tag:blogger.com,1999:blog-52322684363505619002024-03-13T22:30:50.225-07:00Derechos Economicos sociales y culturalescristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.comBlogger17125tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-82812689007528392862014-09-09T10:28:00.001-07:002014-09-09T10:28:27.431-07:00Vanguardia Liberal presenta su consultorio jurídico<a href="http://www.vanguardia.com/santander/bucaramanga/277725-vanguardia-liberal-presenta-su-consultorio-juridico">Vanguardia Liberal presenta su consultorio jurídico</a>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-18902359326856696902009-12-17T10:07:00.000-08:002009-12-17T10:09:16.159-08:00EL RETO PLANETARIO DE ABORDAR LOS CONFLICTOS<div align="justify"><br />“Una propuesta desde lo académico para contextualizar los conflictos de violencia intrafamiliar, partiendo de la situación actual de violencia estructural que vive el Estado”.<br /><br /><br />E1 estudio de los conflictos de la actualidad, desde una perspectiva académica, pretende abordar los momentos de la violencia estructural y tomar el presente como el resultado del manejo y la dominación del Estado sobre la confrontación de intereses.<br /><br />Respecto a la claridad para enfrentar los conflictos, la mirada es oscura. En estos tiempos, puede denominarse la confusión total, pues, se han deslegitimado las grandes naciones históricas, se ha dado un libre curso a la prehistoria y podemos hasta cuestionarnos de la existencia a las sociedades civiles. Los conflictos actuales no se pueden explicar utilizando patrones de interpretación del pasado, hoy existen demasiadas clases de violencia y la aparición de ellas no respetan lugar.<br /><br />El conflicto es una de las categorías de la vida social, y cada ámbito de la sociedad posee una serie de cualidades que le son peculiares. Hay un conjunto de fenómenos básicos que forman un determinador común de toda situación social. Frente a la acción social funcional, basada en el mayor o menor grado de cooperación, se levanta una categoría de la conducta humana, la actividad conflictiva. El conflicto social es uno de los modos básicos de la vida en sociedad; mediante él los hombres intentan resolver dualismos divergentes y alcanzan un tipo de integración o unidad, aunque ello sea a costa de opresión, aniquilamiento y subyugación del rival.<br />Los conflictos varían de modo muy amplio, es difícil clasificar las distintas gamas de la actividad conflictiva de los seres humanos, el conflicto es una lucha consciente (directa o indirecta), entre individuos, instituciones o colectividades para lograr un mismo fin o fines incompatibles entre sí. Al ser una categoría muy general, su estudio tiene sus límites. Es más provechoso analizarlo en sus manifestaciones más específicas, utilicemos la clasificación que utilizo el Project Ploughshares del Conrad College<a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>, ya que expone tres categorías básicas de conflictos relacionadas con la situación del Estado:</div><div align="justify"><br />1. Las luchas protagonizadas por movimientos revolucionarios, campañas de escolonización o por élites que se disputan el poder. Luchas por el control del Estado.</div><div align="justify"><br />2. Los conflictos que envuelven a regiones ubicadas dentro del estado que luchan para lograr un mayor grado de autonomía o de secesión. Son los denominados conflictos por la formación de los Estados.</div><div align="justify"><br />3. Los conflictos generados por la ausencia de un control gubernamentalefectivo. Conflictos por el fracaso del Estado.</div><div align="justify"><br />Ahora, tal vez actuando como individuo moderno, observemos nuestra propia observación y utilicemos una tipología expuesta por Sahnoun<a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a>, la cual clasifica los conflictos en cinco categorías:</div><div align="justify"><br />1. Crisis producidas por los fracasos de procesos de integración en los intentos de creación de Estado-Nación, se caracteriza por que existe un monopolio del poder por parte de un grupo étnico, o por ausencia de unificación nacional, por ausencia de liderazgo.</div><div align="justify"><br />2. Crisis que se dan como consecuencia de herencia colonial o por lasdificultades de descolonización.</div><div align="justify"><br />3. Conflictos que dejo como legado la Guerra Fría.</div><div align="justify"><br />4. Conflictos de carácter religioso.</div><div align="justify"><br />5. Conflictos de carácter socioeconómico, característicos de los Estados donde no está presente la democracia y es desigual la distribución de la tierra.</div><div align="justify"><br />Ciertas formas de conflicto y antagonismo son necesarias para el mantenimiento de la identidad y las fronteras de cada grupo social. La destrucción y las pérdidas para el vencido y las ganancias para el vencedor no son más que los efectos superficialmente obvios de la contienda. El conflicto es una fuerza con efectos integrativos, cohesivos o creadores. No obstante, el reconocimiento e investigación de tales efectos no tiene porqué acarrear el olvido de los efectos opuestos, los destructivos y los entorpecedores, en especial de su influjo sobre la intensidad y dirección del cambio social. Algunos géneros importantes del conflicto social que nos harían falta en las clasificaciones anteriores son:</div><div align="justify"><br />* Conflictos de legitimidad del régimen, donde se carece de medios de participación política.<br />* Conflictos de transición, generados por la resistencia a recibir cambios políticos, nacen de la contraposición de intereses.<br />* Conflictos de identidad, en momentos de búsqueda de diferenciación de este estado con los demás.<br />* Conflictos de desarrollo.<br /><br />Antes de seguir adelante, precisemos los aspectos comunes de los conflictos, que hemos enunciado como los que se han percibido con más claridad este siglo:</div><div align="justify"><br />Para empezar los conflictos en su mayoría se presentan en países que tienen un marco estatal débil, que buscan protección de las potencias y estas los han dejado abandonados. Los países están en crisis económica profunda, se reprime la resistencia política, y el Estado no es capaz de proporcionar los servicios mínimos.</div><div align="justify"><br />El segundo aspecto que hay que tener en cuenta es la influencia de los factores internos y locales. A esto se suma que en muchos casos se plantean numerosos contenciosos de población y de fronteras, con riesgo de regionalizar el conflicto. Lo que lleva a un elemento más la fragmentación, la aparición de nuevos Estados.</div><div align="justify"><br />Como aspecto a seguir la inseguridad ecológica, el deterioro de los sistemas naturales, teniendo en cuenta que el bienestar de la población mundial depende directamente de los recursos naturales, genera tensiones a largo plazo, esto causa un malestar popular crónico.</div><div align="justify"><br />La búsqueda de identidad, como han explicado Kriesberg<a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn3" name="_ftnref3">[3]</a> y Pinxten<a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn4" name="_ftnref4">[4]</a>, desempeña un papel muy importante en los conflictos denominados intratables, en los que las fuerzas convergentes: dogmatismo, fundamentalismo y exclusivismo, son más fuertes que las tendencias, contingentes, las propuestas se deforman y se instala el autismo, el diálogo y la negociación se vuelven imposibles.</div><div align="justify"><br />La fragmentación de la fuerzas políticas, sumado a los nuevos actores de conflictos (mafias, clanes, bandas, paramilitares, guerrillas, etc.). Se rechaza la existencia de derechos humanos, de la democracia, etc...; y se actúa sin causa política, ni disciplina.</div><div align="justify"><br />Hoy se utilizan nuevos métodos, donde todo es válido, se practica la guerra total con nuevas estrategias, como es la limpieza étnica, el exterminio y el genocidio. Se busca humillar al enemigo, por lo cual se puede clasificar la guerra actual como caníbal, pues el objetivo no es ganar sino exterminar al contrario. Los hogares son el nuevo escenario de la lucha cotidiana.</div><div align="justify"><br />El estado de lucha continua a nivel intrafamiliar, ha traspasado de los límites de este grupo social primario para proyectarse como factor común a la colectividad.</div><div align="justify"><br />Ha aumentado el número de refugiados, los enfrentamientos originan traslados y desplazados. Se ha producido, por esta razón, un incremento de violencia en las ciudades a las cuales llegan más personas cada año; además los habitantes de estos lugares se han sometido a hacinamientos ya que el desarrollo de la infraestructura citadina es diametralmente opuesto al crecimiento de la población urbana. Sumamos, a esto, la crisis de los medios tradicionales de tratamiento de la delincuencia, que resultan ineficaces a la actual situación.</div><div align="justify"><br />Los resultados de los conflictos han sido altos costos humanitarios, políticos, materiales, económicos, ecológicos, sociales, psicológicos y hasta espirituales. Es un desenlace negativo, donde se perjudica el hombre directamente, el costo humanitario es la cuota en número de muertos, heridos, desplazados, hambre, etc. Un costo político, se desmantela el proceso democrático, existe desintegración del Estado de derecho, corrupción política. Pérdidas materiales y económicas, pues se gasta cada día más en maquinaria de guerra, se pierde el turismo, se afecta el planeta desde lo social al destrucción de las familias y las comunidades, orfelinatos de guerra, lo cultural también con los desplazamientos forzados de las comunidades, pérdida de identidad.</div><div align="justify"><br />Bajo esta visión del problema sería pertinente preguntarnos hasta que punto la violencia que involucra comunidades enteras reproduce desde su interior fenómenos igualmente violento generados desde el plano relacional básico (violencia intrafamiliar) y hasta qué punto tal reproducción ha construido en el imaginario inconsciente de esos pueblos una cultura de la violencia que se hace indispensable de construir desde sus mismas causas generando la posibilidad histórica de un espacio donde se recree una cultura de la paz.</div><div align="justify"><br />La pretensión en éste momento es que desde la observación académica se generen propuestas tendientes a crear un espacio interdisciplinar capaz de instrumentalizar una tecnología de la convivencia.</div><div align="justify"><br />Como en la actualidad el conflicto debe ser canalizado hacia una expresión constructiva. Se debe asumir la transformación del sistema para perseguir la construcción de la paz. El cambio sugiere una comprensión del conflicto como algo que se encuentra en movimiento, se debe dejar de tomar el conflicto como estático y empezar a pensarlo como un proceso interactivo que se da en un contexto determinado.</div><div align="justify"><br />Se debe cambiar el concepto de conflicto social, pues este, es el fenómeno creado por el hombre, forma parte natural de las relaciones que maneja al tener trato con los otros de su especie. El conflicto debe empezar a encontrarse como un elemento necesario en la construcción y reconstrucción transformativa de la condición humana en la organización y en las realidades sociales.</div><div align="justify">_____________________________________________________________________<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> Armed Conflict report, 1997, 32 pág.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a> SAHNOUN, Mohamed, Managing in the Post Coldwar Era, conferencia realizada el 13 de octubre de 1995 en al Catholic Institute of International Relations.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref3" name="_ftn3">[3]</a> KRIESBERG, Louis. Intractable conflicts and their transfomation, Syracuse University Press, 1989.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref4" name="_ftn4">[4]</a> PINXTEN, Rik, “Identidad y conflicto”, Afers International. No. 36, 1997, pág. 55.</div>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-29984929039643464262009-12-17T09:05:00.000-08:002009-12-17T09:12:59.306-08:00GENOCIDIO DE RUANDA<a href="http://1.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/Sypmb1FR-HI/AAAAAAAAAH8/mAf1Hh1soEI/s1600-h/RUANDA.jpg"><img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5416254130158172274" style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 250px; CURSOR: hand; HEIGHT: 267px" alt="" src="http://1.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/Sypmb1FR-HI/AAAAAAAAAH8/mAf1Hh1soEI/s320/RUANDA.jpg" border="0" /></a><br /><div><strong>Resumen</strong></div><br /><div><strong></strong></div><br /><div align="justify">En abril de 1994, el avión en que viajaba el presidente -de la etnia- Hutu fue derribado. En unas horas, algunos miembros del gobierno, incluido el primer ministro, organizaron milicias por todo el país para matar sistemáticamente a los tutsis. Se establecieron controles de carretera en los que se mataba a cualquiera que tuviese un documento de identidad que indicara que era tutsi. Los mataban con un disparo, o les daban machetazos hasta la muerte.</div><br /><div></div><br /><div><strong></strong> </div><div><strong>Lo ocurrido</strong></div><br /><div></div><br /><div align="justify">Alrededor de 800.000 ruandeses fueron masacrados en tan sólo 100 días durante el genocidio de 1994. Ruanda ha estado siempre dividida entre la etnia Hutu, que conforma el 85% de la población, y la minoría Tutsi, que forma la elite tradicional. </div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify">En 1994, el gobierno Hutu estaba desesperadamente tratando de detener el avance de los rebeldes Tutsis. En Kigali la capital Ruandesa, el 7 de abril de 1994 un misil disparado por radicales Hutus derriba el avión presidencial en su retorno de Arusha, en el se encontraban los presidentes de Ruanda (Habyarimana) y Burundi, desde ese momento se desencadena una ola de violencia en la cual los actores del conflicto son las comunidades étnicas (Hutus Y Tutsis), que en una búsqueda por mostrar supremacía sobre la etnia contraria, y por erradicar y “limpiar” el país de una raza no propia ni “digna”, inician sus enfrentamientos.</div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify">El gobierno de Habyarimana introdujo nuevamente las tarjetas de identidad étnicas que fueron utilizadas anteriormente en los años 30, esto con el fin de permitirle a los paramilitares elegir e identificar a sus víctimas, los paramilitares Hutus cerraban las fronteras y revisaban a cada persona que pasaba con el fin de eliminar a los Tutsis.</div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify">Es importante destacar que a nivel mundial no se hicieron los suficientes esfuerzos para frenar la matanza, también tenemos que reconocer que los medios de comunicación no cumplieron su tarea de responsabilidad social al transmitirle al mundo el horror que se estaba viviendo allí. En este ámbito de medios de comunicación se puede decir que la estación de radio ”Des Mille Collires” tuvo mucha responsabilidad en el genocidio, puesto que a través de esta se difundía propaganda racista en contra de los Tutsi, su lema era “¿Ya mataste a tu Tutsi?”.</div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify"></div><br /><div align="justify"></div>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-1872451345435945772009-12-15T13:05:00.000-08:002009-12-15T13:47:23.177-08:00Conceptualización de la resolución de conflictos<div align="justify">La teoría debe dejarse de ver como el requisito de la respetabilidad académica ya que no hay nada más práctico que una buena teo­ría. No puede sernos suficiente conocer que la resolución de problemas de adecuados resultados ya que puede ser fruto del azar; es necesario buscar una explicación para sus éxitos, y tam­bién como para sus fracasos, de modo que puedan utilizarse las conclusiones inteligentemente. La resolución de conflictos forma parte de la filosofía coherente cuyo valor estriba en su verifica­ción empírica pues no se trata de lo que debiera ser, sino de lo que es posible o de lo que ha sucedido. Aprender a prevenir y gestionar correctamente los conflictos sería, por ello, una forma de superar la situación y avanzar en el proceso hacia la paz.<br /><br />Es por esto que vale la pena aclarar unos conceptos:<br /></div><div align="justify"><strong>Sobre la paz</strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>La paz es algo más que la ausencia de guerra; sin embargo, es evidente que en una guerra no puede haber nunca paz. El enfo­que de paz que pretendemos abordar no es tampoco el de un concepto vacío, blando, angélico o etéreo, sino todo lo contrario. Es una referencia muy ambiciosa que está en el horizonte de la humanidad, a la que queremos dirigirnos y que supone una transformación absoluta de cuanto hacemos en el mundo.<br /><br />Johan Galtung<a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>, que sin duda es una de las personas que ha dedicado más años e ingenio al estudio de la paz, nos ha mostra­do en innumerables publicaciones que el enfoque de contraposición a la paz no ha de buscarse en la guerra, sino en la violencia, de manera que cualquier definición de lo que entendemos por paz signifique o implique una ausencia o una disminución de todo tipo de violencia, ya sea directa (física o verbal), estructural o cultural, o vaya dirigida contra el cuerpo, la mente o el espíritu de cualquier ser humano o contra la naturaleza. La paz, por tanto, sería la suma de la paz directa, la paz estructural y la paz cultural. </div><div align="justify"> </div><div align="justify">Para Galtung<a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a> y otros investigadores, la paz es también la condición, el contexto, para que los conflictos puedan ser transformados creativamente y de forma no violenta, de tal manera, creamos paz en la medida que somos capaces de transformar los conflictos en cooperación, de forma positiva e innovadora, reconociendo a los oponentes y utilizando el método del diálogo.<br /></div><div align="justify">Si la ausencia de guerra podemos denominarla como paz negativa, la ausencia de violencia equivaldría a paz positiva, en el sentido de justicia social, armonía, satisfacción de las necesidades básicas (supervivencia, bienestar, identidad y libertad), autonomía, diálogo, solidaridad, integración y equidad.<br /></div><div align="justify">La perspectiva de la paz es la de avanzar en el mejoramiento de la condición humana,<br />"En su afán didáctico, muchos estudios elaborados desde los centros de inves­tigación para la paz suelen referirse a la paz como la conjunción e interacción de varias "D": desarrollo, derechos humanos, democracia y desarme"<a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn3" name="_ftnref3">[3]</a>.</div><div align="justify"><br />Este enfoque amplio de la paz, con lo que ello ha comportado en cuanto al desarrollo de propuestas teóricas y prácticas surgidas de diferentes disciplinas, ha sido el resultado de la suma de aportaciones realizadas a lo largo de los últimos cincuenta años en esta ciencia social aplicada que denominamos "in­vestigación para la paz", que está orientada por valores, y que de acuerdo con Groff y Smoker<a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn4" name="_ftnref4">[4]</a> ha evolucionado de la siguiente forma:</div><div align="justify"><br />Evolución del concepto de paz<br />1 - Paz como ausencia de guerra. Es un concepto centrado en los conflictos violentos entre Estados.<br />2 - Paz como equilibrio de fuerzas en el sistema internacional. En 1941, Quincy Wright sugirió que la paz era un equilibrio dinámico de factores políticos, sociales, culturales y tecnológicos, y que la guerra ocurría cuando se rom­pía dicho equilibrio.</div><div align="justify"><br />Este modelo asume que cualquier cambio significativo en uno de los facto­res requiere los cambios correspondientes en el resto de factores para restaurar el equilibrio.</div><div align="justify"><br />3 - Paz como paz negativa (no guerra) y paz positiva (no violencia estructural). Estos conceptos fueron introducidos en 1969 por Johan Galtung, quién también desarrolló el concepto de violencia estructural, definiéndolo en tér­minos del número de muertes evitables causadas por estructuras sociales y económicas.</div><div align="justify"><br />4 - Paz feminista: niveles macro y micro de la paz. En los 70 y 80 se extendió a nivel individual tanto la paz positiva como negativa. La nueva definición de paz incluía no sólo la abolición de la violencia organizada a nivel macro, como la guerra, sino también a nivel micro, como las violaciones en las guerras o en casa. Además, el concepto de violencia estructural fue expan­dido de forma similar para incluir las estructuras en el ámbito personal, micro y macro que dañan o discriminan contra los individuos o los grupos.<a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn5" name="_ftnref5">[5]</a> La guerra, como forma de solucionar los conflictos, es mostrada como una manera masculina de afrontar los conflictos.</div><div align="justify"><br />5 - Paz holística - Gaia: la paz con el medio. En los 90 se expandió aun más los niveles de aplicación, del familiar al individual al global. La teoría de la paz-Gaia concede un alto valor a las relaciones de los seres humanos con el sistema bio-ambiental.</div><div align="justify"><br />6 - Paz holística interna y externa. Incluye los aspectos espirituales. </div><div align="justify"> </div><div align="justify">Siguiendo de nuevo a Galtung, éste divide en tres ramas las formas de abordar el tema de la paz, según pongan el acento en el pasado, el presente o el futuro, y según combinen los hechos, las teorías y los valores:</div><div align="justify"><br />· Estudios empíricos sobre la paz, basados en el empirismo y centrados en el pasado. Nos informan sobre modelos y condiciones de paz y de violencia en el pasado, porque sólo del pasado podemos tener datos.