra Mundial, las democracias liberales perdieron credibilidad al mismo tiempo medraban, en el ambiente de descontento, movimientos de extrema derecha y de extrema izquierda. En este contexto se afianzan los dos totalitarismos más devastadores del siglo XX, el comunismo y el nazismo. Ambos partían de las mismas premisas: la liquidación del pluralismo, la implantación de la ideología oficial del Estado, el culto al líder y la obediencia ciega. Sus consecuencias fueron comparables: el terrorismo estatal y millones de víctimas. En la Unión Soviética, a partir de 1924 Stalin inició la eliminación de toda oposición, convirtiéndose en dictador absoluto (adoptando un modelo de comunismo muy alejado de las ideas de Marx y Engels). En Alemania, Hitler accedió al poder en 1933 por la vía democrática, introduciendo luego medidas cada vez mas totalitarias y racistas, unas medidas anunciadas ya anteriormente en su obra Mein Kampf (1926):
"La mezcla de la sangre y, por lo tanto, la decadencia racial, son las únicas causas de la desaparición de las viejas culturas, ya que los pueblos no mueren como consecuencia de las guerras perdidas sino por la anulación de aquella fuerza de resistencia que sólo es propia de la sangre incontaminada."
"El principio de organización constructiva de la raza aria ha sido sustituido por el principio destructor que vive en el judío, convertido así en el 'fermento de descomposición' de pueblos y razas y, en un sentido más amplio, en el factor de disolución de la cultura humana."
En 1939, con la invasión de Polonia por las tropas de Hitler, empezó la Segunda Guerra Mundial. Al finalizar, en 1945, el balance era desolador: cincuenta millones de muertos (de ellos treinta millones de civiles), dos explosiones nucleares dirigidas contra la población civil (Hiroshima y Nagasaki), deportaciones masivas, el exterminio metódico y sistemático de judíos, gitanos, homosexuales y otras minorías étnicas, la esclavitud sexual de mujeres promovida por el ejército japonés, ciudades enteras demolidas, países arrasados, etc.
En los Juicios de Núremberg y Tokio, los vencedores juzgaron a los máximos responsables alemanes y japoneses. Se les acusaba de haber cometido crímenes contra la paz (violaciones de tratados internacionales y actos de agresión injustificada contra otras naciones), crímenes contra la humanidad (planificación y participación en exterminios y genocidios) y crímenes de guerra (violación de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra). El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Tokio como en Núremberg significaron el establecimiento, a partir de entonces, de reglas básicas de persecución de criminales de guerra así como la tipificación de los delitos correspondientes.
Pero lo que no se juzgó en ningún caso fueron las violaciones de derechos humanos cometidas por los países aliados, igualmente presentes. Por ejemplo, la agresión a Polonia por parte de la Unión Soviética, los bombardeos aliados de civiles tanto sobre Alemania como sobre Japón, o las represalias y las violaciones sobre la población alemana cometidas por el ejercito soviético durante la ocupación final de Alemania. Según los criterios usados durante los juicios de Núremberg y Tokio, éstos también fueron crímenes contra la humanidad, pero sus responsables no fueron encausados.
La Segunda Guerra Mundial finalizó en 1945. Alemania se rindió en mayo, Japón en agosto tras el lanzamiento de las bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki. Dos meses más tarde, el 24 de octubre, fue fundada oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el inicio de la Segunda Guerra Mundial.
A los 51 estados miembros iniciales en los años sucesivos se les fueron añadiendo nuevos estados, tal como contemplaba el Artículo 4 de la Carta:
"Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad."
Conclusiones:
Los horrores de la guerra y los juicios de Núremberg y Tokio mostraban la necesidad de regular de forma precisa el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles eran. Uno de los primeros trabajos de las Naciones Unidas fue la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto cuya redacción estuvo sujeta a muchas discusiones, ya que las posturas de las distintas naciones no eran coincidentes acerca de sus contenidos. No obstante, fue aprobada el 10 de diciembre de 1948. Con la aprobación de la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.
Con el paso de los años, la Declaración Universal, que como tal no es de carácter vinculante, se ha ido completando con otros documentos de las Naciones Unidas: convenios, convenciones y pactos, estos sí vinculantes, que van desarrollando, y en algunos casos ampliando, los contenidos de la Declaración Universal.
Algunos de estos documentos son los siguientes:
Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1948, entrada en vigor en 1951)
Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966, entrada en vigor en 1976)
Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966, entrada en vigor en 1976)
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979, entrada en vigor en 1981)
Convención sobre los derechos del niño (1989, entrada en vigor en 1990)
El siglo más representativo de la vertiente homicida de la humanidad ha sido el XX. Además de lo ya expresado anteriormente, las dictaduras socialistas, las represiones de las dictaduras militares hispanoamericanas, los violaciones de los derechos humanos cometidas por los regímenes dictatoriales africanos.
Pero esta perspectiva, sin matices que la acompañe, es parcial, ya que la historia de la humanidad también es, paralelamente, una sucesión de intentos de construcción de formas y normas de organización social tendentes a evitar las agresiones a los derechos de las personas. Y el siglo XX posiblemente también sea el más ilustrativo de este aspecto ético de la humanidad.
La Segunda Guerra Mundial representa la peor forma de violación de derechos humanos, pero al tiempo se constituye para la humanidad como la razón para el establecimiento de las Naciones Unidas y a la redacción de múltiples documentos sobre derechos humanos. Desde la sociedad civil, es reveladora también la aparición de organizaciones de defensa de los derechos humanos, tanto desde el trabajo de denuncia (Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Save the Children, etc.), como desde el trabajo de promoción y colaboración (Intermón, Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.).
Pero tampoco hay que olvidar que ninguna conquista alcanzada es una garantía de cara al futuro: casos como los genocidios cometidos durante la guerra de Bosnia-Herzegovina (1992-1995), o el genocidio de Ruanda de 1994 (por citar sólo los más llamativos, ya que una lista exhaustiva que recogiera todos los conflictos nacionales o regionales en los que se han violado de forma masiva los derechos humanos sería excesivamente larga), muestran la fragilidad de los logros conseguidos.
Para juzgar las violaciones de derechos humanos que se cometieron en Bosnia-Herzegovina y Ruanda se crearon sendos Tribunales Penales Internacionales con jurisdicción sobre cada uno de los países. Posteriormente, culminando una antigua aspiración de la comunidad internacional, en la Conferencia de Roma de 1998, se creó el Tribunal Penal Internacional, de carácter permanente, el cual entró en vigor en 2002, al sumar las necesarias ratificaciones estatales. El Tribunal tiene por objeto ser un instrumento capaz de asumir la defensa jurídica de las víctimas de violaciones de derechos humanos en cualquier parte del mundo y, especialmente, en los casos de crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad.
Al iniciarse el siglo XXI, además de distintos conflictos bélicos y su larga secuela de violaciones de derechos humanos, siguen persistiendo otras muchas violaciones de derechos humanos, en general arrastradas desde los tiempos más remotos:
El azote del hambre padecido por millones de personas, en un mundo globalizado y con los recursos necesarios para alimentar toda la humanidad.
La falta de acceso a la sanidad y a la educación de una parte considerable de la humanidad.
La persistencia de la esclavitud, en su forma más tradicional circunscrita a casos muy concretos, pero diseminada por todo el mundo bajo nuevas formas de servidumbre (prostitución forzada, trabajo esclavo infantil, etc.).
La persistencia de la tortura (incluso en ocasiones la reivindicación de su legalización) a socaire de la nueva lucha antiterrorista.
La misoginia y la homofonía, cobijada en prejuicios ancestrales y alentada en ocasiones por algunas interpretaciones religiosas.
El racismo y la xenofobia, alentado por los prejuicios o la defensa de privilegios de sectores sociales de las zonas más prósperas a las que intenta acceder la población de algunas zonas depauperadas y sin recursos.
Habría que añadir las tensiones y conflictos relacionados con los llamados derechos de tercera generación, de modo especial el derecho a un medio ambiente saludable y sostenible, una nueva y urgente preocupación luego que, tras constatar durante el siglo XX los efectos sobre la salud por las prácticas industriales altamente contaminantes, ya en el siglo XXI cada vez es más indiscutible la incidencia del comportamiento humano sobre el clima terrestre, con los peligros que ello conlleva. Incluso la entrega de premios nobel (Al Gore) por el análisis sobre este problema es muestra que el tema aparece en las agendas internacionales.
Este es el camino que se ha recorrido para ubicar los DESC en el centro del debate jurídico y político. Para terminar, es indispensable seguir ahondando esfuerzos para teorizar, evaluar y hacer cumplir los derechos Humanos. El propósito de estas conferencias es fortalecer la unión de políticas públicas con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC); colocar en el prisma del gobierno, las acciones que van a transformar la vida en sociedad.
[1] “Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales. Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos. Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación.”
[2] Durante el siglo XIX la esclavitud fue abolida de forma progresiva en los distintos estados europeos y americanos, primero prohibiendo la trata de esclavos y luego la esclavitud misma. Su abolición fue el resultado en Europa y América de un intenso debate entre los esclavistas y los abolicionistas, con un protagonismo especial entre los segundos de los cuáqueros, una comunidad religiosa fundada en Inglaterra por George Fox (1624-1691), caracterizada por su pacifismo e impulsora de las sociedades antiesclavistas inglesas y americanas.
La esclavitud se prohibió en Inglaterra en 1772. El primer documento contrario a la esclavitud en los Estados Unidos fue, en 1777, la Constitución de Vermont (la esclavitud no fue abolida definitivamente de los Estados Unidos hasta 1865, con la Decimotercera Enmienda de la Constitución, al finalizar la Guerra de Secesión que enfrentó a los estados esclavistas del sur con los antiesclavistas del norte). Francia abolió la esclavitud en 1794 (fue restablecida por Napoleón en 1802, y definitivamente abolida de las colonias en 1848).