</div><div align="justify"><br />· Estudios críticos sobre la paz, basados en el criticismo y centrados en el presente. Pueden evaluar datos e informaciones sobre el presente a la luz de los valores de paz y violencia.<br /><br />· Estudios constructivistas sobre la paz, centrados en el futuro. Combi­nan las teorías acerca de cómo nos conducimos y los valores de acuerdo con los cuales deberíamos conducirnos.</div><div align="justify"><br />Para Galtung<a title="" style="mso-footnote-id: ftn6" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn6" name="_ftnref6">[6]</a>, este triángulo se refleja además en otro, que denomina de diagnóstico-pronóstico y terapia (o tratamiento), haciendo un paralelismo de la paz con la salud, y del que se deriva lo siguiente:<br /> <br />• El diagnóstico es un análisis basado en los datos, parte de los cuales se conocen como "síntomas" y otros como "anamnesis", es decir, infor­mación contextualizada del paciente sobre su propio proceso de salud-enfermedad.</div><div align="justify"><br />• El pronóstico está basado en teorías predictivas del curso probable de una enfermedad en un contexto dado. Prognosis es algo más que la mera predicción; es una predicción acerca de una dimensión valorativa situada entre la paz y la violencia.</div><div align="justify"><br />• El tratamiento es la intervención basada en valores y teoría, obtenida a partir de la generalización de otros casos y guiada por los valores de salud negativa (desaparición de síntomas) y salud positiva (resistencia a la enfermedad). La terapia es una intervención deliberada que preten­de desviar hacia arriba el curso de la prognosis, esto es, encaminarlo hacia el terreno de la paz.<br /><br />La diversidad existente en el mundo, sea en culturas, religiones o facilidades/ dificultades para la supervivencia, nos invita a no cerrarnos en una concepción estrecha o única de paz, de la misma forma que nos obliga a ensanchar nuestra visión sobre las causas de la violencia y los conflictos. Los conceptos, como instrumentos de trabajo, son útiles sólo en la medida en que reflejan la realidad de lo que queremos explicar. Si tanto la paz como los conflictos son procesos globales, y muy dinámicos y cambiantes, en los que intervienen factores de todo tipo, hemos de convenir que todo cuanto concluyamos será provisional, ha de estar sujeto a la crítica, y ha de pasar por el tamiz de las interpretaciones que puedan hacerse desde otras parcelas del saber.<br /><br />Lo contrario, nos recuerda Galtung, hacer "la" teoría que olvida otras verdades, es una invitación abierta a la violencia cultural.<br /><br />Hablar de paz, finalmente, tiene que ser compatible con hablar de realidad, sea para señalar donde está ausente y porqué razones, como para analizar las maneras que permiten transformar esta realidad a través de la concienciación. Si reflexionamos sobre la paz, lo repetimos una vez más, no es para instalarnos en el lamento de su escasa presencia, sino para rebelarnos respecto a lo que resulta ante nuestros ojos inadmisible, para conocer la mejor manera posible, los motivos de lo que acontece en el mundo presente, y la de ofrecer alternati­vas que permitan construir nuestras propias visiones de futuro. No obstante, para no errar el tiro o alejarse de la realidad, esta ambición de propósitos no debe olvidar nunca la extrema dificultad que tenemos en el actual momento, no sólo para evitar conflictos sangrientos, sino para frenarlos o reconducirlos con prontitud. Podemos y debemos hablar de paz, ahora y siempre, pero por pru­dencia es bueno hacerlo con la imagen interpoladora de las mujeres argelinas degolladas, las afganas secuestradas, los niños perdidos en Ruanda, los cam­pesinos aterrorizados de Colombia, los indígenas refugiados de Centro-América las familias bosnias diezmadas, los niños brasileros de la calle y tantos otros ejemplos de indignidad que pisotean el derecho a la paz en tantos puntos del planeta.<br /><br /><strong>Sobre la violencia<br /></strong><br />En un trabajo como éste, en el que la paz y la violencia son siempre referencias constantes, no podemos pasar por alto un hecho ciertamente inquietante: el ser humano es el único animal que hace daño sin necesidad, gratuitamente, y que además puede disfrutar actuando con violencia. Por fortuna, sólo un pequeño porcentaje de seres humanos, actúan sistemáticamente utilizando la violencia y la crueldad.<br /><br />Por violencia podemos entender el uso o amenaza de uso, de la fuerza o de la potencia, abierta u oculta, con la finalidad de obtener de uno o varios individuos algo que no consienten libremente o de hacerles algún tipo de mal físico, psíqui­co o moral. La violencia, por tanto, no es solamente un acto especifico, sino también una determinada potencialidad. No se refiere sólo a una forma de "ha­cer", sino también de "no dejar hacer", de negar potencialidad.</div><div align="justify"><br />En una definición ya clásica, Galtung afirmaba que la violencia está presente cuando los seres humanos se ven influidos de tal manera que sus realizaciones efectivas, somáticas y mentales, están por debajo de sus realizaciones po­tenciales. La violencia quedaría así definida como la causa de la diferencia entre lo potencial y lo efectivo, y el espectro de violencia aparecería, por tanto, cuando por motivos ajenos a nuestra voluntad no somos lo que podríamos ser o no tenemos lo que deberíamos tener. Este enfoque resulta especialmente pertinente cuando abordamos la violencia estructural e intentamos comprender, por ejemplo, por qué a finales del Siglo XX todavía mueren anualmente 9 millo­nes de niños y niñas menores de cinco años por falta de antibióticos o vacunas. Al tratarse de muertes evitables, no puede existir ejemplo más palpable de violencia estructural.</div><div align="justify"><br />Para Adela Cortinam<a title="" style="mso-footnote-id: ftn7" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn7" name="_ftnref7">[7]</a> hay tres expresiones básicas de violencia:</div><div align="justify"><br />• Expresiva: es patológica, porque persigue hacer daño<br />• Instrumental: trata de conseguir algo, e incluye la violencia del Estado<br />• Comunicativa: se utiliza como último recurso y para transmitir un mensaje</div><div align="justify"><br />Desde la óptica de la cultura de paz, y como se vera posteriormente al analizar la ética global, el reto que se presenta es el de llegar a sustituir la violencia instrumental por el poder comunicativo mediante una propuesta intercultural. Se trata también de desarrollar los medios de acción no violentos que permitan comunicar y presionar eficazmente, sin tener que recurrir a la violencia como último recurso.</div><div align="justify"><br />Un punto de partida para introducirnos en la evitabilidad de la guerra y de la violencia cruel y gratuita pueden ser las conclusiones a que llegaron varios científicos, congregados en Sevilla en 1989 para analizar científicamente qué había de verdad y de mentira con relación a la violencia. </div><div align="justify"> </div><div align="justify">El Manifiesto de Sevi­lla<a title="" style="mso-footnote-id: ftn8" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn8" name="_ftnref8">[8]</a>, que redactaron afirma que la paz es posible, porque la guerra no es una fatalidad biológica. La guerra es una invención social. Se puede inventar la paz, porque si nuestros antepasados inventaron la guerra, nosotros podemos inven­tar la paz. Es más, tenemos ejemplos de sociedades guerreras que se han convertido en pacíficas, como los vikingos, y de grupos humanos que han apren­dido a relacionarse de forma no agresiva y no competitiva y a inhibir correcta­mente la violencia. De la misma forma, sabemos que las sociedades que pres­tan poca atención a los pobres, a las mujeres y a las minorías étnicas y religio­sas, tienen unos niveles de violencia física y estructural mucho mayores. Lo que es evidente, en definitiva, es que aunque seamos el resultado o estemos influenciados por una cultura bélica, eso no es irreversible, y tenemos el poten­cial y las posibilidades de cambiar la situación forjando una cultura de paz.</div><div align="justify"><br />En el Manifiesto de Sevilla, los científicos señalan que los seres humanos tenemos una cultura, que podemos hacerla evolucionar. Nos es posi­ble inventar nuevas maneras de hacer las cosas. No existe un sólo aspecto de nuestro comportamiento que esté tan determinado que no pueda ser modificado con el aprendizaje. La construcción de la paz, por tanto, empieza en la mente de los seres humanos: es la idea de un mundo nuevo. El respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la comprensión, la tolerancia, la amistad entre todas las naciones, todos los grupos raciales y religiosos: he aquí los fundamentos de la obra de paz. Excluye el recurso a la guerra con fines expansivos, agresivos y dominantes, el uso de la fuerza y de la violencia con fines represivos. Estas son algunas de las afirmaciones del citado manifiesto:</div><div align="justify"><br />1 - La guerra es un fenómeno específicamente humano que no se encuentra en los demás animales. El hecho de que la guerra haya cambiado de mane­ra tan radical a lo largo de los tiempos prueba claramente que se trata de un producto de la cultura. Desde un punto de vista biológico, la guerra es posible pero no tiene carácter ineluctable.</div><div align="justify"><br />2 - Los genes no producen individuos necesariamente predispuestos a la violencia. Aunque los genes estén implicados en nuestro comportamiento, ellos solos no pueden determinarlo totalmente. La personalidad no es sólo la resultante de los genes, sino que está determinada por las condiciones de la educación y, por lo tanto, del entorno social y ecológico.<br /><br />3 - La violencia no se inscribe ni en nuestra herencia evolutiva ni en nuestros genes. En las especies animales organizadas en grupos sociales, el com­portamiento agresivo aparece en el contexto de la cooperación y de la asistencia mutua.</div><div align="justify"><br />4 - Nuestros comportamientos están modelados por nuestros tipos de condicionamiento y nuestros modos de socialización. No hay nada en la fisiología neurológica que nos obligue a reaccionar violentamente.</div><div align="justify"><br />La violencia es siempre un ejercicio de poder, sean o no visibles sus efectos, y como tal, puede manifestarse en cualquier esfera de nuestra vida, en lo cultural, lo económico, lo político o lo doméstico. La violencia puede ser considerada como la forma más burda y primitiva de la agresión. En este sentido es una fuerza exclusivamente humana que aspira a ser la solución que excluya a todas las demás, por lo que también es una censura totalitaria. La violencia, como la paz, puede ser directa (es un acontecimiento intencionado), estructural (un pro­ceso, una costumbre) o cultural, que legitima a las otras dos como buenas y correctas.</div><div align="justify"><br />Galtung, que en 1971 ya desarrolló una teoría estructural sobre el imperialismo, señala también la existencia de dos tipos de violencia estructural:</div><div align="justify"><br />• Vertical. Es la represión política, la explotación económica o la aliena­ción cultural, que violan las necesidades de libertad, bienestar e identi­dad, respectivamente.</div><div align="justify"><br />• Horizontal. Separa a la gente que quiere vivir junta, o junta a la gente que quiere vivir separada. Viola la necesidad de identidad.<br /> <br />Este artículo esta enfocado especialmente a la violencia cultural, que es lo opuesto a la cultura de paz, y que se expresa también desde infinidad de medios (simbolismos, religión, ideología, lenguaje, arte, ciencia, leyes, medios de co­municación, educación, etc.), y que cumple la función de legitimar la violencia directa y estructural, así como de inhibir o reprimir la respuesta de quienes la sufren, y ofrece justificaciones para que los seres humanos, a diferencia del resto de especies, se destruyan mutuamente y sean recompensados incluso por hacerlo.</div><div align="justify"><br />Todas las violencias señaladas tienen conexiones entre sí. La violencia directa sirve de indicador del nivel de violencia estructural y cultural; la violencia es­tructural es a menudo violencia directa del pasado, de conquistas o represión que han permanecido hasta nuestros días. Su nivel de expresión depende del nivel de violencia cultural, que glorifica el uso de la violencia y no permite ver las salidas no violentas al conflicto.</div><div align="justify"><br />Dado que nuestro enfoque quiere prestar una atención especial a los conflictos armados, puede ser oportuno observar cómo se manifiestan estas formas de violencia en los contextos de crisis, en donde siempre se reducen o anulan las necesidades humanas esenciales de seguridad, bienestar, libertad e identidad. Siguiendo el esquema de Galtung, Lúe Reychler lo ha resumido así:</div><div align="justify"><br /><strong>Acerca del conflicto</strong></div><div align="justify"><br />El conflicto, como veremos con atención posteriormente y de forma genérica, es un proceso interactivo que se da en un contexto determinado. Es una cons­trucción social, una creación humana, diferenciada de la violencia (puede haber conflictos sin violencia, aunque no violencia sin conflicto), que puede ser posi­tivo o negativo según cómo se aborde y termine, con posibilidades de ser con­ducido, transformado y superado (puede convertirse en paz) por las mismas partes, con o sin ayuda de terceros, que afecta a las actitudes y comportamien­tos de las partes, en el que como resultado se dan disputas, suele ser producto de un antagonismos o una incompatibilidad (inicial, pero superable) entre dos o más partes, el resultado complejo de valoraciones, pulsiones instintivas, afec­tos, creencias, etc., y que expresa una insatisfacción o desacuerdo sobre co­sas diversas.</div><div align="justify"><br />Las respuestas posibles al conflicto son siempre múltiples, y van desde la negociación con el adversario a su destrucción. La gestión óptima de un conflic­to consiste en limitar las respuestas a la franja del "continuum" del conflicto que no incluye la violencia física y la guerra.<br /><br />Unión Integración Cooperación Alianza Adaptación mutua<br /> Negociación/intercambio Mediación Arbitraje<br /></div><div align="justify"><strong>Guerra</strong></div><div align="justify"><br />El estudio de los conflictos supone, entre otros aspectos, abordar sus raíces más profundas, su evolución, vinculaciones, actores y posibilidades de trans­formación o regulación. Las variables a tener en cuenta son siempre numero­sas, y cada caso tiene suficientes especificidades para que se tengan en cuen­ta factores añadidos.</div><div align="justify"><br />Esta complejidad en el análisis de los conflictos no es obstáculo, sin embargo, para conocer dinámicas muy generalizadas que con frecuencia puede prever­se y, por tanto, evitarse en más de una ocasión. Una de estas dinámicas es la de escalada, en las que juegan un importante papel las frustraciones, las polarizaciones crecientes, las malas percepciones, la incomunicación o las patologías de los dirigentes. En los conflictos existen también factores de ace­leración, como la propaganda desinformadora, los rumores o el abuso de la "retórica de guerra", que multiplican la inseguridad, temor u hostilidad de los actores y refuerzan su inclinación a usar la fuerza. En todos estos casos se crean imágenes de enemigo y estereotipos que perpetúan el conflicto.</div><div align="justify"><br />Para Lúe Reychler, un diagnóstico serio supone que identificamos el conflicto en relación a cinco aspectos: los actores involucrados, los litigios, la estructura de oportunidad, la interacción estratégica y la dinámica del conflicto.</div><div align="justify"><br />1) Los actores principales. Hay que identificar las partes y sus interrelaciones,que pueden variar a lo largo del conflicto, los mecanismos por los que consi­guen movilizan a la gente, su nivel de compromiso en el conflicto, la personali­dad de quienes detentan el poder o tienen influencia, el rol de las instituciones nacionales, las relaciones con otros países, los países vecinos, las relaciones Este-Oeste, el rol de la ONU, la influencia de la venta de armas, del apoyo exterior a la oposición, etc.</div><div align="justify"><br />2) Los litigios. Pueden venir por una diferente definición de la situación, por existir un litigio de intereses (sobre el reparto de los recursos escasos, como el poder político, la economía, el territorio, el prestigio, la legitimidad, los privile­gios, la sucesión, la cultura, etc.), por un desacuerdo sobre objetivos y medios(¿qué táctica y estrategia hay que seguir?, desacuerdos entre los extremistas y los moderados, entre los que quieren negociar y los que quieren más violencia), litigios sobre los valores (¿quién decide lo que está bien y lo que está mal? ¿qué es lo importante?), litigios sobre la identidad colectiva, que se siente ame­nazada, y litigios irracionales, en los que prevalece el odio y los sentimientos de venganza. Es el terreno de la psico y de la sociopatología. Los motivos pueden ser la frustración, los sentimientos de venganza, el sadismo, la paranoia, el fanatismo, el masoquismo... Muchas veces estos comportamientos vienen de un pasado mal asimilado, a la apertura de viejas heridas de la historia o por haber sobrepasado un determinado nivel de violencia.</div><div align="justify"><br />Además de la naturaleza de los litigios, conviene tener presente otros aspec­tos:</div><div align="justify"><br />• El número de litigios. Muchos conflictos son una suma de litigios. Pue­den influenciarse muy negativamente.<br />• La simetría o asimetría. La asimetría dificulta alcanzar acuerdos vía negociación. El más débil puede querer legitimizarse mediante más violencia.<br />• La escalada del litigio. La escalada no se debe solamente a los medios y a las estrategias, sino también a la escalada de los objetivos de las partes. Ciertas partes necesitan del litigio para sobrevivir.<br /><br />3) Las estructuras de oportunidad. Hacen referencia a las relaciones de poder de las partes enfrentadas y a los factores del entorno favorable o desfavorable al uso de la violencia armada. Muchas veces, la subestimación del poder de una de las partes es la causa de la decisión de recurrir a la violencia. Hay ingredientes "duros"(el tamaño de la comunidad, el territorio, la potencia econó­mica y militar...) e ingredientes "blandos" (la voluntad y la tolerancia de la población, las obligaciones morales, el estatuto de legitimidad interna o extema, la capacidad de manipular a los medios de comunicación...). El acceso al arma­mento siempre aumenta el riesgo de la violencia armada. El clima moral y polí­tico es muy importante. Un clima de desconfianza, de desespero, sin perspec­tivas de futuro, como en Burundi, incita a la revuelta. La pobreza impide apaci­guar las tensiones sociales.</div><div align="justify"><br />4) Liderazgo y estrategia. Las poblaciones se meten en luchas cuando sus jefes políticos y/o militares hinchan pequeños conflictos y avivan sentimientos de odio latentes. Las guerras aparecen cuando los dirigentes intentan resolver los problemas incitando a la población hacia el enfrentamiento armado. No pue­de entenderse la compleja realidad de los conflictos sin familiarizarse con las percepciones de los principales dirigentes. Su manera de enfrentar una situa­ción puede estar fuertemente influenciada por la experiencia, las reflexiones históricas, el origen cultural y socio-económico, los trazos de la personalidad, las ideologías, la propaganda, las consideraciones burocráticas, y toda una serie de factores irracionales.</div><div align="justify"><br />5) Dinámica del conflicto. Después que se ha sobrepasado el nivel de violencia, los esfuerzos deben concentrarse en la pacificación (peace-making) y el mante­nimiento de la paz (peace-keeping). Los pacificadores tienen como misión po­ner fin a la violencia y encontrar un compromiso político.</div><div align="justify"><br />6) Si hubiéramos de resumir todo este mapa del conflicto en tres palabras, y si­guiendo a Galtung, deberíamos centrarnos en las deficiencias de las estructu­ras, las culturas y los actores. Las primeras por no atender las necesidades básicas de la población, las segundas por justificar la violencia, y las terceras por ser incapaces de aproximarse sin violencia a los conflictos. En cualquier caso, lo que nos conduce a la violencia siempre es el fracaso en transformar positivamente los conflictos.<br /></div><div align="justify">_____________________________________________________________________</div><div align="justify"><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> GALTUN, Johan, “Los fundamentos de los estudios sobre paz”, en Presupuestos teóricos y éticos sobre la paz, Universidad de Granada. 1993. P. p. 16 -18<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a> GALTUN, Johan, “Tras la violencia, 3R: Reconstrucción, reconciliación, resolución. 1998 www.fuhem.es/CIP/EDUCA/resenyas/recon/.html<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref3" name="_ftn3">[3]</a> DIETRICH Wolfgang. 22 argumentos en torno a interpretación de paz, desarrollo y ecología en la historia europea. Paz y conflicto en el fin del milenio; Castellón, Eloisa. Ed. Madrid 2000. Memebers. Magnet.at/w.dietrich/spanish.htm<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref4" name="_ftn4">[4]</a> GROFF, Linda; SMOKER, Paul. “Creación Global de la Cultura de Paz”, de una cultura de violencia a una cultura de Paz, UNESCO, 1996. P. P. 103 - 128<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref5" name="_ftn5">[5]</a> BROCK-UTNE, Brigitte, Feminist Perspectives on peace and peace education, Pergamon Press, Oxford. 