[3] El siglo XIX es el siglo de la Revolución Industrial, de las reivindicaciones proletarias y de la conquista del reconocimiento del derecho de asociación. Aparecen nuevas teorías sociales: el socialismo utópico, el socialismo científico (marxismo) y el anarquismo. Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia y organizada.
Karl Marx (1818-1883) es un referente imprescindible para entender la evolución de los derechos económicos y sociales a partir de finales del siglo XIX. Pensaba que el sistema económico dominante en cada época histórica, a través del cual se satisfacen las necesidades vitales de los individuos, determina la estructura social, política e intelectual de cada periodo. Afirmaba que la historia de la sociedad es la historia de las luchas entre los explotadores y los explotados, es decir, entre la clase social gobernante y las clases sociales oprimidas. Partiendo de estas premisas, en el "Manifiesto Comunista" (1848, escrito en colaboración con Engels) decía que la clase capitalista sería derrocada y suprimida por una revolución mundial de la clase obrera que culminaría con el establecimiento de una sociedad sin clases. Sus ideas filosóficas tuvieron una gran influencia, dando lugar posteriormente a las revoluciones socialistas de principios del siglo XX, y a que dentro de las sociedades capitalistas los derechos económicos y sociales cobrarán progresivamente mayor importancia.
[4] Cuando a finales del siglo XVIII se proclaman las grandes declaraciones de derechos, primero en las colonias americanas y poco después en Francia, el derecho al voto es uno de los derechos que se recogen. No obstante, distaba mucho de ser un sufragio universal, ya que estaba claramente restringido, limitado al cumplimiento de distintos requisitos, como el nivel de instrucción, de renta o la clase social: los analfabetos, los pobres y los esclavos no podían votar. También estaban excluidas todas las mujeres, en la medida que eran consideradas intelectualmente incapaces y sin criterio. Por todo ello, al final la proporción de votantes era ínfima, con relación a la población total.
Durante el siglo XIX, al incorporarse el derecho al voto a los nuevos ordenamientos legales, inicialmente se adopta con todas estas restricciones.
Durante la segunda mitad del siglo XIX, la extensión del sufragio se reivindicará a través de vías distintas:
-Las sufragistas americanas e inglesas inician la reclamación del derecho al voto de las mujeres.
-El auge del movimiento socialista impulsa entre otras reivindicaciones la del sufragio universal (incidiendo más en el aspecto de clase que en el de sexo).
-El liberalismo, representado por John Stuart Mill, aboga tanto por la extensión del sufragio a las mujeres como por la eliminación del sufragio censitario (condicionado a determinados requisitos patrimoniales, educativos o sociales). Otro de los factores que ha condicionado históricamente el número de votantes ha sido la edad mínima requerida para poder votar (en general, 25 años o más a finales del siglo XIX y principios del XX, para el sufragio masculino).
En todos los frentes, el avance será lento. Como norma, se conseguirá primero el sufragio universal masculino (superando las limitaciones censitarias), y más tarde el sufragio femenino.
[5] Desde otra perspectiva, el liberalismo y el romanticismo de este siglo tienen un peso específico en el fortalecimiento de la libertad de los individuos, y en que las constituciones nacionales que se van creando la tengan en cuenta. En este ámbito, es fundamental la figura del filósofo, político y economista inglés John Stuart Mill (1806-1873). En su libro "Sobre la libertad", reflexionó acerca de la naturaleza y los límites del poder que puede ser legítimamente ejercido por la sociedad sobre el individuo, argumentando que toda persona debería ser libre para realizar las conductas que desee siempre y cuando no dañe a los demás. Fue un defensor de la libertad de expresión y, como miembro del parlamento británico, propuso varias reformas del sistema electoral, especialmente sobre las cuestiones de la representación proporcional y la extensión del sufragio.
[6] El siglo XIX es también el del inicio del Derecho Internacional Humanitario, es decir, las distintas normas, en su mayoría reflejadas en las Convenciones de Ginebra, que tienen como objetivo evitar o limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.
Jean Henri Dunant promovió en 1863 la creación del Comité Internacional de la Cruz Roja, con la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra, así como de prestarles asistencia. Al año siguiente, en 1864, basándose en las ideas de Dunant, se firmó la Primera Convención de Ginebra, destinada a regular la asistencia a los militares heridos durante los conflictos bélicos. Posteriormente, en 1906, 1929 y 1949 se firmaron sucesivamente la Segunda, Tercera y Cuarta Convenciones de Ginebra.
Palabras claves: Derechos Humanos, Políticas públicas, Derechos económicos, sociales y culturales
Keys words: Human Rights, public politics, and economic social and culture rigths
Title Economic Social and Cultural Rights (ESCR)
Teoría de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Ponente: Cristina Díaz
Es para mi un honor muy grande cerrar el Primer Congreso Internacional de Teoría y Derecho Constitucional, estar en mi patria chica, y ser la única mujer ponente del congreso me llena de fuerza para llevar a ustedes algunas conclusiones de las ponencias anteriores y cerrar con mi propuesta sobre los Derechos Económicos Sociales y Culturales.
Retos del Constitucionalismo del Siglo XXI
Los desafíos del constitucionalismo contemporáneo están en la consolidación del Estado Social de Derecho, continuar con algunas funciones exclusivas del Estado entre ellas el respeto a los derechos humanos, la consolidación del monopolio de las armas y el mantenimiento de la confianza en las instituciones. Las constituciones no pueden ser declaraciones de buena voluntad; tienen que ser vividas y comprendidas por las sociedades de las que son parte.
Y para esto, los temas sobre la mesa serán:
Medio Ambiente
Tecnología
Globalización
Recursos alimenticios e hídricos
El crecimiento desmesurado de la población, que multiplica exponencialmente los problemas de límites de recursos, cumplimientos de las leyes, conceptos sobre justicia, entre otros.
Tribunal Constitucional y su función en los Estados modernos
Para todos los Estados se vuelve necesario exigir un mejor trabajo de los cuerpos legislativos, que tienen la representación, y así evitar que existan fallos de juez legislador que, aunque necesarios, desorganizan los sistemas.
Los tribunales constitucionales seguirán desarrollando sus funciones en relación con el cuerpo jurídico que tienen que interpretar y aplicar, así como participar en el análisis de los tratados y hacer compatible las interpretaciones con la efectividad de los derechos para los que fueron creados, en un mundo donde los países se integran constantemente. La interpretación de esos tratados, a la luz de las constituciones, va a permitir la real transformación e integración de los países con parámetros de diferenciación cultural, social y económica.
Derecho Constitucional Comparado
Fusión de horizontes legales para conocer y comparar ordenamientos oriente – occidente.
El trato para inmigrantes, la negociación por bloques (Unión Europea, MERCOSUR, Comunidad Andina, G3, etc.)
Investigaciones en Derecho Constitucional
El derecho constitucional tiene aún muchos vacíos teóricos y se espera de ésta que conceptualice los límites a la democracia, la real vivencia de una educación para los derechos humanos, una convivencia y oportunidades de trabajo con garantías. De la misma manera las investigaciones de derecho constitucional estarán enfocadas sobre el análisis al derecho de manifestarse, a disentir, en fin, se multiplican los problemas de investigación, y se necesita conocer y participar de las investigaciones de otras disciplinas.
El mundo se ha complejizado y no podemos ser inferiores a este reto. Para que el derecho constitucional tenga mayor vigencia, la propuesta es buscar para seguir buscando.
Ponencia Derechos Económicos Sociales y Culturales
La división entre las diferentes categorías de derechos humanos – civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – no implica de ninguna manera que una categoría sea más importante que otra. En efecto, en el preámbulo[1] de los dos Pactos de 1966, se afirma que todos los derechos humanos están interrelacionados, y son indivisibles, interdependientes e igualmente importantes.
Los derechos humanos pueden encontrarse en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (aprobada en 1948). También se incluyen en dos instrumentos legales internacionales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, aprobado en 1966) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, aprobado en 1966).
El PIDCP cita un sinnúmero de derechos civiles y políticos o de “libertades clásicas”, por ejemplo el derecho a la vida, el derecho al debido proceso, libertad de opinión y de expresión, libertad de pensamiento y de religión, libertad de asociación, que están en teoría garantizados automáticamente por los Estados.
El PIDESC contiene la lista y desarrolla los derechos económicos, sociales y culturales, como por ejemplo el derecho al trabajo, el derecho a la salud, el derecho a la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado, que deben ser reconocidos por los Estados. Estos derechos requieren un rol pro activo de los Estados en materia de financiación y de recursos materiales.
Puesto que estos recursos no son necesariamente y directamente asequibles, la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales sólo puede llevarse a cabo de manera progresiva. Las provisiones del PIDESC fueron formuladas de una manera programática. Así, los Estados deben promocionar estos derechos y a la vez tener en cuenta las circunstancias nacionales.
Sin embargo, la práctica muestra que las diferentes categorías de derechos humanos no se han desarrollado de igual manera. Comparado a los derechos civiles y políticos, las categorías de derechos económicos, sociales y culturales están menos desarrolladas. Esto se debe en parte a que los derechos económicos, sociales y culturales se han considerado durante mucho tiempo como ‘derechos secundarios’ comparado con los derechos civiles y políticos.
Los Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) son atributos y garantías que corresponden al ser humano, al margen y por encima de las leyes, los cuales por lo menos deben ser reconocidos y protegidos. Este reconocimiento se ha establecido universalmente a través de distintos instrumentos: convenciones, conferencias, declaraciones, pactos y protocolos que obligan a los Estados a protegerlos y materializarlos.