1989.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn6" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref6" name="_ftn6">[6]</a> GALTUN, Johan. En contra de la guerra y la violencia étnica. Conferencia en la universidad de Okinawa, conjuntamente con la Universidad de Ulster. www.ryukyushimpo.co.jp/spanish - news/961107s.htm<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn7" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref7" name="_ftn7">[7]</a> Ponencia presentada en el seminario “El seco de la violencia”, celebrado nov. 1997 en la Universidad de Barcelona.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn8" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref8" name="_ftn8">[8]</a> ADAMS, David, El manifiesto de Sevilla sobre la violencia, 1989, UNESCO 1992, P. P. 47.</div>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-33654813191195568392009-12-15T09:21:00.000-08:002009-12-15T13:03:44.166-08:00Cultura del Conflicto y Diversidad Cultural<div align="justify"><strong><em>"Por primera vez la humanidad tiene conciencia de su fragilidad. Por primera vez ha adquirido el poder de autodestruirse, ya sea por una guerra atómica, ya por el agotamiento de los recursos del planeta superexplotado, y por el deterioro que causa la contaminación de la biosfera, que es la condición de su supervivencia. Las soluciones sólo pueden ser de orden planetario, y a largo plazo, pero chocan hoy día con el dogma de la soberanía de los Estados, cuyos gobiernos sólo actúan nacionalmente y a corto plazo". </em></strong></div><div align="justify"><strong><em></em></strong> </div><div align="justify"><strong><em>Louis Rougier, 1979.</em></strong></div><br /><div align="justify">EI mundo actual está lleno de conflictos, unos evidentes, otros escondidos. Aunque muchos aparezcan con aparente rapidez o de forma inesperada, todos se gestaron mucho antes, en períodos de tiempo a veces muy largos y en circunstancias alejadas de las causas más inmediatas que los provocaron. El conflicto es una de las categorías de la vida social, y cada ámbito de la sociedad posee una serie de cualidades que le son peculiares. Hay un conjunto de fenómenos básicos que forman un determinador común de toda situación social. Frente a la acción social funcional, basada en el mayor o menor grado de cooperación, se levanta una categoría de la conducta humana, la actividad conflictiva. El conflicto social es uno de los modos básicos de la vida en sociedad; mediante él los hombres intentan resolver dualismos divergentes y alcanzan un tipo de integración o unidad, aunque ello sea a costa de opresión, aniquilamiento y subyugación del rival. A pesar de que el conflicto es una categoría central de la organización social, a lo largo de los años ha permanecido inexplorado. Se temía reconocer su función social. De hecho se consideraba subversivo hablar de su aspecto positivo. Hoy en día el tratamiento dado al conflicto desde el ámbito académico es otro, de acuerdo a la nueva forma de verlo hemos elaborado la propuesta que expondremos en el presente escrito. No consiste en hacer una metafísica del conflicto<a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>, sino señalar como la conflictividad general incide generalmente en el hombre, y sugerir entonces la necesidad de investigar los conflictos básicos como recurso de consideración crítica de muchos problemas prácticos actuales. El tratamiento crítico de los conflictos concretos requiere ante todo la plena conciencia de que la solución de estos no equivale a la eliminación de las estructuras conflictivas.</div><div align="justify"><br />Hablar de la cultura del conflicto y de la diversidad cultural es referirse a la estructura de la sociedad, es considerar la composición social como una fuente para la explicación sobre el conflicto. En una teoría estructural del conflicto se oculta la idea de que la organización de la sociedad crea intereses específicos que llegan a determinar quién es el que compite y quien es el que coopera<a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn2" name="_ftnref2">[2].</a></div><div align="justify"><br />Cualquier principio de la organización social puede por sí solo encauzar la conducta en una dirección determinada, pero, tengamos presente que desde el punto de vista de la teoría del conflicto no hay un solo principio relevante en el momento dado. El hombre debería convencerse de que, tras la solución de un determinado conflicto, lo espera siempre un conflicto nuevo.</div><div align="justify"><br />La explicación estructural del conflicto se refiere a la forma en que la organización social configura la acción, y la diversidad cultural se fija en los propios actores y como éstos interpretan el mundo. Es así que los presupuestos señalados en este escrito van a tomarse en cuenta como base del marco interpretativo que influye en cómo los individuos y los grupos entienden las acciones de los demás y reaccionan ante ellas.</div><div align="justify"><br /><strong>LA CULTURA DEL CONFLICTO</strong></div><strong></strong><div align="justify"><br />La cultura es básicamente la técnica utilitaria con que compensamos nuestra precariedad natural mediante múltiples prótesis, pero es también la capacidad de contemplación interesada, que se levanta por encima de las urgencias vitales inmediatas.</div><div align="justify"><br />El mundo de la cultura se presenta como un mundo superpuesto al mundo natural. La naturaleza no le otorga al hombre todo lo necesario para vivir, de modo que lo obliga a construir su propio mundo. Cada hombre se configura dentro de una tradición cultural básica; pero su receptividad de esa tradición implica un trabajo selectivo, una discriminación de lo que ha de adaptarse y lo que ha de modificarse. En esto último se ejerce la productividad, la creación de nuevos bienes culturales.</div><div align="justify"><br />Además la estructura de la sociedad nos va a determinar los objetivos de la conducta agresiva. Iniciemos con describir la estructura histórica de la sociedad en que vivimos relacionándola con la valoración del conflicto como fuerza en movimiento. Las sociedades occidentales se han dotado de mecanismo de resolución de conflictos, en principio necesarios para garantizar la paz social indispensable a efectos de que la burguesía, estrato social generador, pudiese realizar con tranquilidad las actividades sociales. La obsesión burguesa por el orden se vio satisfecha con una serie de reglas procedimentales que, internalizadas por los ciudadanos, eran acatadas por la población como mínimo sacrificio a pagar por la armonía social; el consenso consistía en el acatamiento de los resultados de los litigios y de los contratos privados a que llegaban las partes, como regla -formal- básica de convivencia, fueran cuales fueran los contenidos que integrasen el acto de resolución.</div><div align="justify"><br />La no hostilidad y la sumisión a reglas procesales es pues la premisa básica de actuación para garantía de la paz burguesa. La dinámica procesal que determina a estas sociedades fue también operativa a la hora de socializar la nación (Gellner, 1994) y de incorporar las categorías menos protegidas socialmente al status de ciudadano antes obtenido de manera censitaria.</div><div align="justify"><br />La negociación era también traducible en términos económicos, si la burguesía previamente había reivindicado el ejercicio de su libre iniciativa (básicamente comercial), el interés de la otra clase se tradujo en prestación: a cambio de la paz social el estado liberal-burgués otorgaba a los desfavorecidos que se les garantizaban la igualdad de oportunidades. Hasta ese momento, hasta la configuración del Estado social, el conflicto, privado o social, era primordialmente un conflicto de intereses.</div><div align="justify"><br />El conflicto de valores surgido del politeísmo de valores weberiano era, digamos, un tanto secundario, soportado por la tolerancia de una sociedad acostumbrada a vivir en un marco de "razonable pluralismo" y, en cualquier caso, perfectamente subsumido al procedimentalismo abstracto y ritual de las democracias occidentales.</div><div align="justify"><br /><strong>DIVERSIDAD CULTURAL Y CONFLICTO</strong></div><strong></strong><div align="justify"><br />La ubicación del conflicto dentro de las sociedades occidentales, caracterizadas por la pluralidad en lo privado -auténtico pluralismo de intereses- y por la homogeneidad en lo público - también auténtico monoteísmo de valores: Estado-nación y mercado determinan el marco cultural, valorativo por tanto, propio de las culturas nacionales de dichos Estados.</div><div align="justify"><br />A pesar de la especificidad de cada cultura nacional, todos estos Estados occidentales presentan como denominador común sus consabidas raíces clásico-cristianas y una común evolución en lo que respecta a la impronta que la corriente demoliberal significó para las mismas. Igualmente, aun con variantes, experimentaron los efectos del nacionalismo y se sumaron al proceso de integración social a través del estado del bienestar.</div><div align="justify"><br />La internacionalización económica, informativa y laboral, sin embargo ha puesto en peligro la estabilidad de tales Estados al tiempo que la homogeneidad interna se está desmoronando. </div><div align="justify"><br />El déficit de democracia que atañe a la participación y representación de ciertos grupos ha devenido en la reivindicación con connotaciones un tanto problemáticas por parte de ciertos colectivos, diferenciados, en cuanto que son los principales y directos perjudicados.</div><div align="justify"><br />El mismo queda manifiesto y traducido en crisis de legitimidad en el sistema político y en crisis de racionalidad en el sistema económico, conceptuados ambos en la teoría de Habermas, entre otras. Al mismo tiempo, una serie de grupos étnicos que permanecían en el Estado nacional, bien soterrados, bien relegados a ejercer su particularidad cultural en la esfera privada, han incrementado el número de reivindicaciones formuladas a los poderes públicos, con la pretensión de hacer valer su diferencia en las instancias políticas.</div><div align="justify"><br />Wicker<span style="color:#3366ff;">[3],</span><span style="color:#000000;"> </span><span style="color:#000000;"><span>(1997), establece una doble estructuración en la formación de estos grupos, una horizontal y</span></span> otra vertical: la primera determinó la aparición de los primeros movimientos sociales a través de contrastes entre burguesía-proletariado, ricos-pobres, e incluso se repite en las actuales reivindicaciones de las feministas, homosexuales, discapacitados y ecologistas. La segunda, la horizontal, se genera en torno a atributos irracionales (cultura, etnia, nación) que engendran solidaridad entre personas tradicionalmente distribuidas horizontalmente.</div><div align="justify"><br />Tal estructuración indica la importancia que los vínculos culturales tienen en la actualidad a la hora de determinar las nuevas identidades. Mientras que los grupos estructurados horizontalmente son el producto de la movilización social, dentro de un mismo sistema cultural - por el igual acceso a los recursos y una más justa distribución de los mismos- los segundos reflejan también la insuficiencia de las culturas nacionales - por los procesos de internacionalización económica, por su neutral procedimentalismo- para generar identificaciones, no ya sólo en lo que respecta a un reparto justo de los recursos, sino también en cuanto a la configuración simbólica de dichas culturas.</div><div align="justify"><br />Una explicación suficientemente comprehensiva y gráfica la ofrece Gianni <span style="color:#3366ff;">[4]</span> <span style="color:#000000;">al señalar que la ciudadanía en los Estados occidentale</span><span style="color:#000000;">s</span> viene a ser "un tipo de identidad cuyo propósito es unificar (a través de un mínimo común denominador) la heterogeneidad de la sociedad". En los estados nacionales, a cuya ciudadanía se refiere Gianni, la identidad nacional se traduce en términos de nacionalidad = ciudadanía, y los valores culturales e identitarios que las conforman se entremezclan en una cultura nacional fuertemente potenciada por el grupo hegemónico, y de la cual también participan los grupos horizontalmente estructurados, aun cuestionando ciertas fallas en la racionalidad y legitimidad del sistema.</div><div align="justify"><br />Una apreciación que adelanta un paso más lo anteriormente señalado al describir cómo la identidad cultural delimita un "bagaje socio-cultural-simbólico identificado por el grupo como genuino" y es precisamente este bagaje ése que no comparten los grupos estructurados verticalmente, su identidad cultural es distinta de aquélla que comporta la nación estatal.<a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn5" name="_ftnref5">[5] </a></div><div align="justify"> </div><div align="justify"><span style="color:#000000;">La cultura, entendida en términos antropológicos - como conjunto de significaciones</span><span style="color:#000000;">,</span> costumbres y formas de vida de un pueblo- ha pasado a ser uno de los grandes indicadores de las sociedades occidentales, tanto que ahora son multiculturales, integradas por diferentes colectivos portadores de varias culturas.</div><div align="justify"><br />La multiculturalidad es, pues, uno de los caracteres relevantes de las sociedades de nuestros días, sin duda porque, como explica Wicker, el hecho multicultural ha pasado también a estar presente, además de en la vida privada de los miembros de la diversas culturas, en los ámbitos sociales y políticos. No es este el momento para abordar las causas de esta implantación en los ámbitos públicos, ni de centrarnos específicamente en la cuestión del multiculturalismo. Sí, sin embargo, hemos de señalar la relevancia que de nuevo cobra la identidad cultural (y digo de nuevo porque ésta ya cobró fuerza anteriormente, al ser una de las bases sobre las que se estructuraron los estados nacionales<span style="color:#3366ff;">[6]),</span><span style="color:#000000;"> como referente y definidor básico de la propia identidad personal, aunque siempre y, como señala</span>n de Lucas y Álund, cualesquiera que sean los elementos sobre los que la misma se articule, se trata de una identidad mutable e interactiva con otras identidades, bien culturales, bien de otro tipo.</div><div align="justify"><br />La multiplicidad cultural, étnica en definitiva - como grupo étnico de diversas comunidades de inmigrantes, o como grupo étnico constituido en una minoría nacional- pasa a ser entendida como fuente de conflictividad. En este caso, volviendo a los postulados de Aubert, el conflicto cultural es apreciado como conflicto de valores, entre sistemas culturales. La directa vinculación entre diversidad cultural y conflicto refleja una multipartita instrumentalización de la cultura grupal: </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><strong>a)</strong> Por un lado, la del propio Estado quien a través de políticas de multiculturalismo reconoce el hecho cultural diferencial como causa para otorgar una serie de prestaciones, reduciendo la diversidad cultural a la financiación de una serie de prácticas y utilizando tal reducción para no modificar "él actual equilibrio de poderes". Al justificar la activación de tales políticas en aras de la prevención del conflicto, el Estado liga peligrosamente los conceptos de cultura y de conflicto, atribuyendo a la identidad cultural una connotación conflictiva que no necesariamente ha de tener. De hecho numerosos estudios empíricos vienen demostrando que la diversidad étnica se presta más a la cooperación que al conflicto (Henderson, 1997). Al vincular diversidad cultural con prestación social genera en el grupo cultural hegemónico que hasta ahora ignoraba tal diferencia, un sentimiento de recelo hacia el diferente, provocado tanto por su alteridad como por la competencia que ahora siente para con el otro.</div><div align="justify"><br /><strong>b)</strong> Por otro lado, la de quienes entienden las reivindicaciones de estos grupos étnicos como una esencialización de la cultura, tachando de atávicas y antidemocráticas las prácticas de tales grupos y dando por hecha la cuestión de que todo tipo de sociedades y culturas deberían de avanzar por el camino de derechos y libertades desarrollado por los Estados democráticos occidentales.</div><div align="justify"><br />Tales posicionamientos, primordialistas (Henderson, 1997), al tiempo que entienden la cultura como algo fijo e inmutable, adolecen de un etnocentrismo capaz de reducir el resto de sistemas culturales a deplorables prácticas ancestrales por las que aún no ha discurrido el proceso glorioso de la modernización. Las teorizaciones de estas tendencias aprecian en la diversidad cultural el motivo más claro de luchas entre diferentes culturas y civilizaciones.</div><div align="justify"><br /><strong>c)</strong> Una tercera concepción, igualmente reduccionista, es la que desde posturas instrumentalistas así catalogadas por Henderson y A. D. Smith, entre otros- que entienden la identidad étnica como producto de la manipulación de una serie de líderes o élites grupales para fines relacionados con su poder personal.</div><div align="justify"><br />El reduccionismo de tal interpretación se debe al hecho de que, pese a la instrumentalización que de una identidad cultural pueda producirse por parte de ciertos sujetos personalmente interesados por los beneficios que ello pueda reportarles, dicha manipulación no desvirtúa en absoluto la importancia de la identidad cultural. Al igual que el anterior, este reduccionismo minusvalora la relevancia de la identidad cultural que, tanto como vínculo de comunicación y solidaridad intragrupal, como de constitutivo de la esencia personal supone.</div><div align="justify"><br /><strong>d)</strong> Finalmente, la de quienes efectivamente instrumentalizan una serie de rasgos culturales con el fin de estructurar el proceso de etnogénesis para fines particulares. No obstante, pese a dicha instrumentalización no podemos olvidar la relevancia del vínculo cultural para el desarrollo personal de los miembros del grupo, ni tampoco que la activación de la etnicidad como medio colectivo de reivindicación intragrupal responde también a la necesidad de reconocimiento - que no se puede entender únicamente en términos de financiación, sino de representación y ubicación del bagaje simbólico de dicha cultura en el entorno político en el que se desenvuelve y que requiere, no sólo un soporte económico para su preservación y reproducción, sino también una modificación de los procedimientos democráticos- del procedimiento- a efectos de la justa redistribución de los recursos del sistema.</div><div align="justify"><br />Es así que, la relevancia que la multiculturalidad cobra hoy en día no puede entenderse por la relación directa entre diversidad cultural y conflicto, sino más bien por una manipulación bienintencionada de ambos conceptos. No obstante los conflictos entre grupos o sujetos de identidad cultural diferente se producen aunque, como señala Wicker, los mismos no son una consecuencia de la diversidad cultural, sino una forma del conflicto mismo, una vez debilitadas las tradicionales formas de identificación que adscribían a los sujetos en grupos aglutinados por otras categorías distintas a las de la identidad cultural.</div><div align="justify"><br />Valga, en última instancia, como cita para una reflexión sobre la relación entre diversidad cultural y conflicto una afirmación de Gellner: "El punto y contenido clave de la presencia perenne del conflicto social no es la interferencia entre posiciones sociales diferentes, donde algunas son más ventajosas que otras, sino la percepción no trivial de que el sistema de posiciones es inestable y está destinado a cambiar, es contraria a la realidad la idea de que es posible que la humanidad pueda manejarse sin un sistema de estas características".</div><div align="justify"><br />La historia se ha desenvuelto como una cadena de crisis. La época actual es el principal desafío que debe afrontar la humanidad y que en tiempos pasados dio lugar a las revoluciones culturales. También como ahora se estuvo al borde de la destrucción. Es el momento de conocer algún hondo secreto que nos oculta la cultura y aceptar la revelación para compensar nuestros evidentes defectos en el manejo de ésta.<br />____________________________________________________________________<br /><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[1]</span> </span><span style="color:#000000;">Más que un aspecto negativo, el conflicto es ante todo, oportunidad porque nos ayuda a crecer, a mejorar la cotidianidad y nos posibilita construir relaciones más solidas. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[2]</span> </span><span style="color:#000000;">Tengamos</span> presente la teoría de Turner (1957), acerca de las explicaciones socioestructurales del conflicto. Traídas por Marc Ross en EL CONFLICTO POLÍTICO Y LA ESTRUCTURA DE LA SOCIEDAD. La cultura del conflicto: las diferencias interculturales en la práctica de la violencia, Barcelona, ediciones Piados, 1995, Pág. 61 – 106. </div><div align="justify"><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[3]</span> </span><span style="color:#000000;">H. – R. Wicker, “Sphere Theories of Hannah Arendt and John Rex”, en H. - R. Wicker, ed. (1997), Pág. 143 161 </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[4]</span> </span><span style="color:#000000;">M. Gianni, “Multiculturalism and Political Integration. The Need for a Dif</span><span style="color:#000000;">ferentiated</span> citizenship”, en H. – R. Wicker, ed. (1997:130). </div><div align="justify"><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[5]</span> </span><span style="color:#000000;">Sobre los procesos de formación y consciencia de la identidad grupal ver J. Kincheloe y S. R. steinberg (19979, Changing multiculturalism, Buckingham: open University Press, cap I y A. Pizzo</span><span style="color:#000000;">rno</span> (1984), “los intereses y los partidos en el pluralismo”, en S. Berger, comp. (1988). </div><div align="justify"><span style="color:#000000;"><span style="color:#3366ff;">[6]</span> </span><span style="color:#000000;">Por ello no debe pasar desapercibido el hecho de que Natividad Gutiérrez afirme que los procesos de etnogénesis no hacen sino reproducir en buena parte las narrat</span><span style="color:#000000;">ivas</span> e instrumentos de los que se sirvieron los Estados nacionales para su construcción. No. Gutiérrez “Ethnic Revivals within Nation – States. The Theories of E. Gellner and A. D. Smith Revisited”, en H. – R. wicker, ed, (1997), p.p. 163 – 173. A lo que también habría que añadir que tales procesos de activación étnica se han servido de una serie de derechos y libertades (de expresión, manifestación, de sufragio, en su caso) con que los Estados democráticos han dotado a ciudadanos y, valga la redundancia, en su caso a extranjeros.<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref1" name="_ftn1"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref2" name="_ftn2"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref3" name="_ftn3"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref4" name="_ftn4"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref5" name="_ftn5"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn6" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref6" name="_ftn6"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn7" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref7" name="_ftn7"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn8" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref8" name="_ftn8"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn9" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref9" name="_ftn9"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn10" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref10" name="_ftn10"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn11" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref11" name="_ftn11"></a><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn12" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref12" name="_ftn12"></a> </div>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-25074026378545583742008-11-09T05:15:00.000-08:002008-11-09T05:17:54.341-08:00Conferencia UDES. Congreso internacional DESCResumen: El propósito de la ponencia es reconocer la importancia de los Derechos económicos sociales y culturales (DESC), así como sus teorías fundamentales y mostrar las conclusiones del congreso. La exposición hace un recorrido histórico de los DESC e ilustra hechos emblemáticos entre los siglos XVII y XXI.<br /><br />Palabras claves: Derechos Humanos, Políticas públicas, Derechos económicos, sociales y culturales<br /><br />Keys words: Human Rights, public politics, and economic social and culture rigths<br /><br />Title Economic Social and Cultural Rights (ESCR)<br /><br />Teoría de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales<br /><br />Ponente: Cristina Díaz<br /><br />Es para mi un honor muy grande cerrar el Primer Congreso Internacional de Teoría y Derecho Constitucional, estar en mi patria chica, y ser la única mujer ponente del congreso me llena de fuerza para llevar a ustedes algunas conclusiones de las ponencias anteriores y cerrar con mi propuesta sobre los Derechos Económicos Sociales y Culturales.<br /><br />Retos del Constitucionalismo del Siglo XXI<br /><br />Los desafíos del constitucionalismo contemporáneo están en la consolidación del Estado Social de Derecho, continuar con algunas funciones exclusivas del Estado entre ellas el respeto a los derechos humanos, la consolidación del monopolio de las armas y el mantenimiento de la confianza en las instituciones. Las constituciones no pueden ser declaraciones de buena voluntad; tienen que ser vividas y comprendidas por las sociedades de las que son parte.<br /><br />Y para esto, los temas sobre la mesa serán:<br /><br />Medio Ambiente<br />Tecnología<br />Globalización<br />Recursos alimenticios e hídricos<br />El crecimiento desmesurado de la población, que multiplica exponencialmente los problemas de límites de recursos, cumplimientos de las leyes, conceptos sobre justicia, entre otros.<br /><br /><br /><br />Tribunal Constitucional y su función en los Estados modernos<br /><br />Para todos los Estados se vuelve necesario exigir un mejor trabajo de los cuerpos legislativos, que tienen la representación, y así evitar que existan fallos de juez legislador que, aunque necesarios, desorganizan los sistemas. <br /><br />Los tribunales constitucionales seguirán desarrollando sus funciones en relación con el cuerpo jurídico que tienen que interpretar y aplicar, así como participar en el análisis de los tratados y hacer compatible las interpretaciones con la efectividad de los derechos para los que fueron creados, en un mundo donde los países se integran constantemente. La interpretación de esos tratados, a la luz de las constituciones, va a permitir la real transformación e integración de los países con parámetros de diferenciación cultural, social y económica.<br /><br />Derecho Constitucional Comparado<br />Fusión de horizontes legales para conocer y comparar ordenamientos oriente – occidente.<br /><br />El trato para inmigrantes, la negociación por bloques (Unión Europea, MERCOSUR, Comunidad Andina, G3, etc.)<br /><br />Investigaciones en Derecho Constitucional<br /><br />El derecho constitucional tiene aún muchos vacíos teóricos y se espera de ésta que conceptualice los límites a la democracia, la real vivencia de una educación para los derechos humanos, una convivencia y oportunidades de trabajo con garantías. De la misma manera las investigaciones de derecho constitucional estarán enfocadas sobre el análisis al derecho de manifestarse, a disentir, en fin, se multiplican los problemas de investigación, y se necesita conocer y participar de las investigaciones de otras disciplinas.<br /><br />El mundo se ha complejizado y no podemos ser inferiores a este reto. Para que el derecho constitucional tenga mayor vigencia, la propuesta es buscar para seguir buscando.<br /><br />Ponencia Derechos Económicos Sociales y Culturales<br /><br />La división entre las diferentes categorías de derechos humanos – civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – no implica de ninguna manera que una categoría sea más importante que otra. En efecto, en el preámbulo<a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a> de los dos Pactos de 1966, se afirma que todos los derechos humanos están interrelacionados, y son indivisibles, interdependientes e igualmente importantes.<br /><br />Los derechos humanos pueden encontrarse en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (aprobada en 1948). También se incluyen en dos instrumentos legales internacionales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, aprobado en 1966) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, aprobado en 1966).<br /><br />El PIDCP cita un sinnúmero de derechos civiles y políticos o de “libertades clásicas”, por ejemplo el derecho a la vida, el derecho al debido proceso, libertad de opinión y de expresión, libertad de pensamiento y de religión, libertad de asociación, que están en teoría garantizados automáticamente por los Estados.<br /><br />El PIDESC contiene la lista y desarrolla los derechos económicos, sociales y culturales, como por ejemplo el derecho al trabajo, el derecho a la salud, el derecho a la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado, que deben ser reconocidos por los Estados. Estos derechos requieren un rol pro activo de los Estados en materia de financiación y de recursos materiales.<br /><br />Puesto que estos recursos no son necesariamente y directamente asequibles, la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales sólo puede llevarse a cabo de manera progresiva. Las provisiones del PIDESC fueron formuladas de una manera programática. Así, los Estados deben promocionar estos derechos y a la vez tener en cuenta las circunstancias nacionales.<br /><br />Sin embargo, la práctica muestra que las diferentes categorías de derechos humanos no se han desarrollado de igual manera. Comparado a los derechos civiles y políticos, las categorías de derechos económicos, sociales y culturales están menos desarrolladas. Esto se debe en parte a que los derechos económicos, sociales y culturales se han considerado durante mucho tiempo como ‘derechos secundarios’ comparado con los derechos civiles y políticos.<br /><br />Los Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) son atributos y garantías que corresponden al ser humano, al margen y por encima de las leyes, los cuales por lo menos deben ser reconocidos y protegidos. Este reconocimiento se ha establecido universalmente a través de distintos instrumentos: convenciones, conferencias, declaraciones, pactos y protocolos que obligan a los Estados a protegerlos y materializarlos.<br /><br />Los derechos considerados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado en diciembre de 1966 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, son:<br /><br />El derecho a la libre determinación de los pueblos<br />La obligación de no discriminación<br />El derecho a la igualdad entre hombres y mujeres en el gozo de los DESC<br />El derecho a un trabajo libremente escogido y aceptado<br />El derecho al goce de condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias<br />El derecho a la libre sindicación<br />El derecho a la seguridad social<br />El derecho a la más amplia protección y asistencia posible a la familia<br />El derecho a un nivel adecuado para si y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuadas y a una mejora continua de las condiciones de existencia<br />El derecho al más alto nivel posible de salud física, mental y social<br />El derecho a la educación<br />El derecho a los beneficios de la cultura y del progreso científico y tecnológico<br /><br />Con la conceptualización de las definiciones antes planteadas, procedemos a revisar los hechos emblemáticos de la evolución de los DDHH, que son los elementos con los cuales despediré mi conferencia, teniendo en cuenta que estos hechos son la base para las preguntas y las investigaciones que los estudiantes y doctrinantes del derechos tenemos que repasar continuamente para inventarnos juegos jurídicos y evitar que los errores se vuelvan a repetir.<br /><br />Mucho cuidado cuando expongo que el derecho es un juego, porque está compuesto de normas para regular el comportamiento en sociedad, y las personas que conviven en ella esperan que nosotros siendo legisladores, gobernantes, jueces, etc, les permitamos convivir de la mejor manera.<br /><br />Hechos Emblemáticos<br />Durante el siglo XVII en Inglaterra, se producen tres hechos relevantes:<br /><br />· La Petición de Derechos (1628) protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, quien al no respetarla originó la Revolución Inglesa, la cual derivó en una victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.<br /><br />· El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II para protegerse de prácticas, entonces corrientes, que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.<br /><br />· La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento como condición previa a la coronación de la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata por primera vez, de un verdadero contrato social establecido entre los soberanos y el pueblo, también soberano.<br /><br />El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes, pero al mismo tiempo anclado todavía en costumbres conservadoras, en la medida que las grandes declaraciones americanas y francesa frecuentemente eran compatibles con la existencia de la esclavitud (su abolición se llevará a cabo durante el siglo siguiente) o la discriminación de las mujeres.<br /><br />En cuanto a la denuncia de la discriminación de las mujeres, hay que resaltar los aportes de Olimpia de Gouges en Francia (autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, 1791) y Mary Wollstonecraft en Inglaterra (autora de la Vindicación de los Derechos de la Mujer, 1792).<br /><br />Como algo característico del siglo XVIII, aunque se puede extrapolar a prácticamente toda la historia de los derechos humanos, podemos resaltar lo siguiente: cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que considera que le pertenece y que no se le reconoce.<br /><br />El siglo XIX es un siglo de avances y retrocesos. En conjunto, es un siglo de lenta consolidación de los ideales proclamados por la Revolución Francesa. Los principales aspectos por resaltar son los siguientes:<br /><br />La abolición de la esclavitud<a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a>.<br />El inicio de la reivindicación de los derechos sociales<a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn3" name="_ftnref3">[3]</a>.<br />La extensión del sufragio<a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn4" name="_ftnref4">[4]</a>.<br />La influencia del liberalismo<a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn5" name="_ftnref5">[5]</a>.<br />El establecimiento de las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario<a title="" style="mso-footnote-id: ftn6" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftn6" name="_ftnref6">[6]</a>.<br />El inicio de la reivindicación de los derechos de las mujeres.<br /><br />Con relación a la ampliación progresiva a lo largo del tiempo del catálogo de derechos humanos, el siglo XX representa la consolidación de los derechos económicos y sociales. El derecho al trabajo, a sus frutos, y a la seguridad social pasan a ser las nuevas exigencias y se reclama su protección. Dentro de distintos entornos culturales y regímenes políticos, se irán interiorizando estas demandas, y ya a principios de siglo ven su consagración jurídica al ser recogidas en algunas constituciones y documentos.<br /><br />La Constitución de México de 1917 (fruto de la revolución mexicana), trataba de conciliar los derechos civiles y políticos con los emergentes derechos económicos y sociales.<br />La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado de 1918, redactada por los revolucionarios rusos, e incorporada a la nueva Constitución Soviética, priorizaba los derechos económicos y sociales.<br />La Constitución de Weimar de 1919 proclamaba derechos sociales de la ciudadanía alemana, como la protección a la familia, el derecho a la educación y al trabajo.<br /><br />La Revolución Rusa dio lugar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Frente a los derechos civiles y políticos (también llamados de "primera generación") considerados fundamentales y prioritarios desde las declaraciones de derechos americana y francesa, el socialismo marxista planteó una jerarquización inversa de los derechos, poniendo en primer lugar los derechos económicos, sociales y culturales, argumentando que sólo impulsando éstos era posible hacer efectivos los otros. Las distintas vías, desde la revolución radical hasta el reformismo interno, irán difundiendo la necesidad y la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, pasando a ser considerados, con el tiempo, definitivamente inseparables y complementarios de los derechos civiles y políticos.<br /><br />Un año antes de la Constitución de Weimar había finalizado la Primera Guerra Mundial (1914-1918), desencadenada a causa de los proyectos expansionistas y colonialistas de los países implicados. Extendida por más de medio mundo, se convirtió en el conflicto más sangriento de la historia hasta entonces.<br /><br />Acabada la guerra se creó la Sociedad de Naciones, con el objetivo de fomentar una política mundial de desarme y seguridad colectiva. Hizo obligatorio para los países miembros el recurso al arbitraje en caso de conflicto, e intervino en distintos contenciosos. No obstante, después de 1935 la Sociedad de Naciones no fue considerada como una amenaza por parte de los proyectos expansionistas de Alemania, Italia (que había ignorado las reprobaciones de la Sociedad a raíz de la invasión de Abisinia) y Japón (que también había ignorado la orden de retirarse de la Manchuria China).<br /><br />Al margen de su labor de arbitraje, la Sociedad de Naciones se distinguió por la creación en 1921 de la Corte Permanente de Justicia Internacional (el precedente del actual Tribunal Penal Internacional de la Haya, establecido en 1998), la firma del Convenio Internacional para la Supresión de la Esclavitud (firmado en 1926 y completado y ratificado por las Naciones Unidas en 1956) y la creación de la Organización Internacional del Trabajo.<br /><br />Tras la Primera Guerra Mundial, las democracias liberales perdieron credibilidad al mismo tiempo medraban, en el ambiente de descontento, movimientos de extrema derecha y de extrema izquierda. En este contexto se afianzan los dos totalitarismos más devastadores del siglo XX, el comunismo y el nazismo. Ambos partían de las mismas premisas: la liquidación del pluralismo, la implantación de la ideología oficial del Estado, el culto al líder y la obediencia ciega. Sus consecuencias fueron comparables: el terrorismo estatal y millones de víctimas. En la Unión Soviética, a partir de 1924 Stalin inició la eliminación de toda oposición, convirtiéndose en dictador absoluto (adoptando un modelo de comunismo muy alejado de las ideas de Marx y Engels). En Alemania, Hitler accedió al poder en 1933 por la vía democrática, introduciendo luego medidas cada vez mas totalitarias y racistas, unas medidas anunciadas ya anteriormente en su obra Mein Kampf (1926):<br /><br />"La mezcla de la sangre y, por lo tanto, la decadencia racial, son las únicas causas de la desaparición de las viejas culturas, ya que los pueblos no mueren como consecuencia de las guerras perdidas sino por la anulación de aquella fuerza de resistencia que sólo es propia de la sangre incontaminada."<br /><br />"El principio de organización constructiva de la raza aria ha sido sustituido por el principio destructor que vive en el judío, convertido así en el 'fermento de descomposición' de pueblos y razas y, en un sentido más amplio, en el factor de disolución de la cultura humana."<br /><br />En 1939, con la invasión de Polonia por las tropas de Hitler, empezó la Segunda Guerra Mundial. Al finalizar, en 1945, el balance era desolador: cincuenta millones de muertos (de ellos treinta millones de civiles), dos explosiones nucleares dirigidas contra la población civil (Hiroshima y Nagasaki), deportaciones masivas, el exterminio metódico y sistemático de judíos, gitanos, homosexuales y otras minorías étnicas, la esclavitud sexual de mujeres promovida por el ejército japonés, ciudades enteras demolidas, países arrasados, etc.<br /><br />En los Juicios de Núremberg y Tokio, los vencedores juzgaron a los máximos responsables alemanes y japoneses. Se les acusaba de haber cometido crímenes contra la paz (violaciones de tratados internacionales y actos de agresión injustificada contra otras naciones), crímenes contra la humanidad (planificación y participación en exterminios y genocidios) y crímenes de guerra (violación de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra). El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Tokio como en Núremberg significaron el establecimiento, a partir de entonces, de reglas básicas de persecución de criminales de guerra así como la tipificación de los delitos correspondientes.<br /><br />Pero lo que no se juzgó en ningún caso fueron las violaciones de derechos humanos cometidas por los países aliados, igualmente presentes. Por ejemplo, la agresión a Polonia por parte de la Unión Soviética, los bombardeos aliados de civiles tanto sobre Alemania como sobre Japón, o las represalias y las violaciones sobre la población alemana cometidas por el ejercito soviético durante la ocupación final de Alemania. Según los criterios usados durante los juicios de Núremberg y Tokio, éstos también fueron crímenes contra la humanidad, pero sus responsables no fueron encausados.<br /><br />La Segunda Guerra Mundial finalizó en 1945. Alemania se rindió en mayo, Japón en agosto tras el lanzamiento de las bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki. Dos meses más tarde, el 24 de octubre, fue fundada oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el inicio de la Segunda Guerra Mundial.<br /><br />A los 51 estados miembros iniciales en los años sucesivos se les fueron añadiendo nuevos estados, tal como contemplaba el Artículo 4 de la Carta:<br /><br />"Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad."<br /><br />Conclusiones:<br /><br />Los horrores de la guerra y los juicios de Núremberg y Tokio mostraban la necesidad de regular de forma precisa el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles eran. Uno de los primeros trabajos de las Naciones Unidas fue la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto cuya redacción estuvo sujeta a muchas discusiones, ya que las posturas de las distintas naciones no eran coincidentes acerca de sus contenidos. No obstante, fue aprobada el 10 de diciembre de 1948. Con la aprobación de la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.