Los derechos considerados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado en diciembre de 1966 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, son:
El derecho a la libre determinación de los pueblos
La obligación de no discriminación
El derecho a la igualdad entre hombres y mujeres en el gozo de los DESC
El derecho a un trabajo libremente escogido y aceptado
El derecho al goce de condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias
El derecho a la libre sindicación
El derecho a la seguridad social
El derecho a la más amplia protección y asistencia posible a la familia
El derecho a un nivel adecuado para si y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuadas y a una mejora continua de las condiciones de existencia
El derecho al más alto nivel posible de salud física, mental y social
El derecho a la educación
El derecho a los beneficios de la cultura y del progreso científico y tecnológico
Con la conceptualización de las definiciones antes planteadas, procedemos a revisar los hechos emblemáticos de la evolución de los DDHH, que son los elementos con los cuales despediré mi conferencia, teniendo en cuenta que estos hechos son la base para las preguntas y las investigaciones que los estudiantes y doctrinantes del derechos tenemos que repasar continuamente para inventarnos juegos jurídicos y evitar que los errores se vuelvan a repetir.
Mucho cuidado cuando expongo que el derecho es un juego, porque está compuesto de normas para regular el comportamiento en sociedad, y las personas que conviven en ella esperan que nosotros siendo legisladores, gobernantes, jueces, etc, les permitamos convivir de la mejor manera.
Hechos Emblemáticos
Durante el siglo XVII en Inglaterra, se producen tres hechos relevantes:
· La Petición de Derechos (1628) protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, quien al no respetarla originó la Revolución Inglesa, la cual derivó en una victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.
· El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II para protegerse de prácticas, entonces corrientes, que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.
· La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento como condición previa a la coronación de la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata por primera vez, de un verdadero contrato social establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano.
El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes, pero al mismo tiempo anclado todavía en costumbres conservadoras, en la medida que las grandes declaraciones americanas y francesa frecuentemente eran compatibles con la existencia de la esclavitud (su abolición se llevará a cabo durante el siglo siguiente) o la discriminación de las mujeres.
En cuanto a la denuncia de la discriminación de las mujeres, hay que resaltar los aportes de Olimpia de Gouges en Francia (autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, 1791) y Mary Wollstonecraft en Inglaterra (autora de la Vindicación de los Derechos de la Mujer, 1792).
Como algo característico del siglo XVIII, aunque se puede extrapolar a prácticamente toda la historia de los derechos humanos, podemos resaltar lo siguiente: cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que considera que le pertenece y que no se le reconoce.
El siglo XIX es un siglo de avances y retrocesos. En conjunto, es un siglo de lenta consolidación de los ideales proclamados por la Revolución Francesa. Los principales aspectos por resaltar son los siguientes:
La abolición de la esclavitud[2].
El inicio de la reivindicación de los derechos sociales[3].
La extensión del sufragio[4].
La influencia del liberalismo[5].
El establecimiento de las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario[6].
El inicio de la reivindicación de los derechos de las mujeres.
Con relación a la ampliación progresiva a lo largo del tiempo del catálogo de derechos humanos, el siglo XX representa la consolidación de los derechos económicos y sociales. El derecho al trabajo, a sus frutos, y a la seguridad social pasan a ser las nuevas exigencias y se reclama su protección. Dentro de distintos entornos culturales y regímenes políticos, se irán interiorizando estas demandas, y ya a principios de siglo ven su consagración jurídica al ser recogidas en algunas constituciones y documentos.
La Constitución de México de 1917 (fruto de la revolución mexicana), trataba de conciliar los derechos civiles y políticos con los emergentes derechos económicos y sociales.
La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado de 1918, redactada por los revolucionarios rusos, e incorporada a la nueva Constitución Soviética, priorizaba los derechos económicos y sociales.
La Constitución de Weimar de 1919 proclamaba derechos sociales de la ciudadanía alemana, como la protección a la familia, el derecho a la educación y al trabajo.
La Revolución Rusa dio lugar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Frente a los derechos civiles y políticos (también llamados de "primera generación") considerados fundamentales y prioritarios desde las declaraciones de derechos americana y francesa, el socialismo marxista planteó una jerarquización inversa de los derechos, poniendo en primer lugar los derechos económicos, sociales y culturales, argumentando que sólo impulsando éstos era posible hacer efectivos los otros. Las distintas vías, desde la revolución radical hasta el reformismo interno, irán difundiendo la necesidad y la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, pasando a ser considerados, con el tiempo, definitivamente inseparables y complementarios de los derechos civiles y políticos.
Un año antes de la Constitución de Weimar había finalizado la Primera Guerra Mundial (1914-1918), desencadenada a causa de los proyectos expansionistas y colonialistas de los países implicados. Extendida por más de medio mundo, se convirtió en el conflicto más sangriento de la historia hasta entonces.
Acabada la guerra se creó la Sociedad de Naciones, con el objetivo de fomentar una política mundial de desarme y seguridad colectiva. Hizo obligatorio para los países miembros el recurso al arbitraje en caso de conflicto, e intervino en distintos contenciosos. No obstante, después de 1935 la Sociedad de Naciones no fue considerada como una amenaza por parte de los proyectos expansionistas de Alemania, Italia (que había ignorado las reprobaciones de la Sociedad a raíz de la invasión de Abisinia) y Japón (que también había ignorado la orden de retirarse de la Manchuria China).
Al margen de su labor de arbitraje, la Sociedad de Naciones se distinguió por la creación en 1921 de la Corte Permanente de Justicia Internacional (el precedente del actual Tribunal Penal Internacional de la Haya, establecido en 1998), la firma del Convenio Internacional para la Supresión de la Esclavitud (firmado en 1926 y completado y ratificado por las Naciones Unidas en 1956) y la creación de la Organización Internacional del Trabajo.
Tras la Primera Guerra Mundial, las democracias liberales perdieron credibilidad al mismo tiempo medraban, en el ambiente de descontento, movimientos de extrema derecha y de extrema izquierda. En este contexto se afianzan los dos totalitarismos más devastadores del siglo XX, el comunismo y el nazismo. Ambos partían de las mismas premisas: la liquidación del pluralismo, la implantación de la ideología oficial del Estado, el culto al líder y la obediencia ciega. Sus consecuencias fueron comparables: el terrorismo estatal y millones de víctimas. En la Unión Soviética, a partir de 1924 Stalin inició la eliminación de toda oposición, convirtiéndose en dictador absoluto (adoptando un modelo de comunismo muy alejado de las ideas de Marx y Engels). En Alemania, Hitler accedió al poder en 1933 por la vía democrática, introduciendo luego medidas cada vez mas totalitarias y racistas, unas medidas anunciadas ya anteriormente en su obra Mein Kampf (1926):
"La mezcla de la sangre y, por lo tanto, la decadencia racial, son las únicas causas de la desaparición de las viejas culturas, ya que los pueblos no mueren como consecuencia de las guerras perdidas sino por la anulación de aquella fuerza de resistencia que sólo es propia de la sangre incontaminada."
"El principio de organización constructiva de la raza aria ha sido sustituido por el principio destructor que vive en el judío, convertido así en el 'fermento de descomposición' de pueblos y razas y, en un sentido más amplio, en el factor de disolución de la cultura humana."
En 1939, con la invasión de Polonia por las tropas de Hitler, empezó la Segunda Guerra Mundial. Al finalizar, en 1945, el balance era desolador: cincuenta millones de muertos (de ellos treinta millones de civiles), dos explosiones nucleares dirigidas contra la población civil (Hiroshima y Nagasaki), deportaciones masivas, el exterminio metódico y sistemático de judíos, gitanos, homosexuales y otras minorías étnicas, la esclavitud sexual de mujeres promovida por el ejército japonés, ciudades enteras demolidas, países arrasados, etc.
En los Juicios de Núremberg y Tokio, los vencedores juzgaron a los máximos responsables alemanes y japoneses. Se les acusaba de haber cometido crímenes contra la paz (violaciones de tratados internacionales y actos de agresión injustificada contra otras naciones), crímenes contra la humanidad (planificación y participación en exterminios y genocidios) y crímenes de guerra (violación de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra). El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Tokio como en Núremberg significaron el establecimiento, a partir de entonces, de reglas básicas de persecución de criminales de guerra así como la tipificación de los delitos correspondientes.
Pero lo que no se juzgó en ningún caso fueron las violaciones de derechos humanos cometidas por los países aliados, igualmente presentes. Por ejemplo, la agresión a Polonia por parte de la Unión Soviética, los bombardeos aliados de civiles tanto sobre Alemania como sobre Japón, o las represalias y las violaciones sobre la población alemana cometidas por el ejercito soviético durante la ocupación final de Alemania. Según los criterios usados durante los juicios de Núremberg y Tokio, éstos también fueron crímenes contra la humanidad, pero sus responsables no fueron encausados.
La Segunda Guerra Mundial finalizó en 1945. Alemania se rindió en mayo, Japón en agosto tras el lanzamiento de las bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki. Dos meses más tarde, el 24 de octubre, fue fundada oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el inicio de la Segunda Guerra Mundial.
A los 51 estados miembros iniciales en los años sucesivos se les fueron añadiendo nuevos estados, tal como contemplaba el Artículo 4 de la Carta:
"Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad."
Conclusiones:
Los horrores de la guerra y los juicios de Núremberg y Tokio mostraban la necesidad de regular de forma precisa el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles eran. Uno de los primeros trabajos de las Naciones Unidas fue la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto cuya redacción estuvo sujeta a muchas discusiones, ya que las posturas de las distintas naciones no eran coincidentes acerca de sus contenidos. No obstante, fue aprobada el 10 de diciembre de 1948. Con la aprobación de la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.
Con el paso de los años, la Declaración Universal, que como tal no es de carácter vinculante, se ha ido completando con otros documentos de las Naciones Unidas: convenios, convenciones y pactos, estos sí vinculantes, que van desarrollando, y en algunos casos ampliando, los contenidos de la Declaración Universal.