<br /><br />Con el paso de los años, la Declaración Universal, que como tal no es de carácter vinculante, se ha ido completando con otros documentos de las Naciones Unidas: convenios, convenciones y pactos, estos sí vinculantes, que van desarrollando, y en algunos casos ampliando, los contenidos de la Declaración Universal.<br /><br />Algunos de estos documentos son los siguientes:<br /><br />Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1948, entrada en vigor en 1951)<br />Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966, entrada en vigor en 1976)<br />Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966, entrada en vigor en 1976)<br />Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979, entrada en vigor en 1981)<br />Convención sobre los derechos del niño (1989, entrada en vigor en 1990)<br /><br />El siglo más representativo de la vertiente homicida de la humanidad ha sido el XX. Además de lo ya expresado anteriormente, las dictaduras socialistas, las represiones de las dictaduras militares hispanoamericanas, los violaciones de los derechos humanos cometidas por los regímenes dictatoriales africanos.<br /><br />Pero esta perspectiva, sin matices que la acompañe, es parcial, ya que la historia de la humanidad también es, paralelamente, una sucesión de intentos de construcción de formas y normas de organización social tendentes a evitar las agresiones a los derechos de las personas. Y el siglo XX posiblemente también sea el más ilustrativo de este aspecto ético de la humanidad.<br /><br />La Segunda Guerra Mundial representa la peor forma de violación de derechos humanos, pero al tiempo se constituye para la humanidad como la razón para el establecimiento de las Naciones Unidas y a la redacción de múltiples documentos sobre derechos humanos. Desde la sociedad civil, es reveladora también la aparición de organizaciones de defensa de los derechos humanos, tanto desde el trabajo de denuncia (Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Save the Children, etc.), como desde el trabajo de promoción y colaboración (Intermón, Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.).<br /><br />Pero tampoco hay que olvidar que ninguna conquista alcanzada es una garantía de cara al futuro: casos como los genocidios cometidos durante la guerra de Bosnia-Herzegovina (1992-1995), o el genocidio de Ruanda de 1994 (por citar sólo los más llamativos, ya que una lista exhaustiva que recogiera todos los conflictos nacionales o regionales en los que se han violado de forma masiva los derechos humanos sería excesivamente larga), muestran la fragilidad de los logros conseguidos.<br /><br />Para juzgar las violaciones de derechos humanos que se cometieron en Bosnia-Herzegovina y Ruanda se crearon sendos Tribunales Penales Internacionales con jurisdicción sobre cada uno de los países. Posteriormente, culminando una antigua aspiración de la comunidad internacional, en la Conferencia de Roma de 1998, se creó el Tribunal Penal Internacional, de carácter permanente, el cual entró en vigor en 2002, al sumar las necesarias ratificaciones estatales. El Tribunal tiene por objeto ser un instrumento capaz de asumir la defensa jurídica de las víctimas de violaciones de derechos humanos en cualquier parte del mundo y, especialmente, en los casos de crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad.<br /><br />Al iniciarse el siglo XXI, además de distintos conflictos bélicos y su larga secuela de violaciones de derechos humanos, siguen persistiendo otras muchas violaciones de derechos humanos, en general arrastradas desde los tiempos más remotos:<br /><br />El azote del hambre padecido por millones de personas, en un mundo globalizado y con los recursos necesarios para alimentar toda la humanidad.<br />La falta de acceso a la sanidad y a la educación de una parte considerable de la humanidad.<br />La persistencia de la esclavitud, en su forma más tradicional circunscrita a casos muy concretos, pero diseminada por todo el mundo bajo nuevas formas de servidumbre (prostitución forzada, trabajo esclavo infantil, etc.).<br />La persistencia de la tortura (incluso en ocasiones la reivindicación de su legalización) a socaire de la nueva lucha antiterrorista.<br />La misoginia y la homofonía, cobijada en prejuicios ancestrales y alentada en ocasiones por algunas interpretaciones religiosas.<br />El racismo y la xenofobia, alentado por los prejuicios o la defensa de privilegios de sectores sociales de las zonas más prósperas a las que intenta acceder la población de algunas zonas depauperadas y sin recursos.<br /><br />Habría que añadir las tensiones y conflictos relacionados con los llamados derechos de tercera generación, de modo especial el derecho a un medio ambiente saludable y sostenible, una nueva y urgente preocupación luego que, tras constatar durante el siglo XX los efectos sobre la salud por las prácticas industriales altamente contaminantes, ya en el siglo XXI cada vez es más indiscutible la incidencia del comportamiento humano sobre el clima terrestre, con los peligros que ello conlleva. Incluso la entrega de premios nobel (Al Gore) por el análisis sobre este problema es muestra que el tema aparece en las agendas internacionales.<br /><br />Este es el camino que se ha recorrido para ubicar los DESC en el centro del debate jurídico y político. Para terminar, es indispensable seguir ahondando esfuerzos para teorizar, evaluar y hacer cumplir los derechos Humanos. El propósito de estas conferencias es fortalecer la unión de políticas públicas con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC); colocar en el prisma del gobierno, las acciones que van a transformar la vida en sociedad.<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn1" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> “Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales. Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos. Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación.”<br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn2" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a> Durante el siglo XIX la esclavitud fue abolida de forma progresiva en los distintos estados europeos y americanos, primero prohibiendo la trata de esclavos y luego la esclavitud misma. Su abolición fue el resultado en Europa y América de un intenso debate entre los esclavistas y los abolicionistas, con un protagonismo especial entre los segundos de los cuáqueros, una comunidad religiosa fundada en Inglaterra por George Fox (1624-1691), caracterizada por su pacifismo e impulsora de las sociedades antiesclavistas inglesas y americanas.<br /><br />La esclavitud se prohibió en Inglaterra en 1772. El primer documento contrario a la esclavitud en los Estados Unidos fue, en 1777, la Constitución de Vermont (la esclavitud no fue abolida definitivamente de los Estados Unidos hasta 1865, con la Decimotercera Enmienda de la Constitución, al finalizar la Guerra de Secesión que enfrentó a los estados esclavistas del sur con los antiesclavistas del norte). Francia abolió la esclavitud en 1794 (fue restablecida por Napoleón en 1802, y definitivamente abolida de las colonias en 1848).<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn3" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref3" name="_ftn3">[3]</a> El siglo XIX es el siglo de la Revolución Industrial, de las reivindicaciones proletarias y de la conquista del reconocimiento del derecho de asociación. Aparecen nuevas teorías sociales: el socialismo utópico, el socialismo científico (marxismo) y el anarquismo. Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia y organizada.<br /><br />Karl Marx (1818-1883) es un referente imprescindible para entender la evolución de los derechos económicos y sociales a partir de finales del siglo XIX. Pensaba que el sistema económico dominante en cada época histórica, a través del cual se satisfacen las necesidades vitales de los individuos, determina la estructura social, política e intelectual de cada periodo. Afirmaba que la historia de la sociedad es la historia de las luchas entre los explotadores y los explotados, es decir, entre la clase social gobernante y las clases sociales oprimidas. Partiendo de estas premisas, en el "Manifiesto Comunista" (1848, escrito en colaboración con Engels) decía que la clase capitalista sería derrocada y suprimida por una revolución mundial de la clase obrera que culminaría con el establecimiento de una sociedad sin clases. Sus ideas filosóficas tuvieron una gran influencia, dando lugar posteriormente a las revoluciones socialistas de principios del siglo XX, y a que dentro de las sociedades capitalistas los derechos económicos y sociales cobrarán progresivamente mayor importancia.<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn4" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref4" name="_ftn4">[4]</a> Cuando a finales del siglo XVIII se proclaman las grandes declaraciones de derechos, primero en las colonias americanas y poco después en Francia, el derecho al voto es uno de los derechos que se recogen. No obstante, distaba mucho de ser un sufragio universal, ya que estaba claramente restringido, limitado al cumplimiento de distintos requisitos, como el nivel de instrucción, de renta o la clase social: los analfabetos, los pobres y los esclavos no podían votar. También estaban excluidas todas las mujeres, en la medida que eran consideradas intelectualmente incapaces y sin criterio. Por todo ello, al final la proporción de votantes era ínfima, con relación a la población total.<br /><br />Durante el siglo XIX, al incorporarse el derecho al voto a los nuevos ordenamientos legales, inicialmente se adopta con todas estas restricciones.<br /><br />Durante la segunda mitad del siglo XIX, la extensión del sufragio se reivindicará a través de vías distintas:<br />-Las sufragistas americanas e inglesas inician la reclamación del derecho al voto de las mujeres.<br />-El auge del movimiento socialista impulsa entre otras reivindicaciones la del sufragio universal (incidiendo más en el aspecto de clase que en el de sexo).<br />-El liberalismo, representado por John Stuart Mill, aboga tanto por la extensión del sufragio a las mujeres como por la eliminación del sufragio censitario (condicionado a determinados requisitos patrimoniales, educativos o sociales). Otro de los factores que ha condicionado históricamente el número de votantes ha sido la edad mínima requerida para poder votar (en general, 25 años o más a finales del siglo XIX y principios del XX, para el sufragio masculino).<br />En todos los frentes, el avance será lento. Como norma, se conseguirá primero el sufragio universal masculino (superando las limitaciones censitarias), y más tarde el sufragio femenino.<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn5" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref5" name="_ftn5">[5]</a> Desde otra perspectiva, el liberalismo y el romanticismo de este siglo tienen un peso específico en el fortalecimiento de la libertad de los individuos, y en que las constituciones nacionales que se van creando la tengan en cuenta. En este ámbito, es fundamental la figura del filósofo, político y economista inglés John Stuart Mill (1806-1873). En su libro "Sobre la libertad", reflexionó acerca de la naturaleza y los límites del poder que puede ser legítimamente ejercido por la sociedad sobre el individuo, argumentando que toda persona debería ser libre para realizar las conductas que desee siempre y cuando no dañe a los demás. Fue un defensor de la libertad de expresión y, como miembro del parlamento británico, propuso varias reformas del sistema electoral, especialmente sobre las cuestiones de la representación proporcional y la extensión del sufragio.<br /><br /><a title="" style="mso-footnote-id: ftn6" href="http://www.blogger.com/post-create.g?blogID=5232268436350561900#_ftnref6" name="_ftn6">[6]</a> El siglo XIX es también el del inicio del Derecho Internacional Humanitario, es decir, las distintas normas, en su mayoría reflejadas en las Convenciones de Ginebra, que tienen como objetivo evitar o limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.<br /><br />Jean Henri Dunant promovió en 1863 la creación del Comité Internacional de la Cruz Roja, con la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra, así como de prestarles asistencia. Al año siguiente, en 1864, basándose en las ideas de Dunant, se firmó la Primera Convención de Ginebra, destinada a regular la asistencia a los militares heridos durante los conflictos bélicos. Posteriormente, en 1906, 1929 y 1949 se firmaron sucesivamente la Segunda, Tercera y Cuarta Convenciones de Ginebra.cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-17110484301559126362008-11-08T06:53:00.000-08:002008-11-08T06:54:15.832-08:00<a href="http://2.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/SRWoEN-KliI/AAAAAAAAAGY/ACnSTqzPgmg/s1600-h/PROPUESTAS+DE+CARATULA+4.jpg"><img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5266300129703007778" style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 152px" alt="" src="http://2.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/SRWoEN-KliI/AAAAAAAAAGY/ACnSTqzPgmg/s320/PROPUESTAS+DE+CARATULA+4.jpg" border="0" /></a>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-47035704196261566162008-11-08T06:45:00.000-08:002008-11-08T06:48:41.150-08:00Libro de ObligacionesEste libro es parte de un logro que quiero compartir con todos mis amigos y alumnos de la universidad del Rosariocristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-35656444569881731472008-11-08T06:44:00.000-08:002008-11-08T06:45:10.554-08:00Conferencia sobre derechos indigenas<a href="http://3.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/SRWl5MvHeWI/AAAAAAAAAGA/0QBHBXsvUC0/s1600-h/1.jpg"><img id="BLOGGER_PHOTO_ID_5266297741369637218" style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 320px; CURSOR: hand; HEIGHT: 240px" alt="" src="http://3.bp.blogspot.com/_q6beOmFDjF0/SRWl5MvHeWI/AAAAAAAAAGA/0QBHBXsvUC0/s320/1.jpg" border="0" /></a><br /><div></div>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-23068946849455204412008-10-26T20:15:00.000-07:002008-10-26T20:16:10.663-07:00Desafios del DesarrolloEl desafío principal del desarrollo económico es que no se quede en cifras, sino que sea una superación real del estado de pobreza, y de las bases estructurales de la desigualdad, para crecer a tasa elevadas y sostenidas, además no perder posición en el concierto global de desarrollo. Frente a este doble desafío, es preciso sentar las bases de un patrón de desarrollo productivo que, reconociendo la heterogeneidad estructural de cada país, sea capaz de agregar valor y conocimiento a los bienes que produce. En este sentido, cabe recordar que la fase de crecimiento actual, especialmente favorable para América del Sur, está ligada sobre todo a la producción y exportación de productos primarios, basados en recursos naturales, cuyos precios internacionales han decaido por la entrada al mercado de India y China.<br /><br />Un significativo desafío que hay que considerar en el diagnóstico regional es la sostenibilidad ambiental y su relación con la equidad intergeneracional. La necesidad actual de elevar y estabilizar las tasas de crecimiento de la región, como condición necesaria para la erradicación de la pobreza y la construcción de sociedades más equitativas, suscita de alguna u otra forma una presión sobre el uso de los recursos naturales.<br /><br />El propósito no es generar crecimiento y equidad sólo para las generaciones actuales, sino también para las futuras. Esto supone corregir las externalidades que el proceso productivo ocasiona al medio ambiente y aplicar una política racional de explotación de los recursos naturales. Existe un amplio espacio, en el plano de las políticas públicas, para promover un patrón de desarrollo que conjugue crecimiento, equidad y sociedades con menor pobreza con estándares aceptables de calidad ambiental.<br /><br />Con base en lo anterior se puede concluir que el desafío principal del desarrollo es la superación de la pobreza en el mundo y es responsabilidad de todos, es fundamental reconocer que la pobreza es de conocimientos, cadaq individuo no puede decidir libremente si tiene ambre e ignorancia, America Latina tiene que dedicar grandes esfuerzos a enfocar el desarrollo al tema de la educación y al conocimiento de punta, que permita competir en un mercado globalizado de capitales y de servicios.<br /><br />Lectura: Ideas para una Idea para el desarrollo, José Luis Machinea, Secretario Ejecutivo de la Comisión Económica, para América Latina y el Caribe (CEPAL)cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-66723784237944401862008-10-26T20:13:00.000-07:002008-10-26T20:14:19.266-07:00Politicas con perspectiva DESCLa unión de políticas públicas con los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) es como la de colocar en el prisma del gobierno las acciones que van a tener impacto de transformar la vida en sociedad. Las políticas públicas son una de las formas de acción del Estado que genera un impacto a la sociedad misma en los casos ambiciosos, es un factor común de la política y de las decisiones tanto de gobierno como de la oposición.<br /><br />Así, la política puede ser analizada como la búsqueda de establecer o de bloquear políticas públicas sobre determinados temas, o de influir en ellas. No podemos hablar de política pública sin pensar en quien la tomó y cuales son los beneficiarios. A su vez, parte fundamental del quehacer del gobierno se refiere al diseño, gestión y evaluación de las políticas públicas.<br /><br />La Relación entre Estado y Sociedad solo puede dimensionarse a traves de la política, ya que su tema fundamental es qué problemas son transparentes y cuales son visibles. Es decir cuales son los temas importantes, urgentes o cuales tienen tiempo de espera.<br /><br />Favorecer la comunicación entre la exigibilidad de los DESC y su proyección explícita en las políticas públicas la búsqueda recíproca de la política y las políticas públicas que representen una modernización de la esfera pública. En torno a políticas públicas se puede: acotar las discusiones políticas, diferenciar problemas y soluciones de manera específica, precisar las diferencias, vincular los temas a soluciones más amplias o secuenciales, plantearse esfuerzos compartidos y participar de manera específica.<br /><br />Tal mejora requiere cambios en el sistema político y en el gobierno. Los partidos, los grupos sociales y las personas requieren interiorizar el análisis de políticas públicas, sea que estén en el gobierno o en la oposición. Y la reforma del Estado debe hacerse en torno a decisiones de políticas públicas. Además se vincula como contribución a generar puentes entre el ámbito de las políticas públicas y las estrategias de desarrollo, y aquellos que dan cuenta de la elaboración conceptual de los derechos humanos, en el entendido que la conexión y encuentro entre ambos constituye la base para la definición de acciones (políticas) conducentes a corregir el déficit en materia de realización de los Derechos Humanos (individuales y colectivos).<br /><br />Lectura: Modelo de formación de políticas y programas sociales, -Notas de clase-, Carlos Gerardo Molina<br />Introducción a las políticas públicas. Eugenio Lahera<br />Política y políticas públicas, Eugenio Lahera P.cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-53346014644268109362008-10-26T20:12:00.001-07:002008-10-26T20:12:32.348-07:00Consejo Derechos HumanosEl Consejo de Derechos Humanos es un órgano que depende directamente de la Asamblea General; funciona de manera casi permanente gracias a la celebración de sesiones más numerosas y de procedimientos de emergencia que le conceden una gran capacidad de reacción. Desde junio del 2006, se han efectuado cuatro sesiones especiales. El Consejo inauguró su cuarta sesión ordinaria el 12 de marzo con una sesión de alto nivel, que reunió a nivel ministerial a los representantes de los Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas que deseaban intervenir.<br /><br />Francia desea que el Consejo sea una herramienta eficaz al servicio de la promoción y de la protección efectiva de los Derechos Humanos, indivisible y universal. De este modo, ha decidido solicitar un segundo mandato y presentará, por ende, su candidatura en las próximas elecciones que se celebrarán en el 2008.cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-9177898740509710952008-10-26T20:11:00.001-07:002008-10-26T20:11:45.134-07:00Consejo de Derechos Humanos de Naciones UnidasLa función esencial es la de fortalecer la promoción y protección de DDHH y considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto.<br /><br />El Consejo de Derechos Humanos es un órgano intergubernamental que forma parte del sistema de las Naciones Unidas y que está compuesto por 47 Estados Miembros responsables del fortalecimiento de la promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo. Fue creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de marzo de 2006, con el objetivo principal de considerar las situaciones de violaciones de los derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto.<br /><br />Un año después de celebrar su primera reunión, el 18 de junio de 2007, el consejo adoptó su “paquete de construcción institucional” que proporciona elementos que guían su trabajo futuro. Entre estos se destaca el nuevo Mecanismo de examen periódico universal , a través del cual se examinará la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Naciones Unidas. Otras características incluyen un nuevo Comité Asesor que sirve como el “think tank” del consejo asesorándolo en diversas cuestiones temáticas relativas a los derechos humanos y el nuevo mecanismo de método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El Consejo de Derechos Humanos también continuará trabajando de cerca con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas establecidos por la extinta comisión y admitidos por el Consejo.cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-77875306029132521452008-10-26T20:10:00.001-07:002008-10-26T20:10:52.725-07:00Instrumentos internacionales de protección de derechos humanosCarta de las Naciones Unidas<br /><br />Carta Internacional de Derechos Humanos<br /> <br />Declaración Universal de Derechos Humanos<br />Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales<br />Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos<br />Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos<br />Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte<br /> <br />Los Defensores de los Derechos Humanos<br />Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos<br /><br />Proclamación de Teherán<br /> <br />Derecho de libre determinación<br /> <br />Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales<br />Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1962, titulada "Soberanía permanente sobre los recursos naturales"<br /><br />Prevención de la discriminación<br /> <br /><br />Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial<br />Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial<br />Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid<br />Convención Internacional contra el Apartheid en los Deportes<br />Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación<br />Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza<br />Protocolo para instituir una Comisión de Conciliación y Buenos Oficios facultada para resolver las controversias a que pueda dar lugar la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza<br />Convenio sobre igualdad de remuneración<br />Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones<br />Declaración sobre los principios fundamentales relativos a la contribución de los medios de comunicación de masas al fortalecimiento de la paz y la comprensión internacional, a la promoción de los derechos humanos y a la lucha contra el racismo, el apartheid y la incitación a la guerra<br />Declaración sobre la raza y los prejuicios raciales<br />Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas<br /><br />Derechos de la mujer<br /> <br /><br />Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer<br />Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer<br />Convención sobre los derechos políticos de la mujer<br />Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado<br />Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer<br />Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer<br /><br />Derechos del niño<br /> <br /><br />Declaración de los Derechos del Niño<br />Convención sobre los Derechos del Niño<br />Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados<br />Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía<br />Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los planos nacional e internacional<br /><br />Esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso e instituciones y prácticas análogas<br /> <br />Convención sobre la Esclavitud<br />Protocolo para modificar la Convención sobre la Esclavitud <br />Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud <br />Convenio sobre el trabajo forzoso <br />Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso <br />Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena <br /><br />Los derechos humanos en la administración de justicia<br /> <br />Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos<br />Principios básicos para el tratamiento de los reclusos<br />Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión<br />Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad<br />Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes<br />Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes <br />Principios de ética médica aplicables a la función del personal de salud, especialmente los médicos, en la protección de personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes<br />Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes<br />Salvaguardias para garantizar la protección de los derechos de los condenados a la pena de muerte<br />Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley<br />Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley<br />Principios Básicos sobre la Función de los Abogados<br />Directrices sobre la Función de los Fiscales<br />Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad (Reglas de Tokio)<br />Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad)<br />Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores ("Reglas de Beijing")<br />Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder<br />Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura<br />Tratado modelo sobre la remisión del proceso en materia penal<br />Tratado modelo sobre el traspaso de la vigilancia de los delincuentes bajo condena condicional o en libertad condicional<br />Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas<br />Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias<br /> <br />Libertad de información<br /> <br />Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación <br /> <br />Libertad de asociación<br />Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación <br />Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva <br />Convenio sobre los representantes de los trabajadores <br />Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública <br /><br />Empleo<br /> <br /><br />Convenio sobre la política del empleo <br />Convenio (N. 154) sobre el fomento de la negociación colectiva <br />Convenio (N. 168) sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo <br />Convenio (N. 169) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes <br /><br />Matrimonio y familia<br /> <br />Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios <br />Recomendación sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios<br />Declaración sobre el fomento entre la juventud de los ideales de paz, respeto mutuo y comprensión entre los pueblos<br /><br />Bienestar, progreso y desarrollo social<br /> <br /><br />Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social<br />Declaración de los Derechos del Retrasado Mental<br />Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental<br />Declaración universal sobre la erradicación del hambre y la malnutrición<br />Declaración sobre la utilización del progreso científico y tecnológico en interés de la paz y en beneficio de la humanidad<br />Principios rectores para la reglamentación de los ficheros computadorizados de datos personales<br />Declaración de los Derechos de los Impedidos<br />Declaración sobre el Derecho de los Pueblos a la Paz<br />Declaración sobre el derecho al desarrollo<br />Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares <br /><br />Derecho a disfrutar de la cultura; desarrollo y cooperación cultural internacional<br /> <br /><br />Declaración de los principios de la cooperación cultural internacional<br />Recomendación sobre la Educación para la Comprensión, la Cooperación y la Paz Internacionales y la Educación relativa a los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales<br /><br />Nacionalidad, apatridia, asilo y refugiados<br /> <br />Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada <br />Convención para reducir los casos de apatridia <br />Convención sobre el Estatuto de los Apátridas <br />Convención sobre el Estatuto de los Refugiados <br />Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados <br />Estatuto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados<br />Declaración sobre el Asilo Territorial<br />Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven<br /><br />Crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, incluso el genocidio<br /> <br />Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio <br />Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad <br />Principios de cooperación internacional en la identificación, detención, extradición y castigo de los culpables de crímenes de guerra, o de crímenes de lesa humanidad<br /><br />Derecho humanitario<br /> <br />Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Convenio I)<br />Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los naufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II)<br />Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III)<br />Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra (Convenio IV)<br />Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I)<br />Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-50828417308792764292008-10-26T20:08:00.000-07:002008-10-26T20:09:08.420-07:00Mecanismos Convencionales de protección DDHHLas Naciones Unidas han elaborado un sistema de vigilancia de la aplicación de los derechos humanos basado en dos tipos de mecanismos. Los mecanismos convencionales (órganos o comités creados en virtud de los propios tratados, que vigilan la adhesión de los Estados Partes a las normas internacionales establecidas en dichos documentos). Y con los años, las Naciones Unidas han dependido cada vez más de un sistema de verificación independiente del marco de los tratados, los llamados mecanismos extraconvencionales, los cuales dependen del Consejo de los Derechos Humanos.<br /><br />En el plano institucional funcionan actualmente seis comités establecidos en virtud de los principales tratados internacionales de derechos humanos. La función más importante de los comités, denominados también "órganos creados en virtud de tratados", es supervisar la aplicación de los respectivos tratados examinando los informes que presentan los Estados en cumplimiento de lo dispuesto en los tratados. Los órganos procuran establecer un diálogo constructivo con los Estados Partes para ayudarles a cumplir con las obligaciones que les imponen los tratados, y mediante sugerencias y recomendaciones les orientan respeto de las actividades futuras.<br /><br />Tres de los órganos creados en virtud de tratados (el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial) aceptan también denuncias de particulares sobre la violación de los derechos humanos por los Estados Partes y emiten dictámenes al respecto.<br /><br />El Comité de Derechos Humanos vigila la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El Comité, integrado por 18 expertos independientes cuya competencia en los derechos humanos está reconocida internacionalmente, ha sido creado en 1976 cuando entró en vigor el Pacto. Realiza sus reuniones tres veces al año, dos en Nueva York, una en Ginebra.<br /><br />El Primer Protocolo Facultativo, que entró en vigor cuando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, permite que el Comité estudie comunicaciones de particulares sobre violaciones de sus derechos civiles y políticos. El Comité se encarga también del Segundo Protocolo Facultativo sobre la abolición de la pena de muerte.<br /><br />El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales vigila la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El Comité, integrado por 18 expertos independientes reconocidos internacionalmente, ha sido creado por el Consejo Económico y Social en el año 1985, nueve años después de la entrada en vigor del Pacto. Realiza sus reuniones en Ginebra.<br /><br />A diferencia de los demás comités, cuyos miembros son elegidos por los Estados Partes a la Convención en cuestión y presentan sus informes a la Asamblea General, los miembros del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales son elegidos por y dependen del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC).<br /><br />El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial vigila la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Está integrado por 18 expertos independientes y empezó sus trabajos en 1969, cuando entró en vigor el Pacto. Es el primer mecanismo de vigilancia de la aplicación de tratados creado por las Naciones Unidas. Realiza sus reuniones en Ginebra.<br /><br />El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, integrado por 23 expertos independientes, vigila la aplicacion de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer desde el 1981. Realiza sus reuniones en Ginebra.<br /><br />El Comité contra la Tortura vigila la aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Está integrado por 10 expertos independientes y fue creado en 1987. Realiza sus reuniones en Ginebra.<br /><br />El Comité de los Derechos del Niño vigila la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño desde el 1991. Realiza sus reuniones tres veces al año en Ginebra.<br /><br />El Comité de los Derechos de los Trabajadores Migrantes vigila la aplicación des Convenio sobre los Derechos de los Trabajadores Migrantes desde el 2004. Realiza sus reuniones en Ginebra.cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-7362226366547151022008-10-26T19:55:00.000-07:002008-10-26T20:07:28.592-07:00Etapas importantes para la historia de los Derechos Humanos DDHHCada día los derechos humanos van ganando territorio, al ser mandatos de optimización van paso a paso llamando a los seres humanos a la razon, para empezar a comprender el tema y ha hacerlo parte de nuestro dicurso aqui se exponen algunas etapas muy valiosas para llegar a este presente. La llegada a un futuro de conviviencia, ese es el reto.<br /><br />El siglo XVII, en Inglaterra:<br /><br /><strong>La Petición de Derechos (1628),</strong> que protegía los derechos personales y patrimoniales. Presentada por el Parlamento y aprobada a la fuerza por el rey Carlos I, al no respetar éste posteriormente las reclamaciones que contenía se originó la Revolución Inglesa, que acabó con la victoria parlamentaria y la decapitación de Carlos I en 1649.<br /><br /><strong>El Acta de Habeas Corpus (1679),</strong> que prohibía las detenciones sin orden judicial. La redactaron los miembros del Parlamento durante el reinado de Carlos II, para protegerse de prácticas entonces corrientes que vulneraban los derechos de los acusados y de los presos.<br /><br /><strong>La Declaración de Derechos (1689),</strong> que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores. Fue impuesta por el Parlamento, como condición previa a su coronación, a la reina María II Estuardo y a su esposo Guillermo de Orange. Se trata, por primera vez, de un verdadero contrato, establecido entre lo s soberanos y el pueblo, también soberano.<br /><br />Unos autores que marcan la filosofía politica y el derecho:<br /><br /><strong>Thomas Hobbes</strong> (1588-1679) propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. Sin embargo, según Hobbes, a través del pacto los ciudadanos, en nombre de la seguridad, han de renunciar a su capacidad de autogobierno, ya que la libertad es considerada el origen del caos, debido a la maldad innata que se atribuye al ser humano. Según Hobbes, el hombre, en estado de naturaleza, es un lobo para el hombre: "Homo homini lupus". Hobbes sólo reconoce a los ciudadanos el derecho a la seguridad, que ha de garantizar el Estado, y el derecho a la desobediencia, sólo ejercible cuando el Estado no garantiza esta seguridad a los ciudadanos.<br /><br /><strong>John Locke</strong> (1632-1704), es otra figura capital de ese siglo. Considerado el padre del liberalismo moderno, propuso que la soberanía emanaba del pueblo y pese a aceptar la visión contractualista de Hobbes, consideraba que los ciudadanos poseen unos derechos a los que no pueden renunciar. Mientras que la teoría de Hobbes pretendía reforzar el papel del Estado, Locke tendía a disminuirlo mediante dos recursos: el refuerzo de los derechos individuales y el establecimiento de la separación de los poderes legislativo y judicial (anticipándose en esto a Montesquieu).<br /><br />Pero la idea de fundamentar el Estado en un contrato de hecho no era nueva, ya existían precedentes en el mundo griego y romano, mientras que el derecho a la rebelión, incluso al tiranicidio, se había contemplado en distintas culturas y momentos históricos, como justa medida extrema en el caso de abusos manifiestos por parte de la autoridad. La novedad ahora consiste en la determinación del tipo de contrato concreto que acabará justificando la existencia de una sociedad y un poder determinados: es decir, cuales son las partes contratantes y cuales son los derechos y poderes específicos que se intercambian en el contrato cada una de las partes. Y por consiguiente, las características del poder resultante: despótico según el pacto de sumisión de Hobbes, liberal según las ideas de Locke, democrático según Rousseau.<br /><br />Las ideas de Locke ejercieron una gran influencia en la redacción de las grandes declaraciones de derechos humanos de finales del siglo XVIII. La otra gran influencia fue la de la Ilustración y las ideas democráticas de Rousseau.<br /><br /><strong>Las primeras grandes declaraciones se produjeron en las colonias inglesas de Norteamérica, impulsadas por sus conflictos con la corona inglesa:<br /></strong><br />El 12 de junio de 1776 Virginia proclamó su Declaración de Derechos.<br />El 4 de julio de 1776 tiene lugar la Declaración de Independencia de los Estados Unidos.<br />Durante este año y los posteriores, las trece colonias de la inicial Confederación hacen también declaraciones de derechos parecidas a la de Virginia.<br /><br />La Declaración de Independencia, redactada por Thomas Jefferson, proclamaba lo siguiente:<br />"Sostenemos como verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales, que están dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad..."<br /><br />No obstante, el contenido de la Declaración de Independencia consiste en una enumeración de las competencias de los estados independizados y sus relaciones federales, pero no contiene una declaración de derechos de las personas. No será hasta 1791, con las diez primeras enmiendas, conocidas como la Carta de Derechos (Bill of Rights), cuando se establece que el Congreso no puede limitar determinados derechos individuales: la libertad de expresión, de asamblea, de culto religioso, de formular peticiones al gobierno en caso de agravios, a no padecer castigos crueles, a no sufrir investigaciones e incautaciones irrazonables, a tener garantizados procesos justos, rápidos y con un jurado imparcial.<br /><br />En Europa, en los tiempos agitados de la Revolución Francesa, en 1789 se proclama en París la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. La Declaración otorgaba a los individuos, como en el caso de las diez primeras enmiendas americanas, algunos derechos completamente actuales: la presunción de inocencia, la libertad de opinión y de religión, la libertad de expresión y el derecho a la propiedad. También recogía principios fundamentales de orden político: el derecho a la resistencia contra la opresión, el sistema de gobierno representativo, la primacía de la ley y la separación de poderes.<br /><br />Pero además de paralelismos, entre las declaraciones americanas y francesa también hay algunas diferencias:<br /><br />"La Declaración francesa expresa de manera mucho más rotunda y amplia no sólo los principales derechos, sino también los valores de libertad e igualdad y los principios políticos de soberanía nacional, la ley como expresión de la voluntad general y la división de poderes (...) La revolución francesa se efectuaba contra unas estructuras feudales y una monarquía absolutista. La americana no pretendía el cambio de estructuras sociales, sino, al contrario, una consolidación y un desarrollo de las existentes; simplemente exigía el fin de la dependencia inglesa." Francesc de Carreras. 200 anys de drets humans. Parlament de Catalunya. 1989<br /><br /><br />Durante la redacción de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano surgió también el dilema relativo a la inclusión en ella de una relación complementaria de deberes. Finalmente se decidió por mayoría redactar una declaración sólo de derechos. El resultado de la votación, a favor los representantes liberales y en contra los monárquicos, era ilustrativo de los intereses que estaban en juego, en la medida que los segundos, durante el proceso político que se estaba llevando a cabo, en todo momento intentaban preservar los privilegios del Antiguo Régimen. El debate acerca de la oportunidad de detallar también los deberes al elaborar declaraciones de derechos se reproducirá en otros momentos históricos, por ejemplo durante la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.<br /><br />A la Declaración francesa de 1789, le siguió en 1793 una segunda más radical (tras el destronamiento del rey y la proclamación de la República, con la llegada de Robespierre y los Jacobinos al poder). Enunciaba algunos nuevos derechos, como el derecho a la asistencia, el derecho al trabajo y el derecho a la instrucción. En 1795, a raíz de la caída de Robespierre, se proclamó una tercera Declaración, más restrictiva que las dos anteriores y de la que, entre otras cosas, se habían suprimido todos los nuevos derechos de la Declaración de 1793.<br /><br />Las declaraciones americanas y francesa suponen un hito fundamental en la historia de los derechos humanos. Al margen de sus diferencias, los derechos del individuo son proclamados de forma concreta por primera vez, y la proclamación de la "libertad, igualdad y fraternidad" de los seres humanos se acompaña con la afirmación de la separación de los poderes legislativo y ejecutivo, la primacía del poder del pueblo y de sus representantes y la subordinación del poder militar al poder civil.<br /><br />Al afirmar que la autoridad legítima del Estado dimana directamente y solamente de la voluntad de los ciudadanos (ni de una divinidad, ni de un rey, ni de ningún otro estamento social), quedan enterrados los últimos restos del feudalismo que habían sobrevivido durante el Antiguo Régimen.<br /><br />Estas Declaraciones serán la referencia en la que se mirarán posteriores reformas de otros países, así como las distintas iniciativas en materia de derechos humanos que irán surgiendo. Hasta el punto que un siglo y medio más tarde la Declaración Universal de los Derechos Humanos se inicia de la misma forma que la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesa:<br /><br />Para alcanzar estos objetivos, así como durante el siglo XVII en Inglaterra fueron fundamentales las ideas de Thomas Hobbes y John Locke, durante el siglo XVIII en Francia fue determinante la Ilustración, con la Enciclopedia como formidable medio de difusión de las nuevas ideas, entre las que hay que destacar las de Charles Montesquieu, Jean-Jacques Rousseau y Voltaire.<br /><br /><strong>Charles Montesquieu</strong> (1689-1755), criticó severamente los abusos de la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la época, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos, acabando teóricamente con la concentración del poder en una misma persona y los inherentes abusos y atropellos que históricamente había producido el ilimitado poder del monarca sobre sus súbditos.<br /><br /><strong>Jean-Jacques Rousseau</strong> (1712-1778), denunció vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época, propugnó la idea de una sociedad basada en igualdad absoluta, en la que cada miembro, a la par que se somete a las decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad general constituye la Ley. Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboración del concepto de los derechos humanos al plantear la necesidad de la existencia de una igualdad entre los hombres, quienes deben someter su voluntad individual a la voluntad del colectivo, con el objeto de alcanzar el bienestar para todos. Su idea de la democracia directa, no representativa, era de difícil aplicación práctica, pero no obstante ejerció una gran influencia en las reflexiones políticas que se harán a partir de entonces.<br /><br /><strong>Voltaire</strong> (1694-1778), creía que todas las personas tenían un sentimiento innato de la justicia, y que este tenía que reflejarse en las leyes de todas las sociedades. Según él, la vida en común exige una convención, un pacto social para preservar el interés individual. El instinto y la razón del individuo le lleva a respetar y promover este pacto, y el propósito de la moral es enseñar los principios de esta convivencia fructífera.<br /><br />Pero Voltaire es también un ejemplo de las contradicciones que han albergado algunos grandes pensadores y defensores de los derechos de las personas. Con relación a la esclavitud, mantuvo la postura de la antigüedad según la cual el mal no era la esclavitud en si sino el maltrato que se daba a los esclavos.<br /><br />"No compramos esclavos domésticos sino donde los negros. Se nos reprocha este comercio: un pueblo que trafica sus hijos es aún más condenable que el comprador. Este negocio demuestra nuestra superioridad; lo que nos da una maestría para tenerlos."<br /><br />Ensayos sobre las costumbres y el espíritu de las naciones<br />Con relación a la esclavitud, el caso de Voltaire no es ninguna excepción. Por ejemplo, el brillante librepensador y defensor de los derechos de los ciudadanos John Locke tenía acciones en una compañía que, entre otras actividades se dedicaba también a la trata de esclavos. O, en otro orden de cosas, la defensa por parte de Rousseau de la educación infantil para él era compatible con una subvaloración de las niñas, que consideraba que debían educarse en función de lo que se esperaba más tarde de ellas como mujeres adultas: estar al servicio de las necesidades de los hombres.<br /><br /><strong>Otros personajes fundamentales del siglo XVIII son Cesare Beccaria e Immanuel Kant.<br /><br />Cesare Beccaria</strong> (1735-1794) fue un filósofo, jurista y economista italiano. En el contexto de una Europa en la que todos los países aplicaban la pena de muerte para múltiples delitos, publicó el "Tratado de los delitos y las penas", en el que se pronunciaba abiertamente en contra de la pena de muerte. La obra, en la que también criticaba la utilización de la tortura judicial, tuvo una gran influencia en los distintos países europeos.<br /><br /><strong>Immanuel Kant</strong> (1724-1804) fue un filósofo alemán que, a diferencia de la mayoría de los filósofos de la Ilustración, que tuvieron un papel relevante como activistas sociales, se dedicó estrictamente a la reflexión filosófica. No obstante, su aportación al progreso de la causa de los derechos humanos es fundamental. Se caracterizó por la búsqueda de una ética basada en la razón y con el carácter de universalidad que posee la ciencia. Definió la razón teórica como aquella que formula juicios (la razón propia de los sistemas éticos anteriores a él), frente a la razón práctica, que formula imperativos. Su visión ética universal la concretó en lo que llamó Imperativo Categórico: "Obra sólo según una máxima tal que puedas querer al mismo tiempo que esta máxima se torne en ley universal". De hecho, el Imperativo Categórico es una actualización, racionalizada filosóficamente, de la antigua Regla de Oro presente en muchas culturas. "Trata a los demás como te gustaría que te trataran a ti".<br /><br />Otra de las formulaciones del Imperativo Categórico kantiano es la siguiente: "Obra de tal modo que te relaciones con la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin, y nunca sólo como un medio". Para Kant todo ser humano tiene un valor absoluto y no puede ser relativizado (no puede ser utilizado, ya que es un fin en sí mismo), una idea que condensaba así: "El ser humano no tiene precio, tiene dignidad".<br /><br />La consecuencia a nivel político de la propuesta kantiana es la tolerancia, el respeto a las ideas ajenas y la democracia como sistema político. Por ello, cuando se pretende fundamentar filosóficamente los principios rectores de los derechos humanos, hay que recurrir al pensamiento kantiano. Además, en una de sus últimas obras (La paz perpetua, 1795), Kant propone ya una Federación de Estados Libres, unidos mediante un Convenio cuyo objetivo sería la prevención de la guerra, avanzando así la idea de lo que, 125 años después, tras la Primera Guerra Mundial, se concretaría en la creación de la Sociedad de Naciones (y posteriormente, tras la Segunda Guerra Mundial, en las Naciones Unidas).<br /><br />El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes, pero al mismo tiempo anclado todavía en costumbres y concepciones atávicas, en la medida que las grandes declaraciones americanas y francesa frecuentemente eran compatibles con la existencia de la esclavitud (su abolición se llevará a cabo durante el siglo siguiente) o la discriminación de las mujeres.<br /><br />En cuanto a la denuncia de la discriminación de las mujeres, hay que resaltar las aportaciones de Olimpia de Gouges en Francia (autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, 1791) y Mary Wollstonecraft en Inglaterra (autora de la Vindicación de los Derechos de la Mujer, 1792).<br /><p><br />Más información sobre Olimpia de Gouges y Mary Wollstonecraft en el apartado La otra media humanidad.<br /><br />Como algo característico del siglo XVIII, aunque se puede extrapolar a prácticamente toda la historia de los derechos humanos, podemos resaltar lo siguiente: cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que considera que le pertenece y que no se le reconoce.<br /><br />El siglo XIX es un siglo de avances y retrocesos. En conjunto, es un siglo de lenta consolidación de los ideales proclamados por la Revolución Francesa. Los principales aspectos a resaltar son los siguientes:<br />La abolición de la esclavitud.<br />El inicio de la reivindicación de los derechos sociales.<br />La extensión del sufragio.<br />La influencia del liberalismo.<br />El establecimiento de las primeras normas de Derecho Internacional Humanitario.<br />El inicio de la reivindicación de los derechos de las mujeres (consultar el apartado La otra media humanidad.<br /><br />La abolición de la esclavitud<br /><br />Durante el siglo XIX la esclavitud fue abolida de forma progresiva en los distintos estados europeos y americanos, primero prohibiendo la trata de esclavos y luego la esclavitud misma. Su abolición fue el resultado en Europa y América de un intenso debate entre los esclavistas y los abolicionistas, con un protagonismo especial entre los segundos de los cuáqueros, una comunidad religiosa fundada en Inglaterra por George Fox (1624-1691), caracterizada por su pacifismo e impulsora de las sociedades antiesclavistas inglesas y americanas.<br /><br />La esclavitud se prohibió en Inglaterra en 1772. El primer documento contrario a la esclavitud en los Estados Unidos fue, en 1777, la Constitución de Vermont (la esclavitud no fue abolida definitivamente de los Estados Unidos hasta 1865, con la Decimotercera Enmienda de la Constitución, al finalizar la Guerra de Secesión que enfrentó a los estados esclavistas del sur con los antiesclavistas del norte). Francia abolió la esclavitud en 1794 (fue restablecida por Napoleón en 1802, y definitivamente abolida de las colonias en 1848).<br /><br />"La Convención declara la esclavitud de los negros abolida en todas sus colonias; en consecuencia, decreta que todos los hombres sin distinción de color, domiciliados en las colonias, son ciudadanos franceses y gozaran de todos los derechos asegurados por la Constitución."<br /><br />Abolición de la esclavitud en las Antillas por la Convención Francesa, 1794<br />En España, se abolió en 1814, aunque se permitió que continuara en las colonias (concretamente en Cuba, hasta 1880). La trata de esclavos había sido en España un comercio floreciente, incluso estimulado por la Corona:<br /><br />"1.- Todo Vasallo mío, avecindado, o residente en España, o Indias, podrá pasar en embarcación propia, o fletada de su cuenta a comprar Negros a cualquier paraje donde haya mercado, o repuesto de ellos (...) 6.- Los Negros han de ser de buenas castas, la tercera parte a lo más de hembras, y las otras dos varones; y no se permitirá la entrada, y venta de los que sean inútiles, contagiados, o que padezcan enfermedades habituales, obligando a los que lleven alguno, o algunos de esta clase a que los vuelvan a extraer. 7.- Se gratificará por las Reales Cajas a razón de cuatro pesos por cada Negro a los Españoles que los introduzcan de buena calidad en los citados Puertos de su cuenta en embarcaciones Nacionales, para que sirvan de estímulo este comercio, y proporcionar por este medio la abundancia."<br /><br />Uno de los más apasionados abolicionistas españoles fue Emilio Castelar (defensor también de la libertad religiosa y la separación entre la Iglesia y el Estado). Diez años antes de la abolición de la esclavitud en Cuba, se expresaba así en un discurso como diputado:<br /><br />"¿Creéis que hay en el mundo algo más horrible, algo más espantoso, más abominable que el negrero? El monstruo marino que pasa bajo la quilla de su barco, el tiburón que le sigue husmeando la carne, tiene más conciencia que aquel hombre. Llega a la costa, coge su alijo, lo encierra, aglomerándolo, embutiéndolo en el vientre de aquel horroroso barco, ataúd flotante de gentes vivas. Cuando un crucero le persigue, aligera su carga, arrojando la mitad al océano. Bajo los chasquidos del látigo se unen los ayes de las almas con las inmundicias de los cuerpos. El negrero les muerde las carnes con la fusta, y el recuerdo de la patria ausente, la nostalgia, les muerde con el dolor de los corazones. Señores diputados: ¿Y aún temeréis que nuestras leyes perturben las digestiones de los negreros, cuando tantos crímenes no han perturbado sus conciencias?"<br /><br />La abolición de la esclavitud. Emilio Castelar 20 de junio de 1870<br /><br />A finales del siglo XIX la esclavitud había sido abolida de Europa y América, mientras que en países de África y Asia seguía existiendo (fue abolida de Afganistán en 1923, de Irak en 1924, de Nepal en 1926, de Persia en 1929, de Bahreim en 1937... el último país en abolirla oficialmente fue Mauritania, en 1980).<br /><br />El inicio de la reivindicación de los derechos sociales<br /><br />El siglo XIX es el siglo de la Revolución Industrial, de las reivindicaciones proletarias y de la conquista del reconocimiento del derecho de asociación. Aparecen nuevas teorías sociales: el socialismo utópico, el socialismo científico (marxismo) y el anarquismo. Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia y organizada.<br /><br />Karl Marx (1818-1883) es un referente imprescindible para entender la evolución de los derechos económicos y sociales a partir de finales del siglo XIX. Pensaba que el sistema económico dominante en cada época histórica, a través del cual se satisfacen las necesidades vitales de los individuos, determina la estructura social, política e intelectual de cada periodo. Afirmaba que la historia de la sociedad es la historia de las luchas entre los explotadores y los explotados, es decir, entre la clase social gobernante y las clases sociales oprimidas. Partiendo de estas premisas, en el "Manifiesto Comunista" (1848, escrito en colaboración con Engels) decía que la clase capitalista sería derrocada y suprimida por una revolución mundial de la clase obrera que culminaría con el establecimiento de una sociedad sin clases. Sus ideas filosóficas tuvieron una gran influencia, dando lugar posteriormente a las revoluciones socialistas de principios del siglo XX, y a que dentro de las sociedades capitalistas los derechos económicos y sociales cobrarán progresivamente mayor importancia.<br /><br />La extensión del sufragio<br /><br />Cuando a finales del siglo XVIII se proclaman las grandes declaraciones de derechos, primero en las colonias americanas y poco después en Francia, el derecho al voto es uno de los derechos que se recogen. No obstante, distaba mucho de ser un sufragio universal, ya que estaba claramente restringido, limitado al cumplimiento de distintos requisitos, como el nivel de instrucción, de renta o la clase social: los analfabetos, los pobres y los esclavos no podían votar. También estaban excluidas todas las mujeres, en la medida que eran consideradas intelectualmente incapaces y sin criterio. Por todo ello, al final la proporción de votantes era ínfima, con relación a la población total.<br /><br />Durante el siglo XIX, al incorporarse el derecho al voto a los nuevos ordenamientos legales, inicialmente se adopta con todas estas restricciones, como en el caso de Brasil que nos describe Eduardo Galeano:<br /><br />"En 1889 murió la democracia en Brasil. Esa mañana, los políticos monárquicos despertaron siendo republicanos. Un par de años después se promulgó la Constitución que implantó el voto universal. Todos podían votar, menos los analfabetos y las mujeres. Como casi todos los brasileños eran analfabetos o mujeres, casi nadie votó. En esa primera elección democrática, 98 de cada 100 brasileños no acudieron al llamado de las urnas."<br /><br />La democracia. "Espejos. Una historia casi universal". Editorial Siglo XXI.<br /><br /><br />Durante la segunda mitad del siglo XIX, la extensión del sufragio se reivindicará a través de vías distintas:<br /></p><p>-Las sufragistas americanas e inglesas inician la reclamación del derecho al voto de las mujeres.<br />-El auge del movimiento socialista impulsa entre otras reivindicaciones la del sufragio universal (incidiendo más en el aspecto de clase que en el de sexo).<br />-El liberalismo, representado por John Stuart Mill, aboga tanto por la extensión del sufragio a las mujeres como por la eliminación del sufragio censitario (condicionado a determinados requisitos patrimoniales, educativos o sociales).<br />Otro de los factores que ha condicionado históricamente el número de votantes ha sido la edad mínima requerida para poder votar (en general, 25 años o más a finales del siglo XIX y principios del XX, para el sufragio masculino).<br />En todos los frentes, el avance será lento. Como norma, se conseguirá primero el sufragio universal masculino (superando las limitaciones censitarias), y más tarde el sufragio femenino. A continuación se adjuntan algunos ejemplos del entorno europeo:<br /><br /><br /><strong>El liberalismo</strong><br /><br />Desde otra perspectiva, el liberalismo y el romanticismo de este siglo tienen un peso específico en el fortalecimiento de la libertad de los individuos, y en que las constituciones nacionales que se van creando la tengan en cuenta. En este ámbito, es fundamental la figura del filósofo, político y economista inglés John Stuart Mill (1806-1873). En su libro "Sobre la libertad", reflexionó acerca de la naturaleza y los límites del poder que puede ser legítimamente ejercido por la sociedad sobre el individuo, argumentando que toda persona debería ser libre para realizar las conductas que desee siempre y cuando no dañe a los demás. Fue un defensor de la libertad de expresión y, como miembro del parlamento británico, propuso varias reformas del sistema electoral, especialmente sobre las cuestiones de la representación proporcional y la extensión del sufragio.<br /><br /><br /><strong><span style="color:#009900;">El Derecho Internacional Humanitario</span></strong><br /><br />El siglo XIX es también el del inicio del Derecho Internacional Humanitario, es decir, las distintas normas, en su mayoría reflejadas en las Convenciones de Ginebra, que tienen como objetivo evitar o limitar el sufrimiento humano en tiempos de conflictos armados.<br /><br /><strong><span style="color:#33cc00;">Jean Henri Dunant promovió en 1863 la creación del Comité Internacional de la Cruz Roja, con la misión exclusivamente humanitaria de proteger la vida y la dignidad de las víctimas de la guerra, así como de prestarles asistencia. Al año siguiente, en 1864, basándose en las ideas de Dunant, se firmó la Primera Convención de Ginebra, destinada a regular la asistencia a los militares heridos durante los conflictos bélicos. Posteriormente, en 1906, 1929 y 1949 se firmaron sucesivamente la Segunda, Tercera y Cuarta Convenciones de Ginebra.</span></strong><br /><br />Con relación a la ampliación progresiva a lo largo del tiempo del catálogo de derechos humanos, el siglo XX es el de la consolidación de los derechos económicos y sociales. El derecho al trabajo, a sus frutos, y a la seguridad social pasan a ser las nuevas exigencias y se reclama su protección. Dentro de distintos entornos culturales y regímenes políticos, se irán interiorizando estas demandas, y ya a principios de siglo ven su consagración jurídica al ser recogidas en algunas constituciones y documentos:<br />-La Constitución de México de 1917 (fruto de la revolución mexicana), trataba de conciliar los derechos civiles y políticos con los emergentes derechos económicos y sociales.<br />-La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado de 1918, redactada por los revolucionarios rusos e incorporada a la nueva Constitución Soviética, priorizaba los derechos económicos y sociales.<br />-La Constitución de Weimar de 1919 proclamaba derechos sociales de la ciudadanía alemana, como la protección a la familia, el derecho a la educación y al trabajo.<br /><br />La Revolución Rusa dio lugar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Frente a los derechos civiles y políticos (también llamados de "primera generación") considerados fundamentales y prioritarios desde las declaraciones de derechos americanas y francesa, el socialismo marxista planteó una jerarquización inversa de los derechos, poniendo en primer lugar los derechos económicos, sociales y culturales, argumentando que sólo impulsando estos era posible hacer efectivos los otros. Las distintas vías, desde la revolución radical hasta el reformismo interno, irán difundiendo la necesidad y la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, pasando a ser considerados, con el tiempo, definitivamente inseparables y complementarios de los derechos civiles y políticos.<br /><br />Un año antes de la Constitución de Weimar había finalizado la Primera Guerra Mundial (1914-1918), desencadenada a causa de los proyectos expansionistas y colonialistas de los países implicados. Extendida por más de medio mundo, se convirtió en el conflicto más sangriento de la historia hasta entonces.<br /><br />Acabada la guerra se creó la Sociedad de Naciones, con el objetivo de fomentar una política mundial de desarme y seguridad colectiva. Hizo obligatorio para los países miembros el recurso al arbitraje en caso de conflicto, e intervino en distintos contenciosos. No obstante, depués de 1935 la Sociedad de Naciones no fue considerada como una amenaza por parte de los proyectos expansionistas de Alemania, Italia (que había ignorado las reprobaciones de la Sociedad a raíz de la invasión de Abisinia) y Japón (que también había ignorado la orden de retirarse de la Manchuria China).<br /><br />Al margen de su labor de arbitraje, la Sociedad de Naciones se distinguió por la creación en 1921 de la Corte Permanente de Justicia Internacional (el precedente del actual Tribunal Penal Internacional de la Haya, establecido en 1998), la firma del Convenio Internacional para la Supresión de la Esclavitud (firmado en 1926 y completado y ratificado por las Naciones Unidas en 1956) y la creación de la Organización Internacional del Trabajo.<br /><br />Tras la Primera Guerra Mundial, las democracias liberales perdieron credibilidad mientras que al mismo tiempo medraban, en el ambiente de descontento, movimientos de extrema derecha y de extrema izquierda. En este contexto se afianzan los dos totalitarismos más devastadores del siglo XX, el comunismo y el nazismo. Ambos partían de las mismas premisas: la liquidación del pluralismo, la implantación de la ideología oficial del Estado, el culto al líder y la obediencia ciega. Sus consecuencias fueron comparables: el terrorismo estatal y millones de víctimas. En la Unión Soviética, a partir de 1924 Stalin inició la eliminación de toda oposición, convirtiéndose en dictador absoluto (adoptando un modelo de comunismo muy alejado de las ideas de Marx i Engels). En Alemania, Hitler accedió al poder en 1933 por la vía democrática, introduciendo luego medidas cada vez mas totalitarias y racistas, unas medidas anunciadas ya anteriormente en su obra Mein Kampf (1926):<br /><br />"La mezcla de la sangre y, por lo tanto, la decadencia racial, son las únicas causas de la desaparición de las viejas culturas, ya que los pueblos no mueren como consecuencia de las guerras perdidas sino por la anulación de aquella fuerza de resistencia que sólo es propia de la sangre incontaminada."<br />"El principio de organización constructiva de la raza aria ha sido sustituido por el principio destructor que vive en el judío, convertido así en el 'fermento de descomposición' de pueblos y razas y, en un sentido más amplio, en el factor de disolución de la cultura humana."<br /><br />En 1939, con la invasión de Polonia por las tropas de Hitler, empezó la Segunda Guerra Mundial. Al finalizar, en 1945, el balance era desolador: cincuenta millones de muertos (de ellos treinta millones de civiles), dos explosiones nucleares dirigidas contra la población civil (Hiroshima y Nagasaki), deportaciones masivas, el exterminio metódico y sistemático en los campos de exterminio nazis de judíos, gitanos, homosexuales y otras minorías étnicas, la esclavitud sexual de mujeres promovida por el ejército japonés, ciudades enteras demolidas, países arrasados, etc.<br /><br />En los Juicios de Núremberg y los Juicios de Tokio los vencedores juzgaron a los máximos responsables alemanes y japoneses. Se les acusaba de haber cometido crímenes contra la paz (violaciones de tratados internacionales y actos de agresión injustificada contra otras naciones), crímenes contra la humanidad (planificación y participación en exterminios y genocidios) y crímenes de guerra (violación de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra). El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Tokio como en Núremberg significaron el establecimiento, a partir de entonces (ya que con anterioridad no existían), de reglas básicas de persecución de criminales de guerra así como la tipificación de los delitos correspondientes.<br /><br />Pero lo que no se juzgó en ningún caso fueron las violaciones de derechos humanos cometidas por los países aliados, que también se produjeron. Por ejemplo, la agresión a Polonia por parte de la Unión Soviética, los bombardeos aliados de civiles tanto sobre Alemania como sobre Japón, o las represalias y las violaciones sobre la población alemana cometidas por el ejercito soviético durante la ocupación final de Alemania. Según los criterios usados durante los juicios de Núremberg y Tokio, estos también fueron crímenes contra la humanidad, pero sus responsables no fueron encausados.<br /><br />La Segunda Guerra Mundial finalizó en 1945. Alemania se rindió en mayo, Japón en agosto tras el lanzamiento de las bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki. Dos meses más tarde, el 24 de octubre, fue fundada oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el estallido de la Segunda Guerra Mundial.<br /><br />A los 51 estados miembros iniciales en los años sucesivos se les fueron añadiendo nuevos estados, tal como contemplaba el Artículo 4 de la Carta:<br /><br />"Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad."<br />España fue admitida en 1955. En la actualidad (2006) los estados miembros son 192.<br /><br />Los horrores de la guerra y los juicios de Núremberg y Tokio mostraban la necesidad de regular de forma precisa el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles eran. Uno de los primeros trabajos de las Naciones Unidas fue la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto cuya redacción estuvo sujeta a muchas discusiones, ya que las posturas de las distintas naciones no eran coincidentes acerca de sus contenidos. No obstante, finalmente fue aprobada el 10 de diciembre de 1948. Con la aprobación de la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.<br /><br />Con el paso de los años, la Declaración Universal, que como tal no es de carácter vinculante, se ha ido completando con otros documentos de las Naciones Unidas: convenios, convenciones y pactos, estos sí vinculantes, que van desarrollando, y en algunos casos ampliando, los contenidos de la Declaración Universal.<br /><br />Algunos de estos documentos son los siguientes:<br /><br />Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1948, entrada en vigor en 1951)<br />Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966, entrada en vigor en 1976)<br />Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966, entrada en vigor en 1976)<br />Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979, entrada en vigor en 1981)<br />Convención sobre los derechos del niño (1989, entrada en vigor en 1990)<br /><br />Si es verdad que la historia, como en ocasiones se ha dicho, no es más que una sucesión de crímenes, el siglo más representativo de esta vertiente homicida de la humanidad sería el siglo XX: dos guerras mundiales, innumerables guerras regionales, guerras civiles, sangrantes revoluciones, los campos de exterminio nazis, los campos de internamiento de las dictaduras socialistas, las represiones de las dictaduras militares hispanoamericanas, los violaciones de los derechos humanos cometidas por los regímenes dictatoriales africanos...<br /><br />Pero esta perspectiva, sin matices que la acompañe, es parcial, ya que la historia de la humanidad también es, paralelamente, una sucesión de intentos de construcción de formas y normas de organización social tendentes a evitar las agresiones a los derechos de las personas. Y el siglo XX posiblemente también sea el más ilustrativo de este aspecto ético de la humanidad.<br /><br />Los horrores de la Segunda Guerra Mundial y el deseo de que estos horrores no se repitieran condujeron al establecimiento de las Naciones Unidas y a la redacción de múltiples documentos sobre derechos humanos. Desde la sociedad civil es reveladora también la eclosión de organizaciones de defensa de los derechos humanos, tanto desde el trabajo de denuncia (Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Save the Children, etc.), como desde el trabajo de promoción y colaboración (Intermón, Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.).<br /><br />Pero tampoco hay que olvidar que ninguna conquista alcanzada es una garantía de cara al futuro: casos como los genocidios cometidos durante la guerra de Bosnia-Herzegovina (1992-1995), o el genocidio de Ruanda de 1994 (por citar sólo los más llamativos, ya que una lista exhaustiva que recogiera todos los conflictos nacionales o regionales en los que se han violado de forma masiva los derechos humanos sería excesivamente larga), muestran la fragilidad de los logros conseguidos.<br /><br />Para juzgar las violaciones de derechos humanos que se cometieron en Bosnia-Herzegovina y Ruanda se crearon sendos Tribunales Penales Internacionales con jurisdicción sobre cada uno de los países. Posteriormente, culminando una antigua aspiración de la comunidad internacional, en la Conferencia de Roma de 1998, se creó el Tribunal Penal Internacional, de carácter permanente, el cual entró en vigor en 2002, al sumar las necesarias ratificaciones estatales (España lo ratifico en el 2000). El Tribunal tiene por objeto ser un instrumento capaz de asumir la defensa jurídica de las víctimas de violaciones de derechos humanos en cualquier parte del mundo y, especialmente, en los casos de crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad.<br /><br />Al iniciarse el siglo XXI, además de distintos conflictos bélicos y su larga secuela de violaciones de derechos humanos, siguen persistiendo otras muchas violaciones de derechos humanos, en general arrastradas desde los tiempos más remotos:<br /><br />--El azote del hambre padecido por millones de personas, en un mundo globalizado y con los recursos necesarios para alimentar toda la humanidad.<br />--La falta de acceso a la sanidad y a la educación de una parte considerable de la humanidad.<br />--La persistencia de la esclavitud, en su forma más tradicional circunscrita a casos muy concretos, pero diseminada por todo el mundo bajo nuevas formas de servidumbre (prostitución forzada, trabajo esclavo infantil, etc.).<br />--La persistencia de la tortura (incluso en ocasiones la reivindicación de su legalización) a socaire de la nueva lucha antiterrorista.<br />--La misoginia y la homofobia, cobijada en prejuicios ancestrales y alentada en ocasiones por algunas interpretaciones religiosas.<br />--El racismo y la xenofobia, alentado por los prejuicios o la defensa de privilegios de sectores sociales de las zonas más prósperas a las que intenta acceder la población de algunas zonas depauperadas y sin recursos.<br /><br />La lista tampoco es exhaustiva. A ella, además, habría que añadir las tensiones y conflictos relacionados con los llamados derechos de tercera generación, de modo especial el derecho a un medio ambiente saludable y sostenible, una nueva y urgente preocupación luego que, tras constatar durante el siglo XX los efectos sobre la salud de según qué prácticas industriales altamente contaminantes, ya en el siglo XXI cada vez es más indiscutible la incidencia del comportamiento humano sobre el clima terrestre, con los peligros que ello conlleva. </p>cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-5232268436350561900.post-4576958671895029362008-10-26T19:33:00.000-07:002008-10-26T19:48:26.888-07:00Los Derechos Economicos Sociales y CulturalesMe interesa generar un debate sobre la importancia teorica de los DESC. Nuestros paises suramericanos dependen de ampliación del margen de libertad, si y solo si los gobiernos pueden garantizar la utilización de recursos a estos derechos encontraremos politicas de calidad y una salida del subdesarrollo.<br /><br />La división entre las diferentes categorías de derechos humanos – derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales – no implica de ninguna manera que una categoría sea más importante que otra. En efecto, en el preámbulo de los dos Pactos de 1966, se afirma que todos los derechos humanos están interrelacionados, y son indivisibles, interdependientes e igualmente importantes.<br /><br />Los derechos humanos pueden encontrarse en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (aprobada en 1948). También se incluyen en dos instrumentos legales internacionales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP, aprobado en 1966) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC, aprobado en 1966).<br /><br /><br />El <a style="POSITION: relative" onclick="window.event.cancelBubble=" href="http://portal.unesco.org/shs/es/ev.php-URL_ID=7205&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html" target="_parent">PIDCP</a> cita un sinnúmero de derechos civiles y políticos o de “libertades clásicas”, por ejemplo el derecho a la vida, el derecho al debido proceso, libertad de opinión y de expresión, libertad de pensamiento y de religión, libertad de asociación, que están en teoría garantizados automáticamente por los Estados.<br /><br /><br />El <a style="POSITION: relative" onclick="window.event.cancelBubble=" href="http://portal.unesco.org/shs/es/ev.php-URL_ID=7206&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html" target="_parent">PIDESC</a> contiene la lista y desarrolla los derechos económicos, sociales y culturales, como por ejemplo el derecho al trabajo, el derecho a la salud, el derecho a la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado, que deben ser reconocidos por los Estados. Estos derechos requieren un rol pro activo de los Estados en materia de financiación y de recursos materiales.<br /><br /><br />Puesto que estos recursos no son necesariamente y directamente asequibles, la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales sólo puede llevarse a cabo de manera progresiva. Las provisiones del PIDESC fueron formuladas de una manera programática. Así, los Estados deben promocionar estos derechos y a la vez tener en cuenta las circunstancias nacionales.<br /><br /><br />Sin embargo, la práctica muestra que las diferentes categorías de derechos humanos no se han desarrollado de igual manera. Comparado a los derechos civiles y políticos, las categorías de derechos económicos, sociales y culturales están menos desarrolladas. Esto se debe en parte a que los derechos económicos, sociales y culturales se han considerado durante mucho tiempo como ‘derechos secundarios’ comparado con los derechos civiles y políticos.<br /><br /><br />DESC : Son atributos y garantías que corresponden al ser humano o a las personas, al margen y por encima de las leyes, los cuales por lo menos deben ser reconocidos y protegidos.<br />Este reconocimiento se ha establecido universalmente a través de distintos instrumentos: convenciones, conferencias, declaraciones, pactos y protocolos que obligan a los Estados a protegerlos y materializarlos.<br /><br /><br />Los derechos considerados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado en diciembre de 1966 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, son:<br /><br />• El derecho a la libre determinación de los pueblos<br />• La obligación de no discriminación<br />• El derecho a la igualdad entre hombres y mujeres en el gozo de los DESC<br /><br /><br />El derecho a un trabajo libremente escogido y aceptado<br />El derecho al goce de condiciones de trabajo justas, equitativas y satisfactorias<br />El derecho a la libre sindicación<br />El derecho a la seguridad social<br />El derecho a la más amplia protección y asistencia posible a la familia<br />El derecho a un nivel adecuado para si y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuadas y a una mejora continua de las condiciones de existencia<br />El derecho al más alto nivel posible de salud física, mental y social<br />El derecho a la educación<br />El derecho a los beneficios de la cultura y del progreso científico y tecnológico<br /><br /><br />Dentro del marco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el llamado Protocolo de San Salvador –aprobado en noviembre de 1998– recoge los contenidos principales del PIDESC y los amplía para la región de América Latina y el Caribe, agregando a los anteriores los siguientes derechos:<br /><br /><br />• El derecho a un medio ambiente sano<br />• Los derechos de la niñez<br />• Los derechos de protección de los ancianos<br />• Los derechos de protección de los minusválidos<br /><br /><br />Las obligaciones de los Estados son:<br />Respetar. El Estado no debe interferir en la libertad de acción y uso de los recursos propios de cada individuo y de las colectividades.<br />Proteger. El Estado debe otorgar garantías para prevenir que los derechos sean violados o restringidos por la acción de terceros.<br />Satisfacer. El Estado tiene la obligación de asegurar de manera plena el disfrute de los derechos y debe adoptar las medidas necesarias para garantizar a todas las personas que se encuentran bajo su jurisdicción la oportunidad de satisfacer adecuadamente las necesidades reconocidas en los instrumentos de derechos humanos, que no pueden alcanzar mediante el esfuerzo personal.<br /><br /><br />- Indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos<br />- Reconocimiento de democracia, desarrollo y derechos humanos<br />- Niveles de educación e información<br />- Preocupación por el deterioro de las condiciones de vida<br />- Sociedades mas equitativas como eje articulador del desarrollo<br /><br /><br />Mientras los derechos civiles y políticos apuntan a garantizar las libertades básicas, la representación y la delegación de la voluntad de los individuos a representantes en el Estado, los DESC (derechos económicos, sociales y culturales, o derechos de segunda generación) buscan democratizar la ciudadanía social.<br /><br /><br />Existe, además, un consenso amplio sobre la interdependencia entre el respeto a las libertades civiles, el ejercicio de derechos políticos y el acceso de las personas a bienes, servicios y prestaciones que garantizan o promueven el bienestar.<br /><br /><br />Tal indivisibilidad no es sólo ética sino también práctica: la ciudadanía social puede promover mayor ejercicio de derechos civiles y políticos.<br /><br /><br />}Porque en la medida que los DESC prescriben, como deber de los Estados, promover mayor integración al trabajo, a la educación, a la información y el conocimiento, y a las redes de protección e interacción sociales, permiten mejorar las capacidades de los ciudadanos para la participación en instituciones políticas, el ejercicio positivo de la libertad, la presencia en el diálogo público, en asociaciones civiles y en el intercambio cultural.<br /><br />E inversamente, a mayor libertad de expresión y asociación, y mayor igualdad en el ejercicio de derechos políticos y de ciudadanía en sentido republicano (como injerencia de los ciudadanos en los asuntos públicos), más presencia de los grupos excluidos en decisiones que inciden en políticas distributivas; y por tanto, mayores condiciones de traducir ciudadanía política en ciudadanía social.<br /><br /><br />Según Norberto Bobbio, “la razón de ser de los derechos sociales como a la educación, el derecho al trabajo, el derecho a la salud, es una razón igualitaria” puesto que “tienden a hacer menos grande la desigualdad entre quienes tienen y quienes no “tienen, o a poner un número de individuos siempre mayor en condiciones de ser menos desiguales respecto a individuos más afortunados por nacimiento o condición social.”(Bobbio, 1995, p. 151).<br /><br /><br />}Un desarrollo basado en la ciudadanía social conlleva, pues, la decisión de una sociedad de vivir entre iguales, lo que no implica homogeneidad en las formas de vivir y pensar, sino una institucionalidad incluyente que asegura a todos las oportunidades de participar en los beneficios de la vida colectiva y en las decisiones que se toman respecto de cómo orientarla.<br /><br /><br />Para John Rawls, la eficacia económica debe subordinarse a la justicia política de iguales libertades y de igualdad de oportunidades.(Rawls, 1971).<br /><br /><br />Por último, la titularidad de derechos sociales, entendida como el acceso universal a un umbral de prestaciones e ingresos que aseguran la satisfacción de necesidades básicas, constituye la definición misma de ciudadanía social, tal como fue planteada originalmente por T.H.Marshall (1950).<br /><br /><br />Para Marshall, la ciudadanía social “abarca tanto el derecho a un modicum de bienestar económico y seguridad, como a tomar parte en el conjunto de la herencia social y vivir la vida de un ser civilizado, de acuerdo con los estándares prevalecientes en la sociedad.”(Gordon, 2003, p. 9).<br /><br /><br />Pero en el caso de los DESC, a diferencia de los derechos civiles y políticos, el tránsito desde el de jure al de facto requiere de mediaciones adicionales, tales como la disponibilidad de recursos, un contrato social de base para el reparto de excedentes en función de la plena realización de los DESC, una especial consideración de cómo distintos actores sociales y culturales entienden la realización de tales derechos, y la capacidad de la sociedad de organizarse para demandar.<br /><br /><br />¿ Cómo hacer exigibles los DESC para toda la sociedad en una situación estructural como la que viven la mayor parte de los países de la región, con grandes desigualdades, altos niveles de pobreza, moderado y volátil crecimiento económico, e ingresos per cápita comparativamente bajos?<br /><br /><br />Asegurar el cumplimiento del “derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso a alimentación, vestido y vivienda adecuados y a una mejoría continua de las condiciones de existencia”<br /><br /><br />Escapa en gran medida a la buena voluntad de los gobernantes y, cada vez más, depende de factores que incluso trascienden los límites territoriales del Estado-Nación.<br /><br /><br />Pero por otro lado, ¿cuánta desigualdad es éticamente tolerable si, a partir de cierto punto, es esta desigualdad, y no los bajos ingresos medios de la sociedad, lo que impide avanzar en la universalidad y exigibilidad de los DESC?<br /><br /><br />Dado que los recursos son escasos, deben jerarquizarse de alguna manera los derechos, y luego satisfacerse en función de recursos disponibles. Los mínimos garantizables universalmente deben incrementarse gradualmente, y en esto consiste la progresividad de los DESC.<br /><br /><br />Dado que los recursos son escasos, deben jerarquizarse de alguna manera los derechos, y luego satisfacerse en función de recursos disponibles. Los mínimos garantizables universalmente deben incrementarse gradualmente, y en esto consiste la progresividad de los DESC.<br /><br /><br />Lo ideal es que esos mínimos se fijen democráticamente, mediante un proceso informado de concertación política, lo que luego reduciría las tensiones entre lo judicial y lo político en materia de exigibilidad. De modo que la sociedad “debe ponerse de acuerdo en cuál es el mínimo, económicamente factible, que va a garantizar a todos sus miembros, y que, por comprender estándares y metas claras, es exigible y justiciable.”(CEPAL 2004, p. 25).cristina diazhttp://www.blogger.com/profile/18242357892989027810noreply@blogger.com0