Algunos de estos documentos son los siguientes:
Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1948, entrada en vigor en 1951)
Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966, entrada en vigor en 1976)
Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966, entrada en vigor en 1976)
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979, entrada en vigor en 1981)
Convención sobre los derechos del niño (1989, entrada en vigor en 1990)
El siglo más representativo de la vertiente homicida de la humanidad ha sido el XX. Además de lo ya expresado anteriormente, las dictaduras socialistas, las represiones de las dictaduras militares hispanoamericanas, los violaciones de los derechos humanos cometidas por los regímenes dictatoriales africanos.
Pero esta perspectiva, sin matices que la acompañe, es parcial, ya que la historia de la humanidad también es, paralelamente, una sucesión de intentos de construcción de formas y normas de organización social tendentes a evitar las agresiones a los derechos de las personas. Y el siglo XX posiblemente también sea el más ilustrativo de este aspecto ético de la humanidad.
La Segunda Guerra Mundial representa la peor forma de violación de derechos humanos, pero al tiempo se constituye para la humanidad como la razón para el establecimiento de las Naciones Unidas y a la redacción de múltiples documentos sobre derechos humanos. Desde la sociedad civil, es reveladora también la aparición de organizaciones de defensa de los derechos humanos, tanto desde el trabajo de denuncia (Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Save the Children, etc.), como desde el trabajo de promoción y colaboración (Intermón, Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.).
Pero tampoco hay que olvidar que ninguna conquista alcanzada es una garantía de cara al futuro: casos como los genocidios cometidos durante la guerra de Bosnia-Herzegovina (1992-1995), o el genocidio de Ruanda de 1994 (por citar sólo los más llamativos, ya que una lista exhaustiva que recogiera todos los conflictos nacionales o regionales en los que se han violado de forma masiva los derechos humanos sería excesivamente larga), muestran la fragilidad de los logros conseguidos.
Para juzgar las violaciones de derechos humanos que se cometieron en Bosnia-Herzegovina y Ruanda se crearon sendos Tribunales Penales Internacionales con jurisdicción sobre cada uno de los países. Posteriormente, culminando una antigua aspiración de la comunidad internacional, en la Conferencia de Roma de 1998, se creó el Tribunal Penal Internacional, de carácter permanente, el cual entró en vigor en 2002, al sumar las necesarias ratificaciones estatales. El Tribunal tiene por objeto ser un instrumento capaz de asumir la defensa jurídica de las víctimas de violaciones de derechos humanos en cualquier parte del mundo y, especialmente, en los casos de crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad.
Al iniciarse el siglo XXI, además de distintos conflictos bélicos y su larga secuela de violaciones de derechos humanos, siguen persistiendo otras muchas violaciones de derechos humanos, en general arrastradas desde los tiempos más remotos:
El azote del hambre padecido por millones de personas, en un mundo globalizado y con los recursos necesarios para alimentar toda la humanidad.
La falta de acceso a la sanidad y a la educación de una parte considerable de la humanidad.
La persistencia de la esclavitud, en su forma más tradicional circunscrita a casos muy concretos, pero diseminada por todo el mundo bajo nuevas formas de servidumbre (prostitución forzada, trabajo esclavo infantil, etc.).
La persistencia de la tortura (incluso en ocasiones la reivindicación de su legalización) a socaire de la nueva lucha antiterrorista.
La misoginia y la homofonía, cobijada en prejuicios ancestrales y alentada en ocasiones por algunas interpretaciones religiosas.
El racismo y la xenofobia, alentado por los prejuicios o la defensa de privilegios de sectores sociales de las zonas más prósperas a las que intenta acceder la población de algunas zonas depauperadas y sin recursos.
Habría que añadir las tensiones y conflictos relacionados con los llamados derechos de tercera generación, de modo especial el derecho a un medio ambiente saludable y sostenible, una nueva y urgente preocupación luego que, tras constatar durante el siglo XX los efectos sobre la salud por las prácticas industriales altamente contaminantes, ya en el siglo XXI cada vez es más indiscutible la incidencia del comportamiento humano sobre el clima terrestre, con los peligros que ello conlleva. Incluso la entrega de premios nobel (Al Gore) por el análisis sobre este problema es muestra que el tema aparece en las agendas internacionales.
Este es el camino que se ha recorrido para ubicar los DESC en el centro del debate jurídico y político. Para terminar, es indispensable seguir ahondando esfuerzos para teorizar, evaluar y hacer cumplir los derechos Humanos. El propósito de estas conferencias es fortalecer la unión de políticas públicas con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC); colocar en el prisma del gobierno, las acciones que van a transformar la vida en sociedad.
[1] “Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales. Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos. Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación.”
[2] Durante el siglo XIX la esclavitud fue abolida de forma progresiva en los distintos estados europeos y americanos, primero prohibiendo la trata de esclavos y luego la esclavitud misma. Su abolición fue el resultado en Europa y América de un intenso debate entre los esclavistas y los abolicionistas, con un protagonismo especial entre los segundos de los cuáqueros, una comunidad religiosa fundada en Inglaterra por George Fox (1624-1691), caracterizada por su pacifismo e impulsora de las sociedades antiesclavistas inglesas y americanas.
La esclavitud se prohibió en Inglaterra en 1772. El primer documento contrario a la esclavitud en los Estados Unidos fue, en 1777, la Constitución de Vermont (la esclavitud no fue abolida definitivamente de los Estados Unidos hasta 1865, con la Decimotercera Enmienda de la Constitución, al finalizar la Guerra de Secesión que enfrentó a los estados esclavistas del sur con los antiesclavistas del norte). Francia abolió la esclavitud en 1794 (fue restablecida por Napoleón en 1802, y definitivamente abolida de las colonias en 1848).
[3] El siglo XIX es el siglo de la Revolución Industrial, de las reivindicaciones proletarias y de la conquista del reconocimiento del derecho de asociación. Aparecen nuevas teorías sociales: el socialismo utópico, el socialismo científico (marxismo) y el anarquismo. Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia y organizada.
Karl Marx (1818-1883) es un referente imprescindible para entender la evolución de los derechos económicos y sociales a partir de finales del siglo XIX. Pensaba que el sistema económico dominante en cada época histórica, a través del cual se satisfacen las necesidades vitales de los individuos, determina la estructura social, política e intelectual de cada periodo. Afirmaba que la historia de la sociedad es la historia de las luchas entre los explotadores y los explotados, es decir, entre la clase social gobernante y las clases sociales oprimidas. Partiendo de estas premisas, en el "Manifiesto Comunista" (1848, escrito en colaboración con Engels) decía que la clase capitalista sería derrocada y suprimida por una revolución mundial de la clase obrera que culminaría con el establecimiento de una sociedad sin clases. Sus ideas filosóficas tuvieron una gran influencia, dando lugar posteriormente a las revoluciones socialistas de principios del siglo XX, y a que dentro de las sociedades capitalistas los derechos económicos y sociales cobrarán progresivamente mayor importancia.
[4] Cuando a finales del siglo XVIII se proclaman las grandes declaraciones de derechos, primero en las colonias americanas y poco después en Francia, el derecho al voto es uno de los derechos que se recogen. No obstante, distaba mucho de ser un sufragio universal, ya que estaba claramente restringido, limitado al cumplimiento de distintos requisitos, como el nivel de instrucción, de renta o la clase social: los analfabetos, los pobres y los esclavos no podían votar. También estaban excluidas todas las mujeres, en la medida que eran consideradas intelectualmente incapaces y sin criterio. Por todo ello, al final la proporción de votantes era ínfima, con relación a la población total.
Durante el siglo XIX, al incorporarse el derecho al voto a los nuevos ordenamientos legales, inicialmente se adopta con todas estas restricciones.
Durante la segunda mitad del siglo XIX, la extensión del sufragio se reivindicará a través de vías distintas:
-Las sufragistas americanas e inglesas inician la reclamación del derecho al voto de las mujeres.
-El auge del movimiento socialista impulsa entre otras reivindicaciones la del sufragio universal (incidiendo más en el aspecto de clase que en el de sexo).
-El liberalismo, representado por John Stuart Mill, aboga tanto por la extensión del sufragio a las mujeres como por la eliminación del sufragio censitario (condicionado a determinados requisitos patrimoniales, educativos o sociales). Otro de los factores que ha condicionado históricamente el número de votantes ha sido la edad mínima requerida para poder votar (en general, 25 años o más a finales del siglo XIX y principios del XX, para el sufragio masculino).
En todos los frentes, el avance será lento. Como norma, se conseguirá primero el sufragio universal masculino (superando las limitaciones censitarias), y más tarde el sufragio femenino.
[5] Desde otra perspectiva, el liberalismo y el romanticismo de este siglo tienen un peso específico en el fortalecimiento de la libertad de los individuos, y en que las constituciones nacionales que se van creando la tengan en cuenta. En este ámbito, es fundamental la figura del filósofo, político y economista inglés John Stuart Mill (1806-1873). En su libro "Sobre la libertad", reflexionó acerca de la naturaleza y los límites del poder que puede ser legítimamente ejercido por la sociedad sobre el individuo, argumentando que toda persona debería ser libre para realizar las conductas que desee siempre y cuando no dañe a los demás. Fue un defensor de la libertad de expresión y, como miembro del parlamento británico, propuso varias reformas del sistema electoral, especialmente sobre las cuestiones de la representación proporcional y la extensión del sufragio.
[6] El siglo XIX es también el del inicio del Derecho Internacional Humanitario, es decir, las distintas normas, en su mayoría reflejadas en las Convenciones de Ginebra, que tienen como objetivo evitar o limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.
Jean Henri Dunant promovió en 1863 la creación del Comité Internacional de la Cruz Roja, con la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra, así como de prestarles asistencia. Al año siguiente, en 1864, basándose en las ideas de Dunant, se firmó la Primera Convención de Ginebra, destinada a regular la asistencia a los militares heridos durante los conflictos bélicos. Posteriormente, en 1906, 1929 y 1949 se firmaron sucesivamente la Segunda, Tercera y Cuarta Convenciones de Ginebra